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Resolución de 8 de marzo de 2021, de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Granada, por la que se concede autorización administrativa previa y de construcción de la instalación eléctrica que se cita, en los términos municipales de Escúzar y Ventas de Huelma. (PP. 718/2021).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 53 - Viernes, 19 de marzo de 2021
página 309

Quinto. Obran en el expediente sendos Informes de Compatibilidad Urbanística
Viables emitidos por los Ayuntamientos de Escúzar y Ventas de Huelma, con fecha 17
de noviembre de 2020 y 16 de noviembre de 2020, respectivamente, a los efectos de
lo establecido en el artículo 42.3 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación
Urbanística de Andalucía, en su redacción dada por el Decreto-ley 2/2020, de 9 de marzo,
de mejora y simplificación de la regulación para el fomento de la actividad productiva de
Andalucía.
Sexto. El 14 de diciembre de 2020 se recibe en esta Delegación Informe Preceptivo
Vinculante de la Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo
Sostenible, de fecha 13 de diciembre de 2020, con número de expediente AAU/GR/028/19,
de autorización ambiental unificada de la «Planta solar fotovoltaicas “Los Picos” y línea
eléctrica de evacuación», en los términos municipales de Escúzar y Ventas de Huelma
(Granada), y evaluación de impacto ambiental viable a la realización de las actuaciones,
concluyendo que no producirán impactos adversos significativos en el medio ambiente,
siempre y cuando se realicen en las condiciones señaladas en dicho informe.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Esta Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Granada es
competente para aprobar la autorización administrativa previa y de construcción del
proyecto referenciado, según lo dispuesto en el artículo 49.1 del Estatuto de Autonomía
para Andalucía aprobado por Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, el artículo 117 de la
Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, el Decreto del
Presidente 3/2020, de 3 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de
Consejerías, el Decreto 116/2020, de 8 de septiembre, por el que se regula la estructura
orgánica de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea, el Decreto 342/2012, de
31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración
de la Junta de Andalucía, modificado por la disposición final sexta del Decreto 114/2020,
de 8 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de
la Presidencia, Administración Pública e Interior; así como la Resolución de 9 de marzo
de 2016, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan
determinadas competencias en materia de autorizaciones de instalaciones eléctricas en
las Delegaciones Territoriales de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.

Tercero. El artículo 30.4 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, determina que las
instalaciones de generación de energía tendrán la consideración de actuaciones de
utilidad e interés general. A este respecto el artículo 32 establece el procedimiento de
autorización ambiental unificada para actuaciones privadas declaradas de utilidad e
interés general de Andalucía, indicando que corresponde al órgano sustantivo, en este
caso esta Delegación, recibir la solicitud, efectuar los trámites de información pública y
de consultas e incorporar a la autorización que se otorga el contenido del informe emitido
por el órgano ambiental.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Segundo. La autorización administrativa de las instalaciones eléctricas de alta tensión
está regulado en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el
que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro
y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, Real Decreto
337/2014, de 9 de mayo, por el que aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas
y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión, el Real Decreto
223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento técnico de líneas de
alta tensión.