5. Anuncios5. Otros anuncios oficiales. . (2021/51-27)
Anuncio de 2 de marzo de 2021, del Consorcio Parque de las Ciencias, relativo a la convocatoria del proceso de selección para la cobertura del puesto de Dirección Gerencia de la entidad. (PP. 643/2021).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 51 - Miércoles, 17 de marzo de 2021
página 417
7.2. Publicidad de la resolución del proceso.
El resultado del proceso de selección se publicará en el Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía, en la web del Consorcio y en la correspondiente sección de transparencia
del Portal de la Junta de Andalucía, así como en todos aquellos lugares en que se haya
publicado la convocatoria.
7.3. Contratación de la persona seleccionada.
La persona designada suscribirá el contrato de trabajo que le vincule al Consorcio de
acuerdo con el modelo aprobado al que se refiere la Ley del Presupuesto de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, debiendo ser comunicado asimismo a las Consejerías
competentes.
La persona designada dispondrá de un plazo de cinco (5) días hábiles, a contar desde
el siguiente a aquel en que se haga público el acuerdo de nombramiento o aprobación de
la contratación, para tomar posesión del puesto.
8. Norma final, incidencias y recursos.
8.1. El Comité de Calificación estará facultado para resolver cuantas dudas se
presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen desarrollo del proceso selectivo.
De conformidad con lo establecido en los vigentes Estatutos de la entidad y para
cuanto no esté previsto en las presentes bases, se estará a lo dispuesto en la legislación
de carácter general y demás normas de pertinente aplicación.
8.2. Las presentes bases y cuantos actos administrativos deriven de ellas agotarán la
vía administrativa, pudiendo las personas interesadas interponer bien Recurso potestativo
de Reposición en el plazo de un mes ante la Presidencia de la entidad de conformidad
con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, bien recurso contencioso-administrativo en
los términos previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa en el plazo de dos meses, en ambos casos a contar desde la
publicación y/o notificación del correspondiente anuncio o resolución de que se trate.
Se significa que en caso de interponer recurso de reposición no se podrá interponer
recurso contencioso-administrativo hasta que el primero sea resuelto expresamente o se
haya producido su desestimación.
Contra los acuerdos y actos del Comité de Calificación podrá interponerse recurso de
reposición ante la autoridad que haya nombrado a la presidencia, conforme a lo dispuesto
en la ya citada norma legal.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Granada, 2 de marzo de 2021.- El Jefe del Departamento Jurídico, Fernando Vélez
Fernández.
ANEXO I
1. Perfil competencial exigido: Hasta 10 puntos.
Se valorarán los siguientes méritos:
A) Méritos profesionales, hasta un máximo de 3,5 puntos.
a) Experiencia profesional en puesto de