Disposiciones generales. . (2021/64-4)
Orden de 30 de marzo de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas al fomento de empleo de personas con problemas de drogodependencias o afectadas por otras adicciones en proceso de incorporación social «Programa Arquímedes», en el ámbito de las competencias de la Consejería de Salud y Familias.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 64 - Miércoles, 7 de abril de 2021
página 71
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contratados por la Consejería de Salud y Familias, lo que acreditará con la aportación de un
Informe de Inclusión e Idoneidad emitido por el terapeuta de la Red de Recursos de
Drogodependencias y Adicciones que acompañará al formulario Anexo I.
.
c)En el caso de tratarse de Entidades de drogodependencias sin ánimo de lucro, cuya actividad
principal sea la atención a personas con problemas de drogodependencias, estar inscritas en el
Registro de Entidades, Servicios y Centros de Servicios Sociales dependientes de la Consejería de
Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación.
.
d)Para el caso de las Fundaciones que desarrollen principalmente sus funciones en Andalucía,
tener los Estatutos o su modificación debidamente presentados en el Registro de Fundaciones de
Andalucía, en aplicación de lo dispuesto en la disposición transitoria primera, puntos 1 y 3, en
relación con el artículo 40 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad
Autónoma de Andalucía. Para el resto de Fundaciones, la obligación de inscripción y actualización
irá referida al Registro que por su ámbito le corresponda.
.
4.b) Periodo o periodos durante los que deben mantenerse los requisitos:
Los requisitos señalados en el apartado anterior deberán cumplirse en la fecha en que se presenta .
la solicitud y mantenerse durante la vigencia del contrato.
.
.
4.c) Otras circunstancias, previstas en normas autonómicas y estatales con rango de ley, y en las normas de la Unión Europea, que
impiden obtener la condición de persona o entidad beneficiaria:
No procede.
4.d) Excepciones a las prohibiciones para obtener la condición de persona o entidad beneficiaria:
No se establecen.
Se establecen las siguientes excepciones al artículo 3.3. del Texto Articulado:
En atención a la naturaleza de la subvención y al sector de personas a
las Administraciones Públicas y Entidades Públicas de ellas dependientes
la solicitud de la aplicación del artículo 3.3 del Texto Articulado de la
2019, de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e
relativos a:
que se destina, se exceptúa
en el momento de presentar
Orden de 20 de diciembre de
Interior, en los aspectos
.
a)No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad
Social impuestas por las disposiciones vigentes.
.
b)No
hallarse
al
corriente
en
el
pago
de
obligaciones
por
reintegros
de
subvenciones.
c)Tener deudas en periodo ejecutivo de cualquier ingreso de Derecho Público de la Comunidad Autónoma
de Andalucía.
.
4.e) Personas o entidades obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos durante la tramitación del procedimiento de concesión:
Todas.
Ninguna.
Las siguientes personas o entidades:
5.- Cuantía de las subvenciones y gastos subvencionables (Artículo 4).
5.a) Cuantía:
Porcentaje máximo de la subvención:
Cuantía máxima de la subvención:
Cuantía mínima de la subvención:
Importe cierto: - Por cada contrato indefinido a tiempo completo: 11.200 euros al año.
.
- Por cada contrato temporal y a tiempo completo:
.
a)Con una duración mínima de un año: 11.200 euros anuales.
.
b)Con una duración mínima de nueve meses: 7.200 euros.
.
c)Con una duración mínima de seis mese: 4.800 euros.
.
d)Con una duración mínima de tres meses: 2.400 euros.
.
La jornada completa comprenderá 8 horas diarias en el puesto de trabajo, no pudiendo
exceder de 40 horas semanales en el cómputo anual, equivalente a 1.826 horas/año, salvo
que por Convenio Colectivo o Acuerdo de la Entidad
con los representantes de los
trabajadores se haya establecido otra inferior.
.
Otra forma:
- Por cada contrato a tiempo parcial el importe de la ayuda se calculará de forma
proporcional a las cuantías previstas en los apartados anteriores, siempre que la jornada
sea al menos del 40% de la establecida para jornada completa en el convenio y sector
correspondientes.
Será gasto subvencionable, la contratación de personas con problemas de drogodependencias o afectadas
por otras adicciones, bajo las condiciones que se establecen en la presente Orden, a través de los
gastos de personal relativos a la misma por el importe íntegro de las nóminas, las cotizaciones a la
Seguridad Social y las retenciones a cuenta del IRPF. Dicha contratación puede realizarse con una
antelación máxima de 60 días a la presentación de la solicitud.
.
