Autoridades y personal Oposiciones, concursos y otras convocatorias. . (2021/56-5)
Resolución de 4 de marzo de 2021, de la Universidad de Cádiz, por la que se realiza convocatoria de proceso selectivo para el ingreso en la escala de Ayudante de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad de Cádiz, mediante turno libre.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 56 - Miércoles, 24 de marzo de 2021
página 19

4. Admisión de aspirantes.
4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de Cádiz
dictará, en el plazo máximo de un mes, resolución declarando aprobada la lista de admitidos/
as y excluidos/as. En dicha resolución, que deberá publicarse en la página web del área de
Personal https://personal.uca.es/convocatoria-pas/, se incluirá la lista completa de aspirantes
admitidos y excluidos indicándose, en este último caso, la/s causa/s de exclusión.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00188795

Asimismo, si el interesado no dispone de los medios electrónicos necesarios, para
su identificación o firma electrónica podrá ser asistido en las Oficinas de Asistencia en
materia de Registro de la Universidad de Cádiz o presentar la solicitud en las formas
establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3.2. Los interesados deberán acompañar a la solicitud la siguiente documentación:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad, pasaporte, NIE o documento
equivalente para los ciudadanos de la Unión Europea en vigor.
b) Fotocopia de la titulación académica exigida en la convocatoria.
c) Para la valoración de la fase de concurso, deberán presentar junto con la solicitud, la
relación de méritos alegados, según modelo disponible en la página web del Área de Personal
https://personal.uca.es/convocatoria-pas/, así como la documentación acreditativa de los mismos.
Aquellos aspirantes que presten o hayan prestado servicios como personal de la Universidad
de Cádiz sólo tendrán que alegar los méritos, no siendo necesario adjuntar la documentación
justificativa, excepto que la misma no conste en el expediente del área de Personal.
d) Resguardo acreditativo del abono de los derechos de examen. Los derechos de
examen serán de 25 euros, y se ingresarán en la cuenta corriente número ES69-00494870-86-2816096467, abierta en el Banco Santander a nombre de «Universidad de Cádiz»,
indicando «PS A2 AABM TLC21». La falta de pago de la tasa por derechos de examen
durante el plazo de presentación de solicitudes no es subsanable y determinará la exclusión
de la persona aspirante. En ningún caso la presentación y pago en la entidad bancaria
supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
Las personas con una discapacidad igual o superior al 33% quedarán eximidas del
pago de los derechos de examen mediante justificación documental de dicha condición.
Asimismo, se exime del pago de las tasas a las personas en desempleo que acrediten su
situación mediante certificado de vida laboral actualizado dentro del periodo de solicitud al
presente proceso selectivo. En ningún caso la presentación y pago en la entidad bancaria
supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud
3.3. Las personas aspirantes quedan vinculados a los datos y documentación que
hayan hecho constar o aportado en sus solicitudes, pudiendo demandar la subsanación
de errores, si los hubiera, mediante escrito motivado, dentro de los diez días siguientes a
la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo,
no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
3.4. Las personas aspirantes con discapacidad podrán solicitar, expresándolo en el
recuadro correspondiente del modelo de solicitud, las posibles adaptaciones de tiempo y
medios que estimen necesarias para la realización del ejercicio de la fase de oposición. La
Universidad de Cádiz podrá requerir al interesado/a la información que estime necesaria
en orden a la adaptación solicitada, así como el dictamen del órgano competente sobre la
procedencia de la adaptación y de la compatibilidad con el desempeño de las funciones
del puesto concreto a ocupar.
3.5. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados a
partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
3.6. No se admitirá la presentación de méritos una vez finalizado el plazo máximo de
presentación de solicitudes.
3.7. Los errores de hecho que pudieran advertirse, podrán subsanarse, en cualquier
momento, de oficio o a petición del interesado/a.