Autoridades y personal Oposiciones, concursos y otras convocatorias. . (2021/53-9)
Resolución de 15 de marzo de 2021, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca la cobertura de cargo intermedio, mediante el sistema de concurso de méritos, de Jefe/a de Grupo del Servicio de Desarrollo Profesional en el Distrito Aljarafe.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 53 - Viernes, 19 de marzo de 2021
página 204
1.3. Publicaciones y otros méritos (máximo 5 puntos).
En los epígrafes 1.3.1, 1.3.2, y 1.3.3 de este apartado, se valoran solo los tres primeros
autores.
1.3.1. Por publicaciones de libros, relacionadas con la categoría, especialidad o área
de trabajo del cargo que se convoca, y que contengan ISBN o Depósito Legal:
1.3.1.1. Por cada libro completo: 1 punto.
1.3.1.2. Por cada capítulo de libro no incluido en el punto anterior: 0,30 puntos (máximo
3 capítulos por libro).
1.3.2. Publicaciones de artículos en revistas relacionadas con la categoría,
especialidad o área de trabajo del cargo que se convoca: 0,10 puntos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00188507
1.2.1.2. Por cada crédito obtenido en actividades de formación continua como
discente: 0,15 puntos.
Solo serán valorables los créditos otorgados por la Universidad o por alguno de los
órganos acreditadores que integran el sistema de Acreditación de Formación Continuada
en el Sistema Nacional de Salud (los subapartados 1.2.1.1 y 1.2.1.2 son excluyentes entre
sí. Sólo se computarán en el subapartado en el que les corresponda mayor valoración).
Las actividades de formación incluidas en los subapartados 1.2.1.1 y 1.2.1.2 serán
valoradas siempre que reúnan los siguientes requisitos:
a) Estar directamente relacionadas con la categoría, especialidad o área de trabajo a
la que se concursa.
b) Haber sido impartidas u organizadas por alguna de las siguientes instituciones:
Centros Universitarios, Servicios de Salud, Consejerías de Salud de las Comunidades
Autónomas, Ministerio de Sanidad y Consumo, Ministerio de Administraciones Públicas,
Instituto Nacional de la Administración Pública o sus homólogos en las Comunidades
Autónomas, Escuelas de Salud Pública adscritas a cualquiera de los organismos citados,
Organizaciones sindicales, Colegios Profesionales, Sociedades Científicas, o entidades
sin ánimo de lucro debidamente registradas entre cuyos fines se encuentre la formación.
Docencia:
1.2.2. Actividades formativas, hasta un máximo de 6 puntos.
1.2.2.1. Docencia en actividades formativas de formación continuada:
- En áreas transversales para la gestión y servicios (informática, prl, organización
sanitaria, gestión ambiental, calidad, etc.): 0,3 puntos por cada 10 horas como docente,
hasta un máximo de 3 puntos.
- En el área de conocimiento específico de la especialidad y/o línea de la actividad
profesional que se realiza: 0,3 puntos por cada 10 horas como docente, hasta un máximo
de 3 puntos.
Las actividades formativas serán valoradas siempre que reúnan los siguientes
requisitos:
a) Estar directamente relacionadas con la categoría, especialidad o área de trabajo a
la que se concursa.
b) Haber sido impartidas u organizadas por alguna de las siguientes instituciones:
Centros Universitarios, Servicios de Salud, Consejerías de Salud de las Comunidades
Autónomas, Ministerio de Sanidad y Consumo, Ministerio de Administraciones Públicas,
Instituto Nacional de la Administración Pública o sus homólogos en las Comunidades
Autónomas, Escuelas de Salud Pública adscritas a cualquiera de los organismos citados,
Organizaciones sindicales, Colegios Profesionales, Sociedades Científicas, o entidades
sin ánimo de lucro debidamente registradas entre cuyos fines se encuentre la formación.
1.2.2.2. Tutor de formación profesional de categorías del área de gestión y servicios:
0,1 puntos por año, hasta un máximo de 1 puntos.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 53 - Viernes, 19 de marzo de 2021
página 204
1.3. Publicaciones y otros méritos (máximo 5 puntos).
En los epígrafes 1.3.1, 1.3.2, y 1.3.3 de este apartado, se valoran solo los tres primeros
autores.
1.3.1. Por publicaciones de libros, relacionadas con la categoría, especialidad o área
de trabajo del cargo que se convoca, y que contengan ISBN o Depósito Legal:
1.3.1.1. Por cada libro completo: 1 punto.
1.3.1.2. Por cada capítulo de libro no incluido en el punto anterior: 0,30 puntos (máximo
3 capítulos por libro).
1.3.2. Publicaciones de artículos en revistas relacionadas con la categoría,
especialidad o área de trabajo del cargo que se convoca: 0,10 puntos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00188507
1.2.1.2. Por cada crédito obtenido en actividades de formación continua como
discente: 0,15 puntos.
Solo serán valorables los créditos otorgados por la Universidad o por alguno de los
órganos acreditadores que integran el sistema de Acreditación de Formación Continuada
en el Sistema Nacional de Salud (los subapartados 1.2.1.1 y 1.2.1.2 son excluyentes entre
sí. Sólo se computarán en el subapartado en el que les corresponda mayor valoración).
Las actividades de formación incluidas en los subapartados 1.2.1.1 y 1.2.1.2 serán
valoradas siempre que reúnan los siguientes requisitos:
a) Estar directamente relacionadas con la categoría, especialidad o área de trabajo a
la que se concursa.
b) Haber sido impartidas u organizadas por alguna de las siguientes instituciones:
Centros Universitarios, Servicios de Salud, Consejerías de Salud de las Comunidades
Autónomas, Ministerio de Sanidad y Consumo, Ministerio de Administraciones Públicas,
Instituto Nacional de la Administración Pública o sus homólogos en las Comunidades
Autónomas, Escuelas de Salud Pública adscritas a cualquiera de los organismos citados,
Organizaciones sindicales, Colegios Profesionales, Sociedades Científicas, o entidades
sin ánimo de lucro debidamente registradas entre cuyos fines se encuentre la formación.
Docencia:
1.2.2. Actividades formativas, hasta un máximo de 6 puntos.
1.2.2.1. Docencia en actividades formativas de formación continuada:
- En áreas transversales para la gestión y servicios (informática, prl, organización
sanitaria, gestión ambiental, calidad, etc.): 0,3 puntos por cada 10 horas como docente,
hasta un máximo de 3 puntos.
- En el área de conocimiento específico de la especialidad y/o línea de la actividad
profesional que se realiza: 0,3 puntos por cada 10 horas como docente, hasta un máximo
de 3 puntos.
Las actividades formativas serán valoradas siempre que reúnan los siguientes
requisitos:
a) Estar directamente relacionadas con la categoría, especialidad o área de trabajo a
la que se concursa.
b) Haber sido impartidas u organizadas por alguna de las siguientes instituciones:
Centros Universitarios, Servicios de Salud, Consejerías de Salud de las Comunidades
Autónomas, Ministerio de Sanidad y Consumo, Ministerio de Administraciones Públicas,
Instituto Nacional de la Administración Pública o sus homólogos en las Comunidades
Autónomas, Escuelas de Salud Pública adscritas a cualquiera de los organismos citados,
Organizaciones sindicales, Colegios Profesionales, Sociedades Científicas, o entidades
sin ánimo de lucro debidamente registradas entre cuyos fines se encuentre la formación.
1.2.2.2. Tutor de formación profesional de categorías del área de gestión y servicios:
0,1 puntos por año, hasta un máximo de 1 puntos.