Disposiciones generales. . (2021/71-1)
Orden de 12 de abril de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, por el Instituto Andaluz de la Juventud a Entidades Locales Andaluzas para la realización de actuaciones en materia de juventud.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 71 - Viernes, 16 de abril de 2021
página 15
1. Disposiciones generales
Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo
La Comunidad Autónoma de Andalucía tiene competencia exclusiva en materia de
juventud, en virtud de lo dispuesto en el artículo 74 del Estatuto de Autonomía para
Andalucía. Asimismo, el artículo 10.3.7.º y 8.º del citado Estatuto de Autonomía señala
que la Comunidad Autónoma ejercerá sus poderes para la consecución de una serie
de objetivos básicos, entre los que se encuentran la mejora de la calidad de vida de
los andaluces y andaluzas y la superación de los desequilibrios económicos, sociales,
culturales y de equiparación de la riqueza y el bienestar entre toda la ciudadanía. Por
otra parte, el artículo 37.1 establece, entre los principios rectores que han de inspirar las
políticas públicas, la integración de la juventud en la vida social y laboral, favoreciendo su
autonomía personal.
El Instituto Andaluz de la Juventud, como agencia administrativa adscrita a la
Consejería competente en materia de juventud, tiene encomendadas entre otras funciones,
las de fomento de la participación, promoción, información y formación en materia de
juventud, así como la colaboración con otras Administraciones Públicas y Entidades en el
ámbito territorial de nuestra Comunidad Autónoma.
La colaboración con las Entidades Locales en el desarrollo de actuaciones dirigidas a
jóvenes que fomenten su participación y desarrollo en su ámbito territorial, constituye una
premisa fundamental de la política de juventud, y tiene como objetivo la consecución real
del principio de igualdad de oportunidades y de corregir los desequilibrios territoriales.
Por ello apoyar y colaborar con las iniciativas y proyectos que llevan a cabo las Entidades
Locales en materia de juventud es una línea de actuación que desde el Instituto Andaluz
de la Juventud se ha consolidado desde sus inicios. En este sentido está previsto que
puedan concurrir a la convocatoria, los Ayuntamientos, Diputaciones, Mancomunidades,
Agencias Públicas Administrativas Locales y Entidades Locales Autónomas.
La publicación de la Orden de 20 de diciembre de 2019, por la que se aprueban las
bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía
para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, hace
necesaria la publicación de unas nuevas bases reguladoras, adaptadas a los cambios
introducidos y a las novedades normativas en materia de subvenciones, cambios dirigidos
a mejorar la gestión de estos procedimientos administrativos.
Esta orden da cumplimiento a los principios de publicidad, libre concurrencia y
objetividad, exigidos en el Título VII del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda
Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo,
así como los de transparencia, igualdad y no discriminación, eficacia en el cumplimiento
de los objetivos fijados en la presente orden y eficiencia en la asignación y utilización de
los recursos destinados a tal fin.
Esta orden se ajusta a los principios de buena regulación establecidos en el artículo
129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas. Conforme al principio de proporcionalidad, contiene la
regulación necesaria e imprescindible para establecer la adecuada concesión y tramitación
de la línea de subvención contemplada, constatándose que no existen otras medidas
menos restrictivas o que impongan menos obligaciones a las entidades destinatarias.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00190179
Orden de 12 de abril de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras
para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva,
por el Instituto Andaluz de la Juventud a Entidades Locales Andaluzas para la
realización de actuaciones en materia de juventud.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 71 - Viernes, 16 de abril de 2021
página 15
1. Disposiciones generales
Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo
La Comunidad Autónoma de Andalucía tiene competencia exclusiva en materia de
juventud, en virtud de lo dispuesto en el artículo 74 del Estatuto de Autonomía para
Andalucía. Asimismo, el artículo 10.3.7.º y 8.º del citado Estatuto de Autonomía señala
que la Comunidad Autónoma ejercerá sus poderes para la consecución de una serie
de objetivos básicos, entre los que se encuentran la mejora de la calidad de vida de
los andaluces y andaluzas y la superación de los desequilibrios económicos, sociales,
culturales y de equiparación de la riqueza y el bienestar entre toda la ciudadanía. Por
otra parte, el artículo 37.1 establece, entre los principios rectores que han de inspirar las
políticas públicas, la integración de la juventud en la vida social y laboral, favoreciendo su
autonomía personal.
El Instituto Andaluz de la Juventud, como agencia administrativa adscrita a la
Consejería competente en materia de juventud, tiene encomendadas entre otras funciones,
las de fomento de la participación, promoción, información y formación en materia de
juventud, así como la colaboración con otras Administraciones Públicas y Entidades en el
ámbito territorial de nuestra Comunidad Autónoma.
La colaboración con las Entidades Locales en el desarrollo de actuaciones dirigidas a
jóvenes que fomenten su participación y desarrollo en su ámbito territorial, constituye una
premisa fundamental de la política de juventud, y tiene como objetivo la consecución real
del principio de igualdad de oportunidades y de corregir los desequilibrios territoriales.
Por ello apoyar y colaborar con las iniciativas y proyectos que llevan a cabo las Entidades
Locales en materia de juventud es una línea de actuación que desde el Instituto Andaluz
de la Juventud se ha consolidado desde sus inicios. En este sentido está previsto que
puedan concurrir a la convocatoria, los Ayuntamientos, Diputaciones, Mancomunidades,
Agencias Públicas Administrativas Locales y Entidades Locales Autónomas.
La publicación de la Orden de 20 de diciembre de 2019, por la que se aprueban las
bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía
para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, hace
necesaria la publicación de unas nuevas bases reguladoras, adaptadas a los cambios
introducidos y a las novedades normativas en materia de subvenciones, cambios dirigidos
a mejorar la gestión de estos procedimientos administrativos.
Esta orden da cumplimiento a los principios de publicidad, libre concurrencia y
objetividad, exigidos en el Título VII del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda
Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo,
así como los de transparencia, igualdad y no discriminación, eficacia en el cumplimiento
de los objetivos fijados en la presente orden y eficiencia en la asignación y utilización de
los recursos destinados a tal fin.
Esta orden se ajusta a los principios de buena regulación establecidos en el artículo
129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas. Conforme al principio de proporcionalidad, contiene la
regulación necesaria e imprescindible para establecer la adecuada concesión y tramitación
de la línea de subvención contemplada, constatándose que no existen otras medidas
menos restrictivas o que impongan menos obligaciones a las entidades destinatarias.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00190179
Orden de 12 de abril de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras
para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva,
por el Instituto Andaluz de la Juventud a Entidades Locales Andaluzas para la
realización de actuaciones en materia de juventud.