Disposiciones generales. . (2021/51-1)
Orden de 5 de marzo de 2021, por la que se convocan para el año 2021 las ayudas previstas en la Orden de 4 de febrero de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota con puerto base en Andalucía, previstas en el Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca 2014-2020, que faena en el Caladero Nacional del Mediterráneo en la modalidad de arrastre de fondo y en la modalidad de cerco.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 51 - Miércoles, 17 de marzo de 2021
página 12
1. Disposiciones generales
Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca
y Desarrollo Sostenible
Orden de 5 de marzo de 2021, por la que se convocan para el año 2021 las
ayudas previstas en la Orden de 4 de febrero de 2020, por la que se aprueban
las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de
concurrencia competitiva a la paralización temporal de la actividad pesquera
de la flota con puerto base en Andalucía, previstas en el Programa Operativo
del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca 2014-2020, que faena en el Caladero
Nacional del Mediterráneo en la modalidad de arrastre de fondo y en la
modalidad de cerco.
El Reglamento (UE) núm. 508/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de
mayo de 2014, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, y por el que se derogan
los Reglamentos (CE) núm. 2328/2009, (CE) núm. 861/2006, (CE) núm. 1198/2006 y
(CE) núm. 791/2007 del Consejo, y el Reglamento (UE) núm. 1255/2011, del Parlamento
Europeo y del Consejo (en adelante Reglamento FEMP), establece las medidas financieras
de la Unión para la aplicación de la Política Pesquera Común, de las medidas relativas
al Derecho del Mar, del desarrollo sostenible de las zonas pesqueras y acuícolas y de la
pesca interior; así como de la Política Marítima Integrada y, concretamente en su artículo
33 establece las ayudas a la paralización temporal de la actividad pesquera.
El modelo de gestión acordado en la Conferencia Sectorial de Pesca de 4 de diciembre
de 2014 otorga a las Comunidades Autónomas, en cuyos puertos radiquen los buques
afectados por la paralización temporal, la gestión de esas ayudas.
Sobre la base de ese marco regulador, se dictó la Orden de 4 de febrero de 2020, por
la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen
de concurrencia competitiva a la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota
con puerto base en Andalucía, que faena en el caladero Nacional, en las modalidades de
arrastre de fondo, cerco y palangre de superficie, en el marco del Programa Operativo del
Fondo Europeo Marítimo y de Pesca 2014-2020.
De conformidad con la Orden APA/1212/2020, de 16 de diciembre, por la que se
establecen zonas de veda espacio temporal para la modalidad de arrastre de fondo y
cerco en determinadas zonas del litoral mediterráneo para el periodo 2021-2022, queda
prohibida la pesca de arrastre de fondo a los buques españoles, en el litoral de las
provincias de Almería y Granada del 1 al 28 de febrero de 2021 y del 1 al 31 de octubre
de 2021 y en el litoral de las provincias de Málaga y Cádiz del 1 al 31 de mayo de 2021 y
del 1 al 30 de septiembre de 2021. Igualmente, queda prohibida la pesca de cerco a los
buques españoles en el litoral mediterráneo andaluz del 1 al 31 de marzo de 2021.
R ES U ELVO
Primero. Convocatoria.
1. Se convocan en régimen de concurrencia competitiva para el ejercicio 2021 las
siguientes ayudas:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00188332
Por lo anteriormente expuesto, considerando oportuno proceder a la convocatoria de
estas subvenciones para el año 2021 y en virtud de la competencia que me confiere el
Decreto 103/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, y el artículo 115 del
Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Publica de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo,
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 51 - Miércoles, 17 de marzo de 2021
página 12
1. Disposiciones generales
Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca
y Desarrollo Sostenible
Orden de 5 de marzo de 2021, por la que se convocan para el año 2021 las
ayudas previstas en la Orden de 4 de febrero de 2020, por la que se aprueban
las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de
concurrencia competitiva a la paralización temporal de la actividad pesquera
de la flota con puerto base en Andalucía, previstas en el Programa Operativo
del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca 2014-2020, que faena en el Caladero
Nacional del Mediterráneo en la modalidad de arrastre de fondo y en la
modalidad de cerco.
El Reglamento (UE) núm. 508/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de
mayo de 2014, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, y por el que se derogan
los Reglamentos (CE) núm. 2328/2009, (CE) núm. 861/2006, (CE) núm. 1198/2006 y
(CE) núm. 791/2007 del Consejo, y el Reglamento (UE) núm. 1255/2011, del Parlamento
Europeo y del Consejo (en adelante Reglamento FEMP), establece las medidas financieras
de la Unión para la aplicación de la Política Pesquera Común, de las medidas relativas
al Derecho del Mar, del desarrollo sostenible de las zonas pesqueras y acuícolas y de la
pesca interior; así como de la Política Marítima Integrada y, concretamente en su artículo
33 establece las ayudas a la paralización temporal de la actividad pesquera.
El modelo de gestión acordado en la Conferencia Sectorial de Pesca de 4 de diciembre
de 2014 otorga a las Comunidades Autónomas, en cuyos puertos radiquen los buques
afectados por la paralización temporal, la gestión de esas ayudas.
Sobre la base de ese marco regulador, se dictó la Orden de 4 de febrero de 2020, por
la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen
de concurrencia competitiva a la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota
con puerto base en Andalucía, que faena en el caladero Nacional, en las modalidades de
arrastre de fondo, cerco y palangre de superficie, en el marco del Programa Operativo del
Fondo Europeo Marítimo y de Pesca 2014-2020.
De conformidad con la Orden APA/1212/2020, de 16 de diciembre, por la que se
establecen zonas de veda espacio temporal para la modalidad de arrastre de fondo y
cerco en determinadas zonas del litoral mediterráneo para el periodo 2021-2022, queda
prohibida la pesca de arrastre de fondo a los buques españoles, en el litoral de las
provincias de Almería y Granada del 1 al 28 de febrero de 2021 y del 1 al 31 de octubre
de 2021 y en el litoral de las provincias de Málaga y Cádiz del 1 al 31 de mayo de 2021 y
del 1 al 30 de septiembre de 2021. Igualmente, queda prohibida la pesca de cerco a los
buques españoles en el litoral mediterráneo andaluz del 1 al 31 de marzo de 2021.
R ES U ELVO
Primero. Convocatoria.
1. Se convocan en régimen de concurrencia competitiva para el ejercicio 2021 las
siguientes ayudas:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00188332
Por lo anteriormente expuesto, considerando oportuno proceder a la convocatoria de
estas subvenciones para el año 2021 y en virtud de la competencia que me confiere el
Decreto 103/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, y el artículo 115 del
Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Publica de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo,