3. Otras disposiciones. . (2021/77-15)
Resolución de 5 de abril de 2021, de la Dirección General de Planificación y Recursos Hídricos, por la que se aprueba el deslinde del Dominio Público Hidráulico en ambas márgenes de la Rambla de Albuñol, en los términos municipales de Albondón, Sorvilán y Albuñol, provincia de Granada.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 77 - Lunes, 26 de abril de 2021
página 161

Quinto. Con fecha 17 de marzo de 2020, se publica en el BOJA núm. 52 la propuesta
de deslinde del tramo estudiado de la Rambla de Albuñol, y se pone a disposición del
público, por plazo de un mes.
La declaración del Estado de Alarma mediante R.D. 463/2020, en el BOE núm. 67,
de 14 de marzo de 2020, suspendió los plazos administrativos durante su vigencia, por lo
que el plazo real durante el que estuvo en exposición pública la propuesta de deslinde fue
desde el 1 de junio de 2020 hasta el 1 de julio de 2020.
Durante la exposición pública, se recibieron las siguientes alegaciones, con fecha de
entrada en el registro de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo
Sostenible, de 25 de junio de 2020, en total 13 alegaciones, todas ellas con la misma
estructura, en las que se indicaban el nombre y DNI del titular/es, así como el polígono
y parcela de su propiedad de Don Juan Antequera Flores y Doña Dolores Jiménez Díaz,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00190467

del terreno, se representó la superficie inundada por la máxima crecida ordinaria en la
cartografía 1:1000.
G. Determinación del terreno cubierto por las máximas crecidas ordinarias, mediante
el estudio de la evolución geomorfológica del cauce en el tiempo, y así poder calibrar
la importancia de la antropización experimentada en sus riberas, y la repercusión que
esta ha supuesto sobre la superficie ocupada por el DPH. Se ha analizado la información
fotográfica aérea disponible correspondiente a diferentes vuelos realizados en los años
1957, 1977, 1985, 1998, 2007 y 2016 por distintos organismos oficiales. Trabajos que
han complementado los estudios hidrológico-hidráulicos, aportando más datos para
determinar la anchura alcanzada por la máxima crecida ordinaria, en aplicación de la
vigente Ley de Aguas.
H. Propuesta de deslinde: Una vez realizados los estudios necesarios para la
determinación de los terrenos ocupados por la máxima crecida ordinaria, con arreglo a
lo dispuesto en el artículo 4 de la modificación del Reglamento del DPH aprobado por el
Real Decreto 849/1986, 11 de enero y teniendo en cuenta lo expresado en el art. 240.2 del
Real Decreto 606/2003, de 23 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto 849/1986,
11 de abril, por el que se aprueba el reglamento del DPH, para la delimitación del Dominio
Público Hidráulico, y se representó la superficie inundada por la máxima crecida ordinaria
en la cartografía 1:1000.
Completada la Memoria Descriptiva y documentación necesaria requerida por el
artículo 242.3 del citado Reglamento, se procede al trámite de información pública
previsto en el artículo 242.4 sobre la propuesta de deslinde definida mediante línea
poligonal referida a puntos fijos, por el plazo de UN MES, al objeto de poder examinar
la documentación que forma parte del expediente de referencia, y en su caso, formular
alegaciones y aportar o proponer pruebas.
Dicho trámite se realizó mediante el envío de anuncios al Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía (número 52, 17 de marzo de 2020), al periódico Ideal de Granada (de fecha
8 de junio de 2020). Igualmente se remitió, con fecha 9 de marzo de 2020, Edicto para
su exposición en el tablón de anuncios de los Ayuntamientos de Albuñol, Albondón y
Sorvilán, devolviéndolo debidamente diligenciado con fecha 28 de mayo de 2020, desde
el Ayuntamiento de Sorvilán.
De forma simultánea a la apertura del trámite de la información pública, y en
cumplimiento de lo dispuesto en el art. 242.5 del RDPH, se requirió a los Ayuntamientos
de Albuñol, Albondón y Sorvilán, así como a la Delegación Territorial de Fomento,
Infraestructuras y Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico, y a la
Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, en oficios
de registro de salida de 9 de marzo de 2020, informe sobre las cuestiones propias de
sus respectivas competencias remitiéndoles un CD con toda la información necesaria del
deslinde, Memoria descriptiva, no recibiéndose respuesta por parte de los Organismos
Públicos consultados.