Disposiciones generales. . (2021/64-4)
Orden de 30 de marzo de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas al fomento de empleo de personas con problemas de drogodependencias o afectadas por otras adicciones en proceso de incorporación social «Programa Arquímedes», en el ámbito de las competencias de la Consejería de Salud y Familias.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 64 - Miércoles, 7 de abril de 2021
página 80

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Subvención acogida al siguiente supuesto excepcional: A lo establecido en el artículo 29.1.a) y b)
de la vigente Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Con anticipo máximo del 50 % del importe de la subvención.
Con anticipo máximo del:
del importe de la subvención.
Secuencia del pago anticipado:
PLAZO DE
IMPORTE O PORCENTAJE
Nº IMPORTE O PORCENTAJE
JUSTIFICACIÓN
JUSTIFICADO DE PAGOS
MOMENTO O FECHA DE PAGO
PAGO
DE PAGO
DEL PAG0
ANTERIORES
establecido en el artículo:

1º 100%

50%

50%

Modalidad A: Tras la firma
de la Resolución de
concesión.

3 meses desde la
finalización del
plazo de ejecución.

Modalidad B: Tras la firma
de la Resolución de
concesión.

3 meses desde la
finalización del
plazo de ejecución.

Modalidad B: Tras la
justificación de la
totalidad de la subvención
concedida.

3 meses desde la
finalización del
plazo de ejecución.

23.b) Requisitos previos a la propuesta de pago de la subvención:
No se establecen.
Antes de proponerse el pago la persona o entidad beneficiaria deberá acreditar que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y frente
a la Seguridad Social, así como que no es deudora de la Junta de Andalucía por cualquier otro ingreso de derecho público.
Otros requisitos previos a la propuesta de pago:

23.c) Compromiso de pago en una fecha determinada:
No se establece el compromiso de pago en una fecha determinada.
Se establece el compromiso de pago en la/s siguientes fecha/s:

23.d) Forma en la que se efectuará el pago:
El pago se efectuará mediante transferencia bancaria a la cuenta que la persona o entidad solicitante haya indicado, previa acreditación de su
titularidad.
Otra forma:

24.- Medidas de garantía en favor de los intereses públicos (Artículo 26):
No se establecen.
Sí .
- Forma:
- Cuantía de las garantías:
- Órgano en cuyo favor se constituyen:
- Procedimiento de cancelación:

25.- Justificación de la subvención (Artículo 27).
25.a) La justificación de la subvención ante el órgano concedente se realizará por parte de:
La persona o entidad beneficiaria.
La entidad colaboradora.
25.b) Plazo máximo para la presentación de la justificación:
El plazo máximo para la presentación de la justificación será de:
, a contar desde:
Otras formas de determinar el plazo máximo para la presentación de la justificación:

3 meses desde la finalización del periodo de vigencia del contrato si este fuera temporal, y de
dieciocho meses contado desde la firma del contrato si éste tuviera carácter indefinido.
.

Originales. Se marcarán con una estampilla:

No
Fotocopias compulsadas.
25.d) Utilización de medios electrónicos, informáticos o telemáticos en el procedimiento de justificación:
No.
Sí. Medios:
25.e) Trámites que podrán cumplimentarse con los medios arriba aludidos.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00189575

25.c) Documentos justificativos del gasto: