Disposiciones generales. . (2021/68-4)
Orden de 7 de abril de 2021, por la que se establece el procedimiento para la selección de las piezas que formarán parte de la Exposición Itinerante «Artesanía con A de Andalucía».
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 68 - Martes, 13 de abril de 2021
página 64
1. Disposiciones generales
Consejería de Transformación Económica, Industria,
Conocimiento y Universidades
La Constitución Española, en su artículo 130.1, dispone que los poderes públicos
atenderán a la modernización y desarrollo de todos los sectores económicos, entre los
que se cita expresamente la artesanía, con el fin de equiparar el nivel de vida de todos los
españoles.
Por otra parte, el Estatuto de Autonomía para Andalucía atribuye a la Comunidad
Autónoma de Andalucía, en el artículo 58.1, competencias exclusivas en materia de
fomento, regulación y desarrollo de las actividades y empresas artesanales.
Así mismo, el Decreto 117/2020, de 8 de septiembre, por el que se regula la estructura
orgánica de la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y
Universidades, dispone en su artículo 1.1.j) que le corresponde a esta Consejería, dentro
del marco de las competencias atribuidas a la Comunidad Autónoma por el Estatuto
de Autonomía para Andalucía, las relativas al comercio y a la artesanía, mediante la
planificación, la ordenación, la promoción y el desarrollo de dichas materias.
Según el artículo 11.1.a) del citado Decreto 117/2020, de 8 de septiembre, le
corresponde en particular a la Dirección General de Comercio el impulso, el fomento y
la elaboración de propuestas y proyectos de ordenación de la artesanía andaluza en su
doble vertiente, productora y comercializadora.
La Administración de la Junta de Andalucía, consciente de la importancia de la
artesanía elaborada en Andalucía, aprobó la Ley 15/2005, de 22 de diciembre, de
Artesanía de Andalucía, que tiene por objeto regular la ordenación y la promoción de la
actividad artesanal, dada la importancia de la misma como fuente generadora de empleo,
medio de cohesión social y recurso turístico de alta potencialidad, así como la divulgación
de todas aquellas manifestaciones artesanales de interés tradicional o de arraigo en la
Comunidad Autónoma de Andalucía, a fin de recuperar la importancia cultural, social y
económica que le corresponde, mejorando de esta forma el acceso de los artesanos y
artesanas al mercado.
La actividad artesana no sólo es importante por sí misma, sino también por la relación
que tiene con otras actividades y otros sectores económicos, como pueden ser el cultural
o el rural, así como por su contribución a los mismos. En ella se recogen las tradiciones
que constituyen la esencia de la identidad cultural de la zona en la que se desarrollan,
por lo que cumple el papel de preservar el patrimonio etnológico y cultural, favoreciendo
otras actividades que generan riqueza y empleo, y actuando como elemento impulsor del
mismo.
Andalucía cuenta con una importante producción de carácter artesanal, reflejada en
el Decreto 4/2008, de 8 de enero, por el que se aprueba el repertorio de oficios Artesanos
de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que incluye 159 oficios que dan muestra de la
diversidad y riqueza de la labor artesana en nuestra Comunidad Autónoma.
En cumplimiento del artículo 21 de la Ley 15/2005, de 22 de diciembre, se han
elaborado distintos Planes de Fomento de la Artesanía. El III Plan Integral para el Fomento
de la Artesanía en Andalucía 2019-2022, aprobado por el Decreto 624/2019, de 27 de
diciembre, contempla, entre sus actuaciones, el desarrollo y promoción de la Exposición
Itinerante de Artesanía de Andalucía y tiene como objetivo principal incrementar la
competitividad del sector artesanal andaluz mediante la promoción, modernización y
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00189896
Orden de 7 de abril de 2021, por la que se establece el procedimiento para
la selección de las piezas que formarán parte de la Exposición Itinerante
«Artesanía con A de Andalucía».
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 68 - Martes, 13 de abril de 2021
página 64
1. Disposiciones generales
Consejería de Transformación Económica, Industria,
Conocimiento y Universidades
La Constitución Española, en su artículo 130.1, dispone que los poderes públicos
atenderán a la modernización y desarrollo de todos los sectores económicos, entre los
que se cita expresamente la artesanía, con el fin de equiparar el nivel de vida de todos los
españoles.
Por otra parte, el Estatuto de Autonomía para Andalucía atribuye a la Comunidad
Autónoma de Andalucía, en el artículo 58.1, competencias exclusivas en materia de
fomento, regulación y desarrollo de las actividades y empresas artesanales.
Así mismo, el Decreto 117/2020, de 8 de septiembre, por el que se regula la estructura
orgánica de la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y
Universidades, dispone en su artículo 1.1.j) que le corresponde a esta Consejería, dentro
del marco de las competencias atribuidas a la Comunidad Autónoma por el Estatuto
de Autonomía para Andalucía, las relativas al comercio y a la artesanía, mediante la
planificación, la ordenación, la promoción y el desarrollo de dichas materias.
Según el artículo 11.1.a) del citado Decreto 117/2020, de 8 de septiembre, le
corresponde en particular a la Dirección General de Comercio el impulso, el fomento y
la elaboración de propuestas y proyectos de ordenación de la artesanía andaluza en su
doble vertiente, productora y comercializadora.
La Administración de la Junta de Andalucía, consciente de la importancia de la
artesanía elaborada en Andalucía, aprobó la Ley 15/2005, de 22 de diciembre, de
Artesanía de Andalucía, que tiene por objeto regular la ordenación y la promoción de la
actividad artesanal, dada la importancia de la misma como fuente generadora de empleo,
medio de cohesión social y recurso turístico de alta potencialidad, así como la divulgación
de todas aquellas manifestaciones artesanales de interés tradicional o de arraigo en la
Comunidad Autónoma de Andalucía, a fin de recuperar la importancia cultural, social y
económica que le corresponde, mejorando de esta forma el acceso de los artesanos y
artesanas al mercado.
La actividad artesana no sólo es importante por sí misma, sino también por la relación
que tiene con otras actividades y otros sectores económicos, como pueden ser el cultural
o el rural, así como por su contribución a los mismos. En ella se recogen las tradiciones
que constituyen la esencia de la identidad cultural de la zona en la que se desarrollan,
por lo que cumple el papel de preservar el patrimonio etnológico y cultural, favoreciendo
otras actividades que generan riqueza y empleo, y actuando como elemento impulsor del
mismo.
Andalucía cuenta con una importante producción de carácter artesanal, reflejada en
el Decreto 4/2008, de 8 de enero, por el que se aprueba el repertorio de oficios Artesanos
de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que incluye 159 oficios que dan muestra de la
diversidad y riqueza de la labor artesana en nuestra Comunidad Autónoma.
En cumplimiento del artículo 21 de la Ley 15/2005, de 22 de diciembre, se han
elaborado distintos Planes de Fomento de la Artesanía. El III Plan Integral para el Fomento
de la Artesanía en Andalucía 2019-2022, aprobado por el Decreto 624/2019, de 27 de
diciembre, contempla, entre sus actuaciones, el desarrollo y promoción de la Exposición
Itinerante de Artesanía de Andalucía y tiene como objetivo principal incrementar la
competitividad del sector artesanal andaluz mediante la promoción, modernización y
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00189896
Orden de 7 de abril de 2021, por la que se establece el procedimiento para
la selección de las piezas que formarán parte de la Exposición Itinerante
«Artesanía con A de Andalucía».