Disposiciones generales. . (2021/68-2)
Orden de 26 de marzo de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a entidades locales de Andalucía para fomentar la declaración de uso deportivo de los senderos andaluces.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 68 - Martes, 13 de abril de 2021
página 31
1. Disposiciones generales
Consejería de Educación y Deporte
La Comunidad Autónoma de Andalucía asume competencias exclusivas en materia de
deporte de conformidad con el artículo 72.1 de su Estatuto de Autonomía, que dispone
que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de
deporte y de actividades de tiempo libre, que incluye la planificación, la coordinación y
el fomento de estas actividades, así como la regulación y declaración de utilidad pública
de entidades deportivas. Por su parte, el artículo 45.1 establece que, en las materias
de su competencia, corresponde a la Comunidad Autónoma el ejercicio de la actividad
de fomento, a cuyos efectos podrá otorgar subvenciones con cargo a fondos propios,
regulando o, en su caso, desarrollando los objetivos y requisitos de otorgamiento y
gestionando su tramitación y concesión.
La creciente demanda social de práctica de actividades deportivas en contacto
directo con la naturaleza constituye un hecho que ha de ser tenido en cuenta por las
administraciones públicas con competencias específicas en el medio rural. Una de las
actividades cuya práctica actualmente está más extendida en el medio natural viene
determinada por la práctica deportiva en senderos.
En Andalucía esta materia se encuentra regulada por la Ley 3/2017, de 2 de mayo,
de regulación de los senderos de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Dicha norma
establece el marco regulador a partir del cual se van a desarrollar las diferentes funciones
sociales, económicas, culturales, educativas y deportiva de los senderos en Andalucía,
garantizando que las mismas se realicen en un entorno seguro, sostenible y acorde con
el mantenimiento y preservación del medio ambiente, así como una utilización racional de
los recursos naturales, y compatibles con los diversos usos que se establezcan.
Los senderos en Andalucía constituyen un recurso natural de innegable valor para la
expansión de la práctica de diversas modalidades deportivas siendo cada vez mayor el
número de personas que utilizan la red de senderos para dicha práctica.
Como consecuencia de ello, y con objeto de establecer y desarrollar de manera
más específica la vertiente deportiva de los senderos en Andalucía, la Consejería de la
Presidencia, Administración Local y Memoria Democrática aprobó el Decreto 67/2018,
de 20 de marzo, por el que se regulan los senderos de uso deportivo de la Comunidad
Autónoma de Andalucía.
La pretensión de dicho decreto, mediante la declaración de sendero de uso deportivo,
es garantizar con ello, que el sendero va a reunir las condiciones necesarias, en términos
de señalización y seguridad, para llevar a cabo la práctica deportiva, ya sea dentro de
competiciones oficiales o en la realización de deporte de ocio.
La definición que la propia norma establece de sendero de uso deportivo cataloga al
mismo como una instalación deportiva no convencional en el medio natural.
En este sentido hay que tener en cuenta el artículo 10.5 de la Ley 5/2016, de 19 de julio, de
Deporte de Andalucía, que establece que la Administración Autonómica y las Administraciones
Locales promoverán la existencia de información actualizada sobre la regulación, condiciones
y lugares donde se pueda desarrollar la práctica deportiva en el medio natural, concretando
que el instrumento adecuado para cumplir con esa obligación es el Inventario Andaluz de
Instalaciones y Equipamientos Deportivos, A fin de publicitar este tipo de instalaciones, se
crea una nueva sección dentro de dicho Inventario, con la denominación de Red de Senderos
de Uso Deportivo de Andalucía, modificando para ello el Decreto 284/2000, de 6 de junio, por
el que se regula el Inventario Andaluz de Instalaciones Deportivas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00189843
Orden de 26 de marzo de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras
para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva,
dirigidas a entidades locales de Andalucía para fomentar la declaración de uso
deportivo de los senderos andaluces.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 68 - Martes, 13 de abril de 2021
página 31
1. Disposiciones generales
Consejería de Educación y Deporte
La Comunidad Autónoma de Andalucía asume competencias exclusivas en materia de
deporte de conformidad con el artículo 72.1 de su Estatuto de Autonomía, que dispone
que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de
deporte y de actividades de tiempo libre, que incluye la planificación, la coordinación y
el fomento de estas actividades, así como la regulación y declaración de utilidad pública
de entidades deportivas. Por su parte, el artículo 45.1 establece que, en las materias
de su competencia, corresponde a la Comunidad Autónoma el ejercicio de la actividad
de fomento, a cuyos efectos podrá otorgar subvenciones con cargo a fondos propios,
regulando o, en su caso, desarrollando los objetivos y requisitos de otorgamiento y
gestionando su tramitación y concesión.
La creciente demanda social de práctica de actividades deportivas en contacto
directo con la naturaleza constituye un hecho que ha de ser tenido en cuenta por las
administraciones públicas con competencias específicas en el medio rural. Una de las
actividades cuya práctica actualmente está más extendida en el medio natural viene
determinada por la práctica deportiva en senderos.
En Andalucía esta materia se encuentra regulada por la Ley 3/2017, de 2 de mayo,
de regulación de los senderos de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Dicha norma
establece el marco regulador a partir del cual se van a desarrollar las diferentes funciones
sociales, económicas, culturales, educativas y deportiva de los senderos en Andalucía,
garantizando que las mismas se realicen en un entorno seguro, sostenible y acorde con
el mantenimiento y preservación del medio ambiente, así como una utilización racional de
los recursos naturales, y compatibles con los diversos usos que se establezcan.
Los senderos en Andalucía constituyen un recurso natural de innegable valor para la
expansión de la práctica de diversas modalidades deportivas siendo cada vez mayor el
número de personas que utilizan la red de senderos para dicha práctica.
Como consecuencia de ello, y con objeto de establecer y desarrollar de manera
más específica la vertiente deportiva de los senderos en Andalucía, la Consejería de la
Presidencia, Administración Local y Memoria Democrática aprobó el Decreto 67/2018,
de 20 de marzo, por el que se regulan los senderos de uso deportivo de la Comunidad
Autónoma de Andalucía.
La pretensión de dicho decreto, mediante la declaración de sendero de uso deportivo,
es garantizar con ello, que el sendero va a reunir las condiciones necesarias, en términos
de señalización y seguridad, para llevar a cabo la práctica deportiva, ya sea dentro de
competiciones oficiales o en la realización de deporte de ocio.
La definición que la propia norma establece de sendero de uso deportivo cataloga al
mismo como una instalación deportiva no convencional en el medio natural.
En este sentido hay que tener en cuenta el artículo 10.5 de la Ley 5/2016, de 19 de julio, de
Deporte de Andalucía, que establece que la Administración Autonómica y las Administraciones
Locales promoverán la existencia de información actualizada sobre la regulación, condiciones
y lugares donde se pueda desarrollar la práctica deportiva en el medio natural, concretando
que el instrumento adecuado para cumplir con esa obligación es el Inventario Andaluz de
Instalaciones y Equipamientos Deportivos, A fin de publicitar este tipo de instalaciones, se
crea una nueva sección dentro de dicho Inventario, con la denominación de Red de Senderos
de Uso Deportivo de Andalucía, modificando para ello el Decreto 284/2000, de 6 de junio, por
el que se regula el Inventario Andaluz de Instalaciones Deportivas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00189843
Orden de 26 de marzo de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras
para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva,
dirigidas a entidades locales de Andalucía para fomentar la declaración de uso
deportivo de los senderos andaluces.