Disposiciones generales. . (2021/67-1)
Orden de 5 de abril de 2021, por la que se aprueba el Reglamento de Régimen Interior de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Huelva, para su adaptación a lo establecido en la Ley 4/2019, de 19 de noviembre, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 67 - Lunes, 12 de abril de 2021
página 10

Corporación, el régimen electoral, el régimen económico y presupuestario, el régimen
jurídico de las mismas y, en general, las normas de funcionamiento de sus órganos de
gobierno y régimen del personal al servicio de las Cámaras y del Consejo Andaluz de
Cámaras.
En cumplimiento de lo anterior, aprobada la propuesta del Reglamento de Régimen
Interior por el Pleno de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación
de Huelva, de fecha 23 de marzo de 2021, y comprobada la adecuación de la propuesta
a lo dispuesto en Ley 4/2019, de 19 de noviembre, procede la aprobación del Reglamento
de Régimen Interior de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación
de Huelva, por la persona titular de la Consejería de Transformación Económica, Industria,
Conocimiento y Universidades, disponiendo su publicación en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía, en virtud de lo establecido en el artículo 29.4 de la Ley 4/2019, de 19
de noviembre.
En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Comercio, y de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 11.1.h) del Decreto 117/2020, de 8 de septiembre, por el que se
regula la estructura orgánica de la Consejería de Transformación Económica, Industria,
Conocimiento y Universidades, y en uso de las facultades que me confiere el artículo
46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de
Andalucía,
DISPONGO
Primero. Aprobar el Reglamento de Régimen Interior de la Cámara Oficial de Comercio,
Industria, Servicios y Navegación de Huelva, para su adaptación a lo establecido en la
Ley 4/2019, de 19 de noviembre, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios
y Navegación de Andalucía, que se adjunta como anexo a la presente orden.
Segundo. De conformidad con lo establecido en el artículo 29.4 de la Ley 4/2019, de 19
de noviembre, se dispone su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Tercero. Con la entrada en vigor de la presente orden, queda derogada la Orden
de 13 de marzo de 2008, de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, por la que
se aprobaba el Reglamento de Régimen Interior de la Cámara de Comercio, Industria,
Servicios y Navegación de Huelva, modificada por la Orden de 23 de abril de 2019, de la
Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad, para su adaptación a lo
establecido en el Decreto 189/2018, de 9 de octubre, por el que se regula la composición
de los órganos de gobierno de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y
Navegación de Andalucía y el procedimiento electoral.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer
recurso potestativo de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a
partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía,
o interponer, directamente, recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes
Órganos de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses
contados desde el día siguiente al de la publicación de esta orden en el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía, todo ello de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 115 de la
Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, los artículos
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00189759

Cuarto. La presente orden surtirá efecto el mismo día de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.