3. Otras disposiciones. . (2021/60-15)
Resolución de 23 de marzo de 2021, de la Dirección General de Movilidad, por la que se autoriza la ampliación del área territorial de la prestación conjunta de los servicios de transporte de viajeros en automóviles de turismo de Granada, Cenes de la Vega y Pulianas, con la integración de los municipios de Maracena y de Peligros.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 60 - Martes, 30 de marzo de 2021
página 689
2. El establecimiento de Áreas Territoriales de Prestación Conjunta podrá llevarse a
cabo por iniciativa de los municipios afectados, o de oficio por acuerdo de la Consejería
competente en materia de transportes, con la participación de las entidades locales
afectadas.
3. Los Ayuntamientos o entidades que los agrupen, que deseen constituir un Área
Territorial de Prestación Conjunta, solicitarán autorización de la Consejería competente
en materia de transportes, aportando la siguiente documentación.
a) Memoria justificativa en la que se acredite la interacción o influencia recíproca
existente en el ámbito propuesto.
b) Designación del órgano o entidad que vaya a hacerse cargo de la gestión del Área.
c) Propuesta de normas de funcionamiento del Área, regulando, como mínimo:
1.º Estructura, funcionamiento y recursos del órgano gestor.
2.º Régimen aplicable en caso de modificación o disolución del Área, o separación de
uno de sus miembros.
3.º Creación de licencias de autotaxi.
4.º Otorgamiento de licencias.
5.º Régimen tarifario.
6.º Establecimiento de normas y requisitos uniformes para la prestación del servicio
de autotaxi.
7.º La existencia y régimen de funcionamiento de un órgano de consulta y
representación en el que estén presentes los representantes legítimos de las
personas usuarias del servicio de autotaxi.»
En su virtud, de acuerdo con los preceptos legales citados y demás normas que le
sea de aplicación, en uso de las competencias atribuidas a esta Dirección General de
Movilidad,
R ES U ELVO
Autorizar conforme a lo solicitado por el Ayuntamiento de Granada, la integración, a
su instancia, de los municipios de Maracena y Peligros en el Área Territorial de Prestación
Conjunta de los Servicios de Transporte de Viajeros en Automóviles de Turismo de Granada,
Cenes de la Vega y Pulianas, autorizada por la Resolución de la Dirección General de
Movilidad de 28 de enero de 2020, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
núm. 29, de fecha 12 de febrero, en consecuencia ampliar dicha Área de Prestación
Conjunta, en las condiciones establecidas en la Resolución de 28 de enero de 2020.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer
recurso de alzada ante la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del
Territorio en el plazo de un mes desde el día siguiente de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Lo que se hace público para general conocimiento.
00189180
Sevilla, 23 de marzo de 2021.- El Director General, Felipe Antonio Arias Palma.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 60 - Martes, 30 de marzo de 2021
página 689
2. El establecimiento de Áreas Territoriales de Prestación Conjunta podrá llevarse a
cabo por iniciativa de los municipios afectados, o de oficio por acuerdo de la Consejería
competente en materia de transportes, con la participación de las entidades locales
afectadas.
3. Los Ayuntamientos o entidades que los agrupen, que deseen constituir un Área
Territorial de Prestación Conjunta, solicitarán autorización de la Consejería competente
en materia de transportes, aportando la siguiente documentación.
a) Memoria justificativa en la que se acredite la interacción o influencia recíproca
existente en el ámbito propuesto.
b) Designación del órgano o entidad que vaya a hacerse cargo de la gestión del Área.
c) Propuesta de normas de funcionamiento del Área, regulando, como mínimo:
1.º Estructura, funcionamiento y recursos del órgano gestor.
2.º Régimen aplicable en caso de modificación o disolución del Área, o separación de
uno de sus miembros.
3.º Creación de licencias de autotaxi.
4.º Otorgamiento de licencias.
5.º Régimen tarifario.
6.º Establecimiento de normas y requisitos uniformes para la prestación del servicio
de autotaxi.
7.º La existencia y régimen de funcionamiento de un órgano de consulta y
representación en el que estén presentes los representantes legítimos de las
personas usuarias del servicio de autotaxi.»
En su virtud, de acuerdo con los preceptos legales citados y demás normas que le
sea de aplicación, en uso de las competencias atribuidas a esta Dirección General de
Movilidad,
R ES U ELVO
Autorizar conforme a lo solicitado por el Ayuntamiento de Granada, la integración, a
su instancia, de los municipios de Maracena y Peligros en el Área Territorial de Prestación
Conjunta de los Servicios de Transporte de Viajeros en Automóviles de Turismo de Granada,
Cenes de la Vega y Pulianas, autorizada por la Resolución de la Dirección General de
Movilidad de 28 de enero de 2020, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
núm. 29, de fecha 12 de febrero, en consecuencia ampliar dicha Área de Prestación
Conjunta, en las condiciones establecidas en la Resolución de 28 de enero de 2020.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer
recurso de alzada ante la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del
Territorio en el plazo de un mes desde el día siguiente de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Lo que se hace público para general conocimiento.
00189180
Sevilla, 23 de marzo de 2021.- El Director General, Felipe Antonio Arias Palma.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja