Disposiciones generales. . (2021/68-2)
Orden de 26 de marzo de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a entidades locales de Andalucía para fomentar la declaración de uso deportivo de los senderos andaluces.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 68 - Martes, 13 de abril de 2021
página 34

Igualmente, se ha tenido presente en la elaboración de esta orden lo establecido
en la Instrucción conjunta de la Intervención General de la Junta de Andalucía y de la
Secretaría General para la Administración Pública, de 30 de diciembre de 2015, relativa a
la aplicación de lo dispuesto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones.
A la vista de lo anterior, y de conformidad con lo establecido en dichas disposiciones
y en el Título VII del Texto Refundido de la Ley de Hacienda Pública, y de conformidad
con lo previsto en el artículo 44.2 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de
la Comunidad Autónoma de Andalucía, y del artículo 26.2.a) de la Ley 9/2007, de 22 de
octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía
DISPONGO
Artículo 1. Aprobación de las bases reguladoras.
Se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen
de concurrencia competitiva, dirigidas a Entidades Locales de Andalucía para fomentar
la declaración de uso deportivo de los senderos andaluces. Estas bases reguladoras se
componen de:
1.º Texto articulado: en la medida de que las bases que aquí se aprueban se ajustan
a la Orden de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, de 20 de
diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios
tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones
en régimen de concurrencia competitiva, se considera que el texto articulado de dichas
bases reguladoras tipo forma parte integrante de las bases reguladoras que se aprueban
en virtud de esta orden.
2.º Cuadro resumen de línea de subvención, consistente en el fomento de la
declaración de uso deportivo de los senderos andaluces para las Entidades Locales de
Andalucía, regulada por la presente orden.
Disposición adicional única.
Las convocatorias para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia
competitiva a que se refiere la presente disposición se efectuarán mediante sucesivas
resoluciones de la persona titular de la Dirección General de Planificación, Instalaciones
y Eventos Deportivos, por delegación, en las que, además del plazo de presentación de
solicitudes y de la cuantía máxima destinada, se aprobarán el formulario de solicitud y
el formulario para presentar alegaciones y efectuar la reformulación, la aceptación y la
presentación de documentos.
Disposición final primera.
Se faculta a la persona titular de la Dirección General de Planificación, Instalaciones
y Eventos Deportivos, para cuantas actuaciones sean necesarias para el cumplimiento y
aplicación de esta orden.
Disposición final segunda.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.

FRANCISCO JAVIER IMBRODA ORTIZ
Consejero de Educación y Deporte

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00189843

Sevilla, 26 de marzo de 2021