Disposiciones generales. . (2021/70-4)
Resolución de 5 de abril de 2021, de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convoca la presentación de proyectos para residencias artísticas del Programa Ágora.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 70 - Jueves, 15 de abril de 2021
página 75

e) Asumir los servicios habituales de seguridad del espacio, siendo por cuenta de la
adjudicataria los servicios relacionados con la actividad.
f) Asegurar por contingencia de responsabilidad civil el espacio, no así al personal de
la adjudicataria por su estancia y trabajo en el mismo.
Novena. Representación pública.
Tras la finalización de la residencia se podrá realizar, en el periodo máximo de sesenta
(60) días, una representación pública del trabajo realizado en el lugar que determine la
Agencia Andaluza de Instituciones Culturales. Para la representación pública la Agencia
Andaluza de Instituciones Culturales y la compañía formalizarán el correspondiente contrato
privado de representación pública, de conformidad con el artículo 26 de la Ley 9/2017, de
contratos del sector público, por importe de hasta un máximo de 5.000 € más IVA.
Como consecuencia de la contratación, la compañía asume la obligación de llevar
a cabo la realización del espectáculo en todas sus fases, asumiendo los costes y
retribuciones de los elementos materiales y personales, necesarios para su producción,
respondiendo del cumplimiento de sus obligaciones laborales, de Seguridad Social y
Fiscal.
Décima. Propiedad intelectual.
Los participantes declaran bajo su responsabilidad que el proyecto presentado es
de creación intelectual exclusivamente propia y original. En el caso de que el proyecto
incorpore obras o prestaciones intelectuales preexistentes, sujetas a algún derecho
de propiedad intelectual, declaran y garantizan que cuentan con las correspondientes
autorizaciones para su utilización conforme a todos los fines establecidos en la presente
convocatoria. Corresponde en exclusiva a los participantes la asunción de todas las
responsabilidades que por la infracción de lo dispuesto en los párrafos anteriores pudieran
exigirse y se responsabilizarán frente a terceros de cualquier reclamación que pudieran
producirse.
La compañía autoriza la grabación del taller formativo así como la toma de imágenes
del proceso de creación a efectos exclusivos de documentación y archivos, no pudiendo
proceder a la explotación comercial del mismo, así mismo se autoriza a la Agencia
Andaluza de Instituciones Culturales a tomar imágenes con fines de promoción y difusión
del programas.

Décima segunda. Protección de datos.
Los participantes deberán respetar la normativa nacional y europea en materia de
protección de datos de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre,
de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales Reglamento
2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo del 27 de abril de 2016 relativo a la
protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales
y a la circulación de estos datos (RGPD).
http://www.juntadeandalucia.es/cultura/aaiicc/rgpd/politica-proteccion-datos-caracter-personal
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00190126

Décima primera. Derechos de imagen.
Con el fin de poder cumplir con lo establecido en el apartado anterior, los seleccionados
aceptan y autorizan que su apariencia física, voz y nombre, en su caso, pueda aparecer en
todo tipo de soportes físicos y digitales (vídeos, fotografías, carteles, etc.) tomadas en los
espacios del Centro de creación coreográfica de Andalucía para su difusión informativa o
promocional, con la salvedad y delimitación de aquellos usos o aplicaciones que pudieran
atentar a su derecho al honor en los términos previstos por la Ley Orgánica 1/1982, de 5
de mayo, de Protección Civil al Derecho al Honor, la Intimidad Personal y Familiar y a la
Propia Imagen.