5. Anuncios5. Otros anuncios oficiales. . (2021/67-25)
Anuncio de 5 de abril de 2021, de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Almería, por el que se dispone la publicación del Acuerdo adoptado por la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo en sesión celebrada el 29 de enero de 2021, por el que se aprueba definitivamente la Innovación núm. 3 (Modificación Puntual núm. 11) del PGOU, Sector Costa 2 (actual AMUR-COSTA 2) de Pulpí (Almería), en los términos establecidos en el apartado 1 del punto primero de la parte dispositiva del referido acuerdo.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 67 - Lunes, 12 de abril de 2021
página 252

8. Resumen ejecutivo.
Conforme al artículo 19.3 de la Ley 7/2002, se realiza el presente Resumen
Ejecutivo:
Objeto de la innovación: Aumento de la edificabilidad y altura en la parcela denominada
“P4” del Proyecto de Reparcelación del Polígono 1-B del Sector Costa 2 con aumento de
las parcelas dotacionales y las parcelas de reserva de aparcamiento público.
Refundido de las determinaciones del ámbito del Área de Mantenimiento de la
Ordenación AMUR COSTA 2 (Sector Costa 2), que es un ámbito clasificado como Suelo
Urbano Consolidado.
Ámbito de la modificación: Parcelas EL-8-1; P1; P2-4 y P4 del Proyecto de
Reparcelación del Polígono 1-B del Sector Costa.
Modificación propuesta: Aumento de la edificabilidad de la parcela “P4” destinada a
uso hotelero pasando de 4000,00 metros cuadrados de edificabilidad a 7500,00 metros
cuadrados de edificabilidad.
Aumento de la altura permitida en la mitad de poniente de la parcela “P4” pasando de
Tres Plantas (PB+2P) a Cuatro Plantas (PB+3P).
Aumento de la dotación destinada a Espacios Libres de la parcela “EL-8-1” pasando
de una superficie de 2.135,25 metros cuadrados a 3.079,41 metros cuadrados.
Cambio de calificación de la parcela P2-4 pasando de parcela privada a parcela
dotacional con destino a Equipamiento (S.I.P.S.) con la denominación de EQ-2(P2-4) y
con una superficie de 829,00 metros cuadrados.
Ampliar la dotación de plazas de aparcamiento en 28 plazas a razón de 0,8000000
plazas de aparcamiento por cada 100 metros cuadrados de incremento de edificabilidad.
De estas plazas 6 destinadas a usuarios minusválidos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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y gestión correspondientes en el que deberá analizarse el impacto que producirá en las
Haciendas Públicas la implantación, mantenimiento y conservación de las infraestructuras
derivadas de la ejecución de las actuaciones urbanizadoras previstas en aquellos planes
que contemplen cesiones a las Administraciones Públicas. Igualmente el informe debe
hacer referencia a la suficiencia y adecuación del suelo destinado a usos productivos
generadores de empleo y actividad económica.
Como se ha indicado con anterioridad, conforme a Convenio suscrito entre el
Ayuntamiento de Pulpí y la mercantil Trenaco, S.L., las obras de urbanización e
infraestructuras a ejecutar derivadas de la presente Innovación serán asumidas por la
mercantil Trenaco, S.L.
Por lo indicado, el Ayuntamiento de Pulpí no ha de asumir gasto alguno por la
urbanización y dotación de servicios a los terrenos afectado por la Innovación número 3
de PGOU.
Por otro lado, dado que el mantenimiento y conservación de la urbanización en el
ámbito del Sector Costa 2 le corresponde a la Entidad de Conservación del Sector Costa 2,
la presente Innovación no ha de suponer ningún tipo de impacto en la Hacienda del
Ayuntamiento de Pulpí.
Por último, los terrenos afectados por la presente Innovación son propiedad de la
mercantil Trenaco, S.L., existiendo tras la misma suficiente suelo para los usos productivos
derivados de la misma, considerándose, tras la aprobación de la presente Innovación,
acomodado al desarrollo urbanístico del suelo urbano afectado.
El incremento de edificabilidad propuesto no ha de suponer incremento en la demanda
de agua potable y necesidades de depuración dado que el incremento de edificabilidad se
destinará, principalmente, servicios complementarios del uso hotelero que una instalación
hotelera ha de disponer Restaurante, Salones, Servicios de personal) así como a salones
para congresos o eventos que necesiten grandes salones. La mayor parte de estos
servicios complementarios se situarán en Planta de Sótano respecto a las rasantes de las
calles computando edificabilidad.