Disposiciones generales. . (2021/78-3)
Acuerdo de 20 de abril de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se toma conocimiento del documento de la Consejería de Salud y Familias donde se establece el procedimiento de actuación para cruceros de pasajes de itinerario exclusivamente nacional con escalas en Andalucía para la prevención, control y gestión de casos de COVID-19.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 78 - Martes, 27 de abril de 2021
página 63

CONSEJERÍA DE SALUD Y FAMILIAS
Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica

o Realización de PIDIA a los 3 días tras el embarque.

o Recomendar 5 días de cuarentena antes del embarque.

o Exigencia de utilización permanente de mascarilla, salvo para ingestión y
bebida, estancia en camarote y natación o actividad inviable de realizar con
ella.
o Exigencia de distanciamiento físico según recomendaciones de las autoridades sanitarias en tierra.

o Formación en el momento del embarque en todo lo relacionado con las medidas de prevención y control de infecciones de COVID-19.

o Material informativo en todo lo relacionado con las medidas de prevención
y control de infecciones de COVID-19 a lo largo de todo el trayecto.

o Realización de excursiones solo de forma “gestionada”, no permitiéndose
las excursiones libres en las escalas.

o Control de temperatura a bordo, utilización de canales de comunicación sobre estos extremos, realización de test, coordinación con puertos, terminales y proveedores de servicios.
o Instalación de la aplicación de RADAR COVID del Ministerio de Asuntos

Económicos y Transformación Digital (más información en: https://radarcovid.gob.es/home). Se recomienda como mínimo 1 descarga en un móvil o

smartphone por cada grupo de convivencia.
o Se recomendará para aquellos pasajeros que hayan completado la vacu-

nación, portar de un Certificado de vacunación completa frente a la COVID19 con vacunas autorizadas por la Agencia Europea del Medicamento
(EMA) y la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios
(AEMPS).

o Se recomendará para aquellos pasajeros que hayan sido casos confirma-

dos y hayan pasado la enfermedad COVID-19 en los últimos 90 días previos
al embarque, portar un certificado que lo acredite.

4.3- Procedimientos de actuación ante la aparición de casos sospechosos, probables o

00190708

confirmados

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Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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