Disposiciones generales. . (2021/55-4)
Resolución de 11 de marzo de 2021, de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convocan para el año 2021 las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a la producción de cortometrajes en Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 55 - Martes, 23 de marzo de 2021
página 15

de la Junta de Andalucía, y en el artículo 22 del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el
que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la
Administración de la Junta de Andalucía, y en el artículo 15 de la mencionada Orden de 19
de mayo de 2017, corresponde a la persona titular de la Dirección de la Agencia Andaluza
de Instituciones Culturales realizar la convocatoria anual de estas subvenciones.
En su virtud, considerando oportuno proceder a la convocatoria para el año 2021 de
estas subvenciones, y en el ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 15 de
los Estatutos de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, aprobados mediante
Decreto 103/2011, de 19 de abril,
RESUELVO

Segundo. Solicitudes y plazo de presentación.
1. De conformidad con la disposición adicional única de la Orden de 19 de mayo de
2017, por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones, en
régimen de concurrencia competitiva, a la producción de cortometrajes en Andalucía, se
aprueba el formulario de solicitud (Anexo I) y el formulario para presentar alegaciones y
efectuar la reformulación, la aceptación y la presentación de documentos (Anexo II) de las
subvenciones reguladas en la citada orden, que se publican con la presente convocatoria.
Tanto la citadas solicitudes, Anexo I, como los formularios de alegaciones, aceptación,
reformulación y presentación de documentos, Anexo II, a los que se refiere la Orden de 19
de mayo de 2017, citada anteriormente, y que se publican conjuntamente con la presente
resolución, se podrán obtener en la página web
http://www.juntadeandalucia.es/cultura/web/AAIICC/
en el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía, así como en la sede de la
Agencia Andaluza de Instituciones Culturales.
2. Las solicitudes, dirigidas a la persona titular de la Dirección de la Agencia Andaluza
de Instituciones Culturales, se presentarán conforme a los modelos contenidos como
Anexo I que se publican conjuntamente con la presente resolución.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00188711

Primero. Convocatoria.
Se efectúa la convocatoria pública de concesión de subvenciones, en régimen de
concurrencia competitiva, a la producción de cortometrajes en Andalucía para el ejercicio 2021.
La presente convocatoria se regirá por la Orden de 19 de mayo de 2017 (BOJA
núm. 99, de 26 de mayo), por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de
subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a la producción de cortometrajes
en Andalucía, así como por las modificaciones introducidas en el articulado de la misma
por la disposición final decimotercera del Decreto-ley 13/2020, de 18 de mayo, que
continuarán en vigor hasta la completa ejecución de la convocatoria que se efectúe en
el ejercicio 2021, de conformidad a lo establecido en la disposición adicional única del
Decreto-ley 2/2021, de 2 de febrero.
Los conceptos subvencionables serán los establecidos en el artículo 5 de la
mencionada Orden de 19 de mayo de 2017, teniendo en cuenta la adición al artículo 5.1.a)
del ordinal 7.ª por el Decreto-ley 13/2020, de 18 de mayo, donde se establece que «7.º
Todos los derivados de las medidas de implementación de protocolos de seguridad de
rodajes y material sanitario y de protección que requiera la normativa que se establezca
para rodajes por la crisis COVID-19», cuya vigencia se entiende prorrogada hasta la
completa ejecución de la presente convocatoria conforme a la disposición adicional única
del Decreto-ley 2/2021, de 2 de febrero.
Los requisitos que deben reunir las personas o entidades que soliciten la subvención
así como el procedimiento de concesión se regirá por lo establecido en las mencionadas
bases reguladoras.