Se deberá descontar de los gastos relativos a las cotizaciones sociales, el importe correspondiente
a las bonificaciones o reducciones que puedan estar asociadas al pago de la cotización, conforme a lo
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00189575
5.b).1º. Gastos subvencionables:
BOJA
Número 64 - Miércoles, 7 de abril de 2021
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contratados por la Consejería de Salud y Familias, lo que acreditará con la aportación de un
Informe de Inclusión e Idoneidad emitido por el terapeuta de la Red de Recursos de
Drogodependencias y Adicciones que acompañará al formulario Anexo I.
.
c)En el caso de tratarse de Entidades de drogodependencias sin ánimo de lucro, cuya actividad
principal sea la atención a personas con problemas de drogodependencias, estar inscritas en el
Registro de Entidades, Servicios y Centros de Servicios Sociales dependientes de la Consejería de
Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación.
.
d)Para el caso de las Fundaciones que desarrollen principalmente sus funciones en Andalucía,
tener los Estatutos o su modificación debidamente presentados en el Registro de Fundaciones de
Andalucía, en aplicación de lo dispuesto en la disposición transitoria primera, puntos 1 y 3, en
relación con el artículo 40 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad
Autónoma de Andalucía. Para el resto de Fundaciones, la obligación de inscripción y actualización
irá referida al Registro que por su ámbito le corresponda.
.
4.b) Periodo o periodos durante los que deben mantenerse los requisitos:
Los requisitos señalados en el apartado anterior deberán cumplirse en la fecha en que se presenta .
la solicitud y mantenerse durante la vigencia del contrato.
.
.
4.c) Otras circunstancias, previstas en normas autonómicas y estatales con rango de ley, y en las normas de la Unión Europea, que
impiden obtener la condición de persona o entidad beneficiaria:
No procede.
4.d) Excepciones a las prohibiciones para obtener la condición de persona o entidad beneficiaria:
No se establecen.
Se establecen las siguientes excepciones al artículo 3.3. del Texto Articulado:
En atención a la naturaleza de la subvención y al sector de personas a
las Administraciones Públicas y Entidades Públicas de ellas dependientes
la solicitud de la aplicación del artículo 3.3 del Texto Articulado de la
2019, de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e
relativos a:
que se destina, se exceptúa
en el momento de presentar
Orden de 20 de diciembre de
Interior, en los aspectos
.
a)No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad
Social impuestas por las disposiciones vigentes.
.
b)No
hallarse
al
corriente
en
el
pago
de
obligaciones
por
reintegros
de
subvenciones.
c)Tener deudas en periodo ejecutivo de cualquier ingreso de Derecho Público de la Comunidad Autónoma
de Andalucía.
.
4.e) Personas o entidades obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos durante la tramitación del procedimiento de concesión:
Todas.
Ninguna.
Las siguientes personas o entidades:
5.- Cuantía de las subvenciones y gastos subvencionables (Artículo 4).
5.a) Cuantía:
Porcentaje máximo de la subvención:
Cuantía máxima de la subvención:
Cuantía mínima de la subvención:
Importe cierto: - Por cada contrato indefinido a tiempo completo: 11.200 euros al año.
.
- Por cada contrato temporal y a tiempo completo:
.
a)Con una duración mínima de un año: 11.200 euros anuales.
.
b)Con una duración mínima de nueve meses: 7.200 euros.
.
c)Con una duración mínima de seis mese: 4.800 euros.
.
d)Con una duración mínima de tres meses: 2.400 euros.
.
La jornada completa comprenderá 8 horas diarias en el puesto de trabajo, no pudiendo
exceder de 40 horas semanales en el cómputo anual, equivalente a 1.826 horas/año, salvo
que por Convenio Colectivo o Acuerdo de la Entidad
con los representantes de los
trabajadores se haya establecido otra inferior.
.
Otra forma:
- Por cada contrato a tiempo parcial el importe de la ayuda se calculará de forma
proporcional a las cuantías previstas en los apartados anteriores, siempre que la jornada
sea al menos del 40% de la establecida para jornada completa en el convenio y sector
correspondientes.
Será gasto subvencionable, la contratación de personas con problemas de drogodependencias o afectadas
por otras adicciones, bajo las condiciones que se establecen en la presente Orden, a través de los
gastos de personal relativos a la misma por el importe íntegro de las nóminas, las cotizaciones a la
Seguridad Social y las retenciones a cuenta del IRPF. Dicha contratación puede realizarse con una
antelación máxima de 60 días a la presentación de la solicitud.
.
Se deberá descontar de los gastos relativos a las cotizaciones sociales, el importe correspondiente
a las bonificaciones o reducciones que puedan estar asociadas al pago de la cotización, conforme a lo
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00189575
5.b).1º. Gastos subvencionables: