3. Otras disposiciones. . (2021/58-16)
Orden de 26 de febrero de 2021, por la que se amplía y actualiza la autorización de determinadas enseñanzas en centros docentes públicos a partir del curso escolar 2021/22.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 58 - Viernes, 26 de marzo de 2021
página 267

3. Otras disposiciones
Consejería de Educación y Deporte
Orden de 26 de febrero de 2021, por la que se amplía y actualiza la autorización
de determinadas enseñanzas en centros docentes públicos a partir del curso
escolar 2021/22.
La exigencia de proporcionar una educación de calidad a los ciudadanos y ciudadanas,
en todos los niveles educativos, es un principio fundamental de la Ley 17/2007, de 10 de
diciembre, de Educación de Andalucía, que se traduce en la amplia oferta educativa que
ofrece la Comunidad Autónoma de Andalucía cada curso escolar.
De conformidad con lo establecido en el artículo 19 del Reglamento Orgánico de los
Institutos de Educación Secundaria, aprobado por el Decreto 327/2010, de 13 de julio, en
el artículo 3 del Decreto 159/2002, de 28 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento
Orgánico de los Institutos Provinciales de Formación para Adultos (denominados por
la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, Institutos Provinciales de Educación Permanente),
en el artículo 17 del Reglamento Orgánico de los Conservatorios Elementales y de los
Conservatorios Profesionales de Música, aprobado por el Decreto 361/2011, de 7 de
diciembre, en el artículo 17 del Reglamento Orgánico de las Escuelas de Arte de la
Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por el Decreto 360/2011, de 7 de febrero,
y en el artículo 19 del Reglamento Orgánico de las Escuelas Oficiales de Idiomas de la
Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por el Decreto 15/2012, de 7 de febrero, las
enseñanzas existentes en dichos centros podrán modificarse por orden de la Consejería
competente en materia de educación, en función de la planificación de las mismas.
La optimización de los recursos, sin merma de la calidad de las enseñanzas
ofertadas, hace necesario ampliar la oferta de bachillerato, en sus distintas modalidades.
Por otro lado, la tendencia creciente de la demanda de las enseñanzas de música y de
artes plásticas y diseño, experimentada en los últimos cursos escolares, exige ampliar
y actualizar la oferta de estas enseñanzas en determinados centros docentes públicos,
para el curso escolar 2021/22.
Por otro lado, se hace necesario actualizar la autorización en las escuelas oficiales
de idiomas de determinadas enseñanzas de idiomas de régimen especial en los niveles
básico, intermedio y avanzado para adaptarlas a lo dispuesto en el Marco Común Europeo
de Referencia para las Lenguas.
Teniendo en cuenta los pertinentes informes de análisis y valoración para establecer
la oferta anual de enseñanzas en centros docentes públicos, evacuados por las
Delegaciones Territoriales de Educación y Deporte, a propuesta de la Dirección General
de Planificación y Centros y en uso de las atribuciones que le otorga el Decreto 102/2019,
de 12 de febrero, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Educación
y Deporte,
DISPONE

Segundo. Bachillerato.
Autorizar a los institutos de educación secundaria que se relacionan en el Anexo II
de la presente orden a impartir la enseñanza de Bachillerato en las modalidades que se
detallan.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00189008

Primero. Educación Secundaria Obligatoria.
Autorizar a los centros docentes públicos que se relacionan en el Anexo I de la
presente orden a impartir la enseñanza de Educación Secundaria Obligatoria.