Disposiciones generales. . (2021/65-1)
Orden de 30 de marzo de 2021, por la que se convocan para el año 2021 las ayudas a la Promoción y búsqueda de nuevos mercados de los productos de la pesca y la acuicultura, previstas en la Orden de 27 de septiembre de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, al fomento de la comercialización y transformación de los productos de la pesca y la acuicultura en Andalucía, previstas en el Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (2014-2020).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 65 - Jueves, 8 de abril de 2021
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del crédito disponible derivado de una generación, una ampliación o una incorporación
de crédito de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.d) del Reglamento de los
Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de
Andalucía, aprobado por el Decreto 282/2010, de 4 de mayo.
La declaración del aumento del crédito se publicará por quien lleva a cabo la presente
convocatoria y por el mismo medio de ésta, sin que tal publicidad lleve aparejado
la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes, ni el inicio de un nuevo
cómputo de plazo para adoptar y notificar la resolución correspondiente.
3. No obstante lo anterior, en el caso de que se produzca tras dictar la resolución de
concesión un eventual aumento de crédito máximo disponible para esta convocatoria y
sin necesidad de que se dicte una nueva convocatoria, se podrá dictar una resolución
complementaria a la concesión de la subvención, incorporando en esta resolución
complementaria a los solicitantes que, cumpliendo los requisitos necesarios para tener
la consideración de persona o entidad beneficiaria, no hubieran obtenido tal condición
por haberse agotado el crédito consignado inicialmente, conforme a lo dispuesto en el
artículo 10.e) del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la
Administración de la Junta de Andalucía.
4. La información asociada al procedimiento de ayudas a la Promoción y búsqueda de
nuevos mercados de los productos de la pesca y la acuicultura, (artículo 68.1, apartados
b) c), d), e), y g), del Reglamento FEMP), está disponible en el Registro de Procedimientos
y Servicios, en el procedimiento RPS núm. 8823, en el siguiente enlace del Catálogo de
Procedimientos y Servicios de la página web de la Junta de Andalucía:
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/8823/datos-basicos.html

Tercero. Trámite de audiencia, reformulación, aportación de documentos y aceptación.
A efectos del trámite de audiencia, reformulación, aportación de documentos y aceptación,
previsto en el artículo 17 del texto articulado de la Orden de 27 de septiembre de 2016, la
persona o entidad solicitante deberá cumplimentar el modelo que figura como Anexo II, que
se publica con la presente orden, o se podrá obtener a través del Catálogo de Procedimientos
y Servicios de la Junta de Andalucía, así como en la página web de la Consejería competente
en materia de pesca y acuicultura. Se presentará en el Registro Electrónico Único de la
Administración de la Junta de Andalucía, a través del siguiente enlace:
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/8823/como-solicitar.html
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00189664

Segundo. Solicitudes y plazo de presentación.
1. Las solicitudes de ayuda se presentarán ajustándose al formulario conforme al
modelo establecido en el Anexo I de esta orden.
2. El formulario de solicitud se podrá obtener en el Portal de la Junta de Andalucía, a
través del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Junta de Andalucía, así como en
la página web de la Consejería competente en materia de pesca y acuicultura.
3. Las solicitudes se dirigirán a la persona titular de la Dirección General competente
en materia de pesca y acuicultura y se presentarán en el Registro Electrónico Único de la
Administración de la Junta de Andalucía, a través del siguiente enlace:
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/8823/como-solicitar.html
4. El plazo para la presentación de las solicitudes de ayuda será de un mes contado
desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el
extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
5. Las personas o entidades que estén obligadas a relacionarse electrónicamente con
la Administración de acuerdo con lo establecido en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
deberán disponer de un sistema de identificación y firma que permita garantizar y acreditar
la autenticidad de la expresión de su voluntad y consentimiento, de conformidad con lo
dispuesto en los artículos 9 y 10 de la referida ley.