3. Otras disposiciones. . (2021/70-12)
Resolución de 5 de febrero de 2021, de la Dirección General de Tributos, Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego, por la que se autorizan las tarifas de abastecimiento de agua potable del municipio de Sanlúcar de Barrameda. (PP. 323/2021).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 70 - Jueves, 15 de abril de 2021
página 430
20 mm
3,847 euros/mes
25 mm
3,847 euros/mes
30 mm
3,847 euros/mes
40 mm o más
3,847 euros/mes
II. Cuota de Consumo:
1) De 0 a 15 m3
0,469 euros/m3
2) De 16 m3 en adelante
0,610 euros/m3
C. TARIFA COMERCIAL: Aplicable exclusivamente a bares, restaurantes, cafeterías e
institutos.
I. Cuota de Servicio:
Calibres contador en mm
Importe cuota de servicio
13 mm
3,847 euros/mes
15 mm
3,847 euros/mes
20 mm
3,847 euros/mes
25 mm
3,847 euros/mes
30 mm
3,847 euros/mes
40 mm o más
3,847 euros/mes
II. Cuota de Consumo:
1) De 0 a 30 m3
0,306 euros/m3
2) De 31 m3 en adelante
0,589 euros/m3
D. TARIFAS PROVISIONALES: Se calcularán en función del diámetro de la acometida
Cuota fija (IVA no incluido)
0,447 euros/m3
Cuota mínima quincenal
DIÁMETRO ACOMETIDA
MÍNIMO QUINCENAL
20 mm
32 m3
25 mm
48 m3
30 mm
80 m3
40 mm
95 m3
50 mm
201 m3
60 mm
318 m3
80 mm
360 m3
100 mm
520 m3
E. CARGAS DE CISTERNAS: Se calculará en función del volumen cargado
Cuota fija (IVA no incluido)
0,649 euros/m3
F. BONIFICACIÓN FAMILIAS NUMEROSAS
Se aplicará una reducción del 20% de la Tarifa por consumo de agua que corresponda
aplicar para los abonados que acrediten el título de familias numerosas, previo
expediente administrativo, instruido a petición del interesado por el Servicio de aguas.
G. Derechos de acometida y cuota de contratación del servicio de agua:
I. Cuota de Contratación:
00186066
Para su cálculo se aplicará la fórmula prevista en el artículo 56 del Reglamento del
Suministro Domiciliario de Agua, siendo las tarifas vigentes en Septiembre de 1992.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
BOJA
Número 70 - Jueves, 15 de abril de 2021
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20 mm
3,847 euros/mes
25 mm
3,847 euros/mes
30 mm
3,847 euros/mes
40 mm o más
3,847 euros/mes
II. Cuota de Consumo:
1) De 0 a 15 m3
0,469 euros/m3
2) De 16 m3 en adelante
0,610 euros/m3
C. TARIFA COMERCIAL: Aplicable exclusivamente a bares, restaurantes, cafeterías e
institutos.
I. Cuota de Servicio:
Calibres contador en mm
Importe cuota de servicio
13 mm
3,847 euros/mes
15 mm
3,847 euros/mes
20 mm
3,847 euros/mes
25 mm
3,847 euros/mes
30 mm
3,847 euros/mes
40 mm o más
3,847 euros/mes
II. Cuota de Consumo:
1) De 0 a 30 m3
0,306 euros/m3
2) De 31 m3 en adelante
0,589 euros/m3
D. TARIFAS PROVISIONALES: Se calcularán en función del diámetro de la acometida
Cuota fija (IVA no incluido)
0,447 euros/m3
Cuota mínima quincenal
DIÁMETRO ACOMETIDA
MÍNIMO QUINCENAL
20 mm
32 m3
25 mm
48 m3
30 mm
80 m3
40 mm
95 m3
50 mm
201 m3
60 mm
318 m3
80 mm
360 m3
100 mm
520 m3
E. CARGAS DE CISTERNAS: Se calculará en función del volumen cargado
Cuota fija (IVA no incluido)
0,649 euros/m3
F. BONIFICACIÓN FAMILIAS NUMEROSAS
Se aplicará una reducción del 20% de la Tarifa por consumo de agua que corresponda
aplicar para los abonados que acrediten el título de familias numerosas, previo
expediente administrativo, instruido a petición del interesado por el Servicio de aguas.
G. Derechos de acometida y cuota de contratación del servicio de agua:
I. Cuota de Contratación:
00186066
Para su cálculo se aplicará la fórmula prevista en el artículo 56 del Reglamento del
Suministro Domiciliario de Agua, siendo las tarifas vigentes en Septiembre de 1992.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja