Disposiciones generales. . (2021/74-1)
Resolución de 12 de abril de 2021, de la Secretaría General para el Turismo, por la que se convocan, para el ejercicio 2021, las ayudas previstas en la Orden de 27 de julio de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a los Municipios Turísticos de Andalucía (MUNITUR).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 74 - Miércoles, 21 de abril de 2021
página
1. Disposiciones generales
Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia
y Administración Local
Resolución de 12 de abril de 2021, de la Secretaría General para el Turismo,
por la que se convocan, para el ejercicio 2021, las ayudas previstas en la Orden
de 27 de julio de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras para la
concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a los
Municipios Turísticos de Andalucía (MUNITUR).
La Consejería de Turismo y Deporte aprobó, mediante Orden de 27 de julio de 2017,
las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia
no competitiva, a los Municipios Turísticos de Andalucía. Dichas bases han sido
modificadas mediante la disposición final primera de la Orden de la Consejería de
Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local de 15 de junio de 2020, por la que
se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de
concurrencia competitiva, dirigidas al fomento de la implantación de las tecnologías de la
información y la comunicación en las pymes turísticas de Andalucía (BOJA núm. 122, de
26 de junio).
De acuerdo con lo establecido en la disposición adicional única de la Orden de 27
de julio 2017, las convocatorias anuales para la concesión de subvenciones previstas
en la mismas se efectuarán mediante sucesivas resoluciones de la persona titular de la
Secretaría General para el Turismo, adoptadas por delegación de la persona titular de la
Consejería competente en materia de Turismo.
En consecuencia, en virtud de lo establecido en la citada Orden de 27 de julio de
2017, y de acuerdo con el Decreto 98/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración
Local,
R ES U ELVO
Primero. Convocatoria.
Se convoca, para el ejercicio 2021, la concesión de subvenciones, en régimen de
concurrencia no competitiva, a los Municipios Turísticos de Andalucía. La presente
convocatoria se regirá por las bases reguladoras aprobadas mediante Orden de 27 de
julio de 2017, cuyo cuadro resumen actualizado se recoge en el Anexo I de la Orden de
15 de junio de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión
de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas al fomento de
la implantación de las tecnologías de la información y la comunicación en las pymes
turísticas de Andalucía (BOJA núm. 122, de 26 de junio).
PARTIDA PRESUPUESTARIA
IMPORTE
0900010000 G/75B/76100/00 01 2017000249 2021
2.202.000,00 euros
0900010000 G/75B/76100/00 01 2017000249 2022
2.202.000,00 euros
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00190389
Segundo. Financiación de la convocatoria.
1. La concesión de estas subvenciones se financiará en la cuantía total máxima
de 4.404.000,00 euros, quedando en todo caso limitada por las disponibilidades
presupuestarias existentes, y con cargo al crédito consignado en la siguiente partida
presupuestaria:
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 74 - Miércoles, 21 de abril de 2021
página
1. Disposiciones generales
Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia
y Administración Local
Resolución de 12 de abril de 2021, de la Secretaría General para el Turismo,
por la que se convocan, para el ejercicio 2021, las ayudas previstas en la Orden
de 27 de julio de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras para la
concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a los
Municipios Turísticos de Andalucía (MUNITUR).
La Consejería de Turismo y Deporte aprobó, mediante Orden de 27 de julio de 2017,
las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia
no competitiva, a los Municipios Turísticos de Andalucía. Dichas bases han sido
modificadas mediante la disposición final primera de la Orden de la Consejería de
Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local de 15 de junio de 2020, por la que
se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de
concurrencia competitiva, dirigidas al fomento de la implantación de las tecnologías de la
información y la comunicación en las pymes turísticas de Andalucía (BOJA núm. 122, de
26 de junio).
De acuerdo con lo establecido en la disposición adicional única de la Orden de 27
de julio 2017, las convocatorias anuales para la concesión de subvenciones previstas
en la mismas se efectuarán mediante sucesivas resoluciones de la persona titular de la
Secretaría General para el Turismo, adoptadas por delegación de la persona titular de la
Consejería competente en materia de Turismo.
En consecuencia, en virtud de lo establecido en la citada Orden de 27 de julio de
2017, y de acuerdo con el Decreto 98/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración
Local,
R ES U ELVO
Primero. Convocatoria.
Se convoca, para el ejercicio 2021, la concesión de subvenciones, en régimen de
concurrencia no competitiva, a los Municipios Turísticos de Andalucía. La presente
convocatoria se regirá por las bases reguladoras aprobadas mediante Orden de 27 de
julio de 2017, cuyo cuadro resumen actualizado se recoge en el Anexo I de la Orden de
15 de junio de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión
de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas al fomento de
la implantación de las tecnologías de la información y la comunicación en las pymes
turísticas de Andalucía (BOJA núm. 122, de 26 de junio).
PARTIDA PRESUPUESTARIA
IMPORTE
0900010000 G/75B/76100/00 01 2017000249 2021
2.202.000,00 euros
0900010000 G/75B/76100/00 01 2017000249 2022
2.202.000,00 euros
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00190389
Segundo. Financiación de la convocatoria.
1. La concesión de estas subvenciones se financiará en la cuantía total máxima
de 4.404.000,00 euros, quedando en todo caso limitada por las disponibilidades
presupuestarias existentes, y con cargo al crédito consignado en la siguiente partida
presupuestaria: