3. Otras disposiciones. . (2021/77-15)
Resolución de 5 de abril de 2021, de la Dirección General de Planificación y Recursos Hídricos, por la que se aprueba el deslinde del Dominio Público Hidráulico en ambas márgenes de la Rambla de Albuñol, en los términos municipales de Albondón, Sorvilán y Albuñol, provincia de Granada.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 77 - Lunes, 26 de abril de 2021
página 163
Séptimo. Esta Dirección General de Planificación y Recursos Hídricos acuerda, con
fecha 17 de agosto de 2020, a propuesta del Instructor del expediente y con el visto bueno
de la Subdirección de Gestión del Dominio Público Hidráulico y Calidad de las Aguas
de la Demarcación Hidrográfica de las Cuencas Andaluzas, ampliar el plazo máximo
de resolución y notificación del expediente de apeo y deslinde de un año legalmente
establecido en la disposición adicional sexta del Texto Refundido de la Ley de Aguas,
aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por 12 meses más, en virtud
de lo establecido en el artículo 23 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
A tal efecto se cursaron notificaciones individuales, con fecha de salida 30 de octubre
de 2020, derivando, en su caso, en la correspondiente notificación por medio de edictos.
En este sentido, se publica edicto en el BOJA número 10, de 18 de enero de 2021.
Igualmente, se procedió a la publicación de la adopción de esta medida mediante
anuncio en el BOJA, número 231, de fecha 30 de noviembre de 2020.
Noveno. Del expediente tramitado e instruido se han formulado las siguientes
alegaciones:
Las alegaciones formuladas durante los períodos de información pública del acuerdo
de incoación y la memoria descriptiva del deslinde, así como las que se presentaron
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00190467
Octavo. A la vista de las operaciones practicadas, de las manifestaciones formuladas
y recogidas en las actas de reconocimiento sobre el terreno y replanteo de la línea de
deslinde, y analizadas las alegaciones contenidas en ellas, el 23 de noviembre de 2020,
se formuló Proyecto de Deslinde, conforme al art. 242.bis.3 del RDPH, conteniendo la
memoria descriptiva de los trabajos efectuados, con el análisis de todos los informes y
todas las alegaciones presentadas hasta ese momento del procedimiento, y justificación
de la línea de deslinde propuesta con las coordenadas UTM que definen la ubicación de
todas las estaquillas así como los planos con la delimitación del DPH.
Dicho proyecto, conforme al art. 242.bis.4 del RDPH, se puso de manifiesto
a los interesados para que en el plazo de quince días pudiese alegar y presentar los
documentos y justificaciones que estimasen pertinentes, a propósito de cualquier
modificación que pretendiesen introducir sobre la línea de deslinde, cursándose a tal
efecto las notificaciones individuales con fecha de salida 10 de diciembre de 2020.
Igualmente se remitió edicto al Boletín Oficial del Estado, publicándose el 11 de
febrero de 2021, número 36, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, publicándose
el 12 de febrero de 2021, número 29, y a oficios con fecha de salida 10 de diciembre de
2020, a los Ayuntamientos de Sorvilán, Albuñol y Albondón para su exposición en los
respectivos tablones de anuncios durante el plazo de 15 días, devolviéndose diligenciado
por el Ayuntamiento de Sorvilán el 28 de diciembre de 2020, de haber estado expuesto
desde el 3.12.2020 hasta el 17.12.2020, sin que se hubieran presentado reclamaciones en
ese Ayuntamiento.
Dicho proyecto de deslinde se publicó en el BOJA número 232, de 1 de diciembre de
2020.
