3. Otras disposiciones. . (2021/57-14)
Resolución del 20 de octubre de 2020, de la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral, por la que se ordena la inscripción, depósito y publicación del Convenio Colectivo de la UTE VJA 089.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 57 - Jueves, 25 de marzo de 2021
página 332
3. Otras disposiciones
Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo
Resolución del 20 de octubre de 2020, de la Dirección General de Trabajo y
Bienestar Laboral, por la que se ordena la inscripción, depósito y publicación
del Convenio Colectivo de la UTE VJA 089.
Vista la solicitud de inscripción del Convenio Colectivo de la UTE VJA 089, de fecha 9
de octubre de 2020, de ámbito interprovincial, suscrito por la representación legal de la
empresa y de los trabajadores, en fecha 18 de noviembre de 2019, modificado por la
comisión negociadora el 11 de marzo de 2020, y de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real
Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos
colectivos de trabajo,
R ES U ELVO
Primero. Ordenar la inscripción del citado Convenio Colectivo en el Registro de
convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios
electrónicos dependiente de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión
Negociadora.
Segundo. Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 20 de octubre de 2020.- La Directora General, Beatriz Barranco Montes.
TEXTO ARTICULADO DEL CONVENIO COLECTIVO DE ÁMBITO INTERPROVINCIAL
PARA LA UTE VJA089 Y SUS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS
Artículo 1. Ámbito funcional y territorial.
El presente convenio será de aplicación a UTE VJA 089, y a sus trabajadores.
Quedan comprendidos en este pacto o convenio, los centros de trabajo que la referida
UTE tiene en las provincias de Sevilla, Cádiz y Málaga.
Artículo 3. Vinculación a la totalidad de lo pactado y legislación supletoria.
Considerando que las condiciones pactadas forman un conjunto orgánico e indivisible,
las partes se obligan a mantener sus respectivos compromisos a la totalidad de las
cláusulas de este convenio.
En lo no previsto en el presente convenio se estará a lo dispuesto en el Estatuto de
los Trabajadores y otra legislación vigente en la materia, por la que se rigen la Empresa y
los trabajadores.
Artículo 4. Absorción y compensación.
Las condiciones estipuladas en este convenio sustituirán y absorberán total o
íntegramente, todas las que en la actualidad se hallan existentes, tanto las fijadas en las
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00188937
Artículo 2. Ámbito temporal.
El presente convenio tendrá una vigencia de cuarenta y ocho meses (4 años),
comprendiendo éste desde el día 1 de enero de 2019, hasta el 31 de diciembre del año 2022.
Finalizada la vigencia de este Convenio, se prorrogará por periodos anuales si no es
denunciado con tres meses de antelación a la terminación del mismo.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 57 - Jueves, 25 de marzo de 2021
página 332
3. Otras disposiciones
Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo
Resolución del 20 de octubre de 2020, de la Dirección General de Trabajo y
Bienestar Laboral, por la que se ordena la inscripción, depósito y publicación
del Convenio Colectivo de la UTE VJA 089.
Vista la solicitud de inscripción del Convenio Colectivo de la UTE VJA 089, de fecha 9
de octubre de 2020, de ámbito interprovincial, suscrito por la representación legal de la
empresa y de los trabajadores, en fecha 18 de noviembre de 2019, modificado por la
comisión negociadora el 11 de marzo de 2020, y de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real
Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos
colectivos de trabajo,
R ES U ELVO
Primero. Ordenar la inscripción del citado Convenio Colectivo en el Registro de
convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios
electrónicos dependiente de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión
Negociadora.
Segundo. Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 20 de octubre de 2020.- La Directora General, Beatriz Barranco Montes.
TEXTO ARTICULADO DEL CONVENIO COLECTIVO DE ÁMBITO INTERPROVINCIAL
PARA LA UTE VJA089 Y SUS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS
Artículo 1. Ámbito funcional y territorial.
El presente convenio será de aplicación a UTE VJA 089, y a sus trabajadores.
Quedan comprendidos en este pacto o convenio, los centros de trabajo que la referida
UTE tiene en las provincias de Sevilla, Cádiz y Málaga.
Artículo 3. Vinculación a la totalidad de lo pactado y legislación supletoria.
Considerando que las condiciones pactadas forman un conjunto orgánico e indivisible,
las partes se obligan a mantener sus respectivos compromisos a la totalidad de las
cláusulas de este convenio.
En lo no previsto en el presente convenio se estará a lo dispuesto en el Estatuto de
los Trabajadores y otra legislación vigente en la materia, por la que se rigen la Empresa y
los trabajadores.
Artículo 4. Absorción y compensación.
Las condiciones estipuladas en este convenio sustituirán y absorberán total o
íntegramente, todas las que en la actualidad se hallan existentes, tanto las fijadas en las
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00188937
Artículo 2. Ámbito temporal.
El presente convenio tendrá una vigencia de cuarenta y ocho meses (4 años),
comprendiendo éste desde el día 1 de enero de 2019, hasta el 31 de diciembre del año 2022.
Finalizada la vigencia de este Convenio, se prorrogará por periodos anuales si no es
denunciado con tres meses de antelación a la terminación del mismo.