Disposiciones generales. . (2021/77-2)
Orden de 20 de abril de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos e infraestructuras, destinadas al arraigo, la inserción y promoción social de personas inmigrantes y sus familias, la gestión de la diversidad cultural y el fomento de la cohesión social, dirigidas a entidades privadas sin ánimo de lucro y Ayuntamientos andaluces, en el ámbito de las competencias de la Dirección General competente en materia de coordinación de Políticas Migratorias.
44 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 77 - Lunes, 26 de abril de 2021
página 19

(Página 1 de 14)

CUADRO RESUMEN DE LAS BASES REGULADORAS DE SUBVENCIONES A CONCEDER POR EL PROCEDIMIENTO DE
CONCURRENCIA COMPETITIVA.
0.- Identificación de la línea de subvención:

Línea 1. Subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro, destinadas a la realización de proyectos en
materia de políticas migratorias.

1.- Objeto (Artículo 1):

Subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro, destinadas a la integración social y laboral de las
personas procedentes de la inmigración y sus familias, la gestión de la diversidad y al fomento de la
cohesión social entre la población inmigrante y la sociedad receptora.

2.- Conceptos subvencionables (Artículos 1, 5, 9 y 17).
2. a ) Conceptos subvencionables :

Proyectos de entidades privadas sin ánimo de lucro, destinados a la consecución de alguno de los
siguientes objetivos:
1º- Desarrollar actuaciones que favorezcan la integración social y laboral de las personas
procedentes de la inmigración y sus familias, y en especial aquellas que contemplen a colectivos
específicos relacionados con la realidad migratoria, tales como jóvenes de origen inmigrante, niñas o
mujeres de origen inmigrante y cualesquiera otros de especial vulnerabilidad.
2º- Detectar y desarrollar actuaciones tendentes a resolver problemas de identidad de jóvenes de
origen o de familia inmigrante.
3º- Sensibilizar y formar en materia de creación de redes sociales que trabajen en el campo de la
inmigración.
4º- Promover el modelo de intervención sociocomunitaria intercultural para la integración de la
población inmigrante y sus familias y la gestión de la diversidad.
5º- Promover la mediación social, particularmente en ámbitos sensibles para la integración, tales
como vivienda, educación y empleo.
6º- Visibilizar las aportaciones de personas de origen inmigrante a la sociedad andaluza.
7º- Formar al personal de entidades sin ánimo de lucro y agentes comunitarios en materia migratoria,
a aquellos que realicen su trabajo en puntos de entrada de flujos migratorios y a la población
inmigrante en materias que faciliten su integración social.
Atendiendo a la evolución de la realidad migratoria y al desarrollo de los planes integrales para la
inmigración en Andalucía en vigor, las convocatorias anuales de subvenciones podrán determinar las
actuaciones o colectivos preferentes de los proyectos para ese ejercicio, así como establecer reglas
específicas para el mismo.

2. b ) Posibilidad de reform ulación de solicitudes :

Sí.
No .
2. c) Posibilidad de solicitar dos o m ás subvenciones .
No .
Sí. Núm ero : 2
Solo se puede optar a una de ellas .
Es posible optar a las siguientes subvenciones :

Cada entidad podrá solicitar como máximo 2 subvenciones. Independientemente de la solicitud o
solicitudes presentadas por cada entidad, podrán presentarse proyectos en red promovidos por la
agrupación de al menos dos entidades privadas sin ánimo de lucro, con capacidad para realizar un
proyecto común, que tenga por objeto el cumplimiento de alguno de los objetivos previstos en el
apartado 2.a).El proyecto concretará las actividades que desarrollarán cada una de las entidades
participantes en el mismo.En ningún caso podrán tratarse de proyectos con identidad sustancial.
En el supuesto de que las personas o entidades solicitantes no hayan expresado su opción en plazo , se entenderá que han optado por:

2. d ) Ám bitos territoriales y/o funcionales de com petitividad :
La Com unidad Autónom a
La provincia :

ámbito regional o nacional con sede en Andalucía, se celebren en dos o mas
provincias. Igualmente, tendrán esta consideración los proyectos en red, promovidos
por dos o más entidades de ámbito provincial o superior, que se desarrollen en dos o
más provincias andaluzas. En cualquier caso, la apreciación del ámbito regional de
los proyectos corresponderá a la persona titular de la dirección general competente
en materia de coordinación de políticas migratorias.
Cuando una entidad pretenda celebrar proyectos que guarden sustancial identidad, en
dos o más provincias, obligatoriamente deberá presentar 1 sola solicitud que tendrá
carácter regional. En todo caso,la apreciación de que los proyectos guardan
sustancial identidad corresponderá a la persona titular de la dirección general
competente en materia de coordinación de políticas migratorias.

3.- Régimen jurídico específico aplicable (Artículo 2):

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00190697

Otro ám bito territorial:
Otro ám bito funcional: Los proyectos de ámbito regional serán aquellos que, organizados por entidades de