De forma simultánea a la apertura del trámite de la información pública, y
en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 242.bis.4 del RDPH, se requirió a los
Ayuntamientos de Albuñol, Albondón y Sorvilán, así como a la Delegación Territorial de
Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico, y
a la Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, en
oficios de registro de salida de 10 de diciembre de 2020, informe sobre las cuestiones
propias de sus respectivas competencias, y en especial si hubiera algún plan urbanístico
que pueda verse afectado por el deslinde, remitiéndoles un CD con toda la información
necesaria del deslinde, no recibiéndose respuesta por parte de los Organismos Públicos
consultados.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 77 - Lunes, 26 de abril de 2021
página 163
Séptimo. Esta Dirección General de Planificación y Recursos Hídricos acuerda, con
fecha 17 de agosto de 2020, a propuesta del Instructor del expediente y con el visto bueno
de la Subdirección de Gestión del Dominio Público Hidráulico y Calidad de las Aguas
de la Demarcación Hidrográfica de las Cuencas Andaluzas, ampliar el plazo máximo
de resolución y notificación del expediente de apeo y deslinde de un año legalmente
establecido en la disposición adicional sexta del Texto Refundido de la Ley de Aguas,
aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por 12 meses más, en virtud
de lo establecido en el artículo 23 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
A tal efecto se cursaron notificaciones individuales, con fecha de salida 30 de octubre
de 2020, derivando, en su caso, en la correspondiente notificación por medio de edictos.
En este sentido, se publica edicto en el BOJA número 10, de 18 de enero de 2021.
Igualmente, se procedió a la publicación de la adopción de esta medida mediante
anuncio en el BOJA, número 231, de fecha 30 de noviembre de 2020.
Noveno. Del expediente tramitado e instruido se han formulado las siguientes
alegaciones:
Las alegaciones formuladas durante los períodos de información pública del acuerdo
de incoación y la memoria descriptiva del deslinde, así como las que se presentaron
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00190467
Octavo. A la vista de las operaciones practicadas, de las manifestaciones formuladas
y recogidas en las actas de reconocimiento sobre el terreno y replanteo de la línea de
deslinde, y analizadas las alegaciones contenidas en ellas, el 23 de noviembre de 2020,
se formuló Proyecto de Deslinde, conforme al art. 242.bis.3 del RDPH, conteniendo la
memoria descriptiva de los trabajos efectuados, con el análisis de todos los informes y
todas las alegaciones presentadas hasta ese momento del procedimiento, y justificación
de la línea de deslinde propuesta con las coordenadas UTM que definen la ubicación de
todas las estaquillas así como los planos con la delimitación del DPH.
Dicho proyecto, conforme al art. 242.bis.4 del RDPH, se puso de manifiesto
a los interesados para que en el plazo de quince días pudiese alegar y presentar los
documentos y justificaciones que estimasen pertinentes, a propósito de cualquier
modificación que pretendiesen introducir sobre la línea de deslinde, cursándose a tal
efecto las notificaciones individuales con fecha de salida 10 de diciembre de 2020.
Igualmente se remitió edicto al Boletín Oficial del Estado, publicándose el 11 de
febrero de 2021, número 36, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, publicándose
el 12 de febrero de 2021, número 29, y a oficios con fecha de salida 10 de diciembre de
2020, a los Ayuntamientos de Sorvilán, Albuñol y Albondón para su exposición en los
respectivos tablones de anuncios durante el plazo de 15 días, devolviéndose diligenciado
por el Ayuntamiento de Sorvilán el 28 de diciembre de 2020, de haber estado expuesto
desde el 3.12.2020 hasta el 17.12.2020, sin que se hubieran presentado reclamaciones en
ese Ayuntamiento.
Dicho proyecto de deslinde se publicó en el BOJA número 232, de 1 de diciembre de
2020.
De forma simultánea a la apertura del trámite de la información pública, y
en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 242.bis.4 del RDPH, se requirió a los
Ayuntamientos de Albuñol, Albondón y Sorvilán, así como a la Delegación Territorial de
Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico, y
a la Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, en
oficios de registro de salida de 10 de diciembre de 2020, informe sobre las cuestiones
propias de sus respectivas competencias, y en especial si hubiera algún plan urbanístico
que pueda verse afectado por el deslinde, remitiéndoles un CD con toda la información
necesaria del deslinde, no recibiéndose respuesta por parte de los Organismos Públicos
consultados.