3. Otras disposiciones. . (2021/77-18)
Resolución de 19 de abril de 2021, del Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, por la que se delegan determinadas competencias en la Secretaría General del Consejo.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 77 - Lunes, 26 de abril de 2021
página 183

3. Otras disposiciones
Consejo de Transparencia y Protección de Datos
de Andalucía
Resolución de 19 de abril de 2021, del Consejo de Transparencia y Protección
de Datos de Andalucía, por la que se delegan determinadas competencias en la
Secretaría General del Consejo.
La Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, crea el Consejo
de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía como autoridad independiente
en materia de protección de datos y de transparencia en la Comunidad Autónoma de
Andalucía.
El Consejo se configura como una entidad pública con personalidad jurídica propia,
con plena capacidad y autonomía orgánica y funcional para el ejercicio de sus cometidos,
otorgándole la consideración de Administración institucional a los efectos previstos en la
disposición adicional segunda de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la
Junta de Andalucía.
En el ejercicio de la previsión contenida en el artículo 46.2 de la citada Ley 1/2014, de
24 de junio, por Decreto 434/2015, de 29 de septiembre, se aprobaron los Estatutos del
Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, regulándose los aspectos
relativos a su naturaleza y régimen jurídico, composición y funcionamiento de sus órganos
de gobierno, así como su régimen de personal, contratación, patrimonial, económico y
presupuestario.
Razones de eficacia, eficiencia y de agilidad en la gestión administrativa hacen
oportuna la delegación de determinadas competencias relativas a la gestión administrativa
del Consejo.
En su virtud, y de conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en el artículo 10.3.b) del citado
Decreto 434/2015, de 29 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos del Consejo
de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía,

Primero. Delegar en la persona titular de la Secretaría General las siguientes
competencias:
1. En materia de personal.
a) Dictar las instrucciones del servicio y dirigir la actividad del personal.
b) Disponer los traslados provisionales del personal funcionario por necesidades
del servicio contemplados en el apartado 2 del artículo 27 de la Ley 6/1985, de 28 de
noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, así como la
propuesta a que hace referencia el apartado 1 del citado artículo.
c) Atribuir el desempeño provisional de puestos de trabajo de igual o inferior nivel, en
los términos previstos en los apartados 3 y 4 del artículo 27 de la Ley 6/1985, de 28 de
noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía.
d) Convocar y resolver los procedimientos de destino provisional del personal
funcionario, así como autorizar su destino a otras Consejerías, en los términos previstos
en el artículo 30 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función
Pública de la Junta de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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