Autoridades y personal Oposiciones, concursos y otras convocatorias. . (2021/70-9)
Orden de 30 de marzo de 2021, por la que se realiza convocatoria pública de concurso de méritos para el acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación en plazas del ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 70 - Jueves, 15 de abril de 2021
página 220
4.2. Alegaciones y subsanación de defectos.
Las personas que resulten excluidas del procedimiento dispondrán de un plazo de
diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista, para
poder subsanar los defectos que hubieran motivado su exclusión u omisión y los errores
en la consignación de sus datos personales. El personal aspirante que, dentro del plazo
señalado, no subsane la causa de exclusión o no alegue la omisión será definitivamente
excluido de la participación en el proceso selectivo, de conformidad con lo previsto en el
artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
Las alegaciones se dirigirán a la persona titular de la Dirección General del Profesorado
y Gestión de Recursos Humanos y se presentarán de forma telemática mediante el
aplicativo dispuesto al efecto, para lo cual las personas aspirantes se identificarán con
el código identificador de solicitud que se les proporcionó cuando efectuaron la misma,
ello, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por el que
se regula la información y atención al ciudadano y la tramitación de procedimientos
administrativos por medios electrónicos.
4.3. Listas definitivas del personal admitido y excluido.
Las alegaciones presentadas se aceptarán o denegarán mediante resolución de la
Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, que se publicará en
el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, por la que se declararán aprobadas las listas
definitivas del personal admitido y excluido. En dicha resolución se indicará el lugar y
fecha de publicación de las referidas listas.
4.4. Incumplimiento de requisitos. Presunción de veracidad.
El hecho de figurar en la relación del personal admitido no presupone que se reconozca
la posesión de los requisitos exigidos en el procedimiento que se convoca mediante la
presente orden. Cuando del examen de la documentación presentada se desprenda que
no se está en posesión de alguno de los requisitos, las personas afectadas decaerán en
todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en el procedimiento.
4.5. Recursos procedentes.
Contra la resolución a que se refiere el apartado 4.3 anterior, que pone fin a la vía
administrativa, se podrá interponer, en el plazo de dos meses a contar desde el día
siguiente al de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo competente, conforme a lo establecido en los artículos 8.2.a),
14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa o, potestativamente, recurso de reposición ante la Dirección General del
Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, en el plazo de un mes a contar desde el
día siguiente al de su publicación, conforme a lo establecido en los artículos 112, 114, 115,
123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas y en el artículo 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de
la Administración de la Junta de Andalucía.
Tribunal titular:
a) Presidencia: Una persona perteneciente al Cuerpo de Inspectores de Educación
o al Cuerpo de Inspectores al Servicio de la Administración Educativa, designada por la
Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00190082
Quinta. Tribunal calificador y comisión de baremación de méritos.
5.1. La selección del personal aspirante la realizará el Tribunal calificador, que será
nombrado por resolución de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos
Humanos en el plazo de un mes desde la publicación de la presente orden en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía, que se publicará igualmente en dicho Boletín.
La composición del Tribunal se ajustará a lo siguiente:
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 70 - Jueves, 15 de abril de 2021
página 220
4.2. Alegaciones y subsanación de defectos.
Las personas que resulten excluidas del procedimiento dispondrán de un plazo de
diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista, para
poder subsanar los defectos que hubieran motivado su exclusión u omisión y los errores
en la consignación de sus datos personales. El personal aspirante que, dentro del plazo
señalado, no subsane la causa de exclusión o no alegue la omisión será definitivamente
excluido de la participación en el proceso selectivo, de conformidad con lo previsto en el
artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
Las alegaciones se dirigirán a la persona titular de la Dirección General del Profesorado
y Gestión de Recursos Humanos y se presentarán de forma telemática mediante el
aplicativo dispuesto al efecto, para lo cual las personas aspirantes se identificarán con
el código identificador de solicitud que se les proporcionó cuando efectuaron la misma,
ello, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por el que
se regula la información y atención al ciudadano y la tramitación de procedimientos
administrativos por medios electrónicos.
4.3. Listas definitivas del personal admitido y excluido.
Las alegaciones presentadas se aceptarán o denegarán mediante resolución de la
Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, que se publicará en
el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, por la que se declararán aprobadas las listas
definitivas del personal admitido y excluido. En dicha resolución se indicará el lugar y
fecha de publicación de las referidas listas.
4.4. Incumplimiento de requisitos. Presunción de veracidad.
El hecho de figurar en la relación del personal admitido no presupone que se reconozca
la posesión de los requisitos exigidos en el procedimiento que se convoca mediante la
presente orden. Cuando del examen de la documentación presentada se desprenda que
no se está en posesión de alguno de los requisitos, las personas afectadas decaerán en
todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en el procedimiento.
4.5. Recursos procedentes.
Contra la resolución a que se refiere el apartado 4.3 anterior, que pone fin a la vía
administrativa, se podrá interponer, en el plazo de dos meses a contar desde el día
siguiente al de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo competente, conforme a lo establecido en los artículos 8.2.a),
14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa o, potestativamente, recurso de reposición ante la Dirección General del
Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, en el plazo de un mes a contar desde el
día siguiente al de su publicación, conforme a lo establecido en los artículos 112, 114, 115,
123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas y en el artículo 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de
la Administración de la Junta de Andalucía.
Tribunal titular:
a) Presidencia: Una persona perteneciente al Cuerpo de Inspectores de Educación
o al Cuerpo de Inspectores al Servicio de la Administración Educativa, designada por la
Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00190082
Quinta. Tribunal calificador y comisión de baremación de méritos.
5.1. La selección del personal aspirante la realizará el Tribunal calificador, que será
nombrado por resolución de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos
Humanos en el plazo de un mes desde la publicación de la presente orden en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía, que se publicará igualmente en dicho Boletín.
La composición del Tribunal se ajustará a lo siguiente: