4. Administración de justicia. . (2021/51-18)
Edicto de 11 de marzo de 2021, del Juzgado de lo Social núm. Nueve de Málaga, dimanante de autos núm. 38/2021.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 51 - Miércoles, 17 de marzo de 2021
página 361

PARTE DISPOSITIVA
Se decreta el embargo de los bienes propiedad de la ejecutada.
Practíquese averiguación patrimonial de la ejecutada a través del punto neutro judicial,
así como de situación en Seguridad Social y únase a los autos.
Se decreta el embargo sobre cualquier cantidad que exista en cuentas corrientes
a plazo, de crédito, libretas de ahorros, fondos de inversiones, obligaciones, valores
en general o cualquier otro producto bancario, que el demandado mantenga o pueda
contratar con diferentes entidades bancarias ECCV y liquidaciones a su favor con la
AEAT, hasta cubrir el principal y costas, a tal efecto dese la orden telemática a través del
Punto Neutro Judicial.
Se decreta el embargo de los créditos por los que la demandada resulte acreedora
frente a las empresas que consten en la base de datos de la AEAT en la investigación
patrimonial que se practica, por cualquier concepto y en cuantía suficiente hasta cubrir
las cantidades reclamadas en las presentes actuaciones, librándose los despachos
oportunos.
Se requiere a la demandada a fin de que manifieste relación de bienes.
Se requiere al ejecutante para que señales bienes.
Recábese información del Servicio de Índices del Colegio de Registradores de la
Propiedad a fin de que informe a este Juzgado si la demandada aparece con bienes
de su titularidad inscritos, indicando, en su caso, los datos del registro que posibiliten la
localización de las inscripciones.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Así lo decreta la Letrada de la Administración de Justicia. Contra el presente decreto
cabe de conformidad con el art. 551.3.5 recurso directo de revisión sin efecto suspensivo
ante el Juez que ha dictado la orden directa de ejecución.
El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
Y para que sirva de notificación al demandado Antequera Mensajeros, S.L.,
actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletin
Oficial de la Comunidad Autónoma con la advertencia de que las siguientes notificaciones
se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate
de emplazamientos.
En Málaga, a once de marzo de dos mil veintiuno.- El/La Letrado/a de la Administración
de Justicia.

00188327

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo
podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con
pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de
tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios
a las leyes.»

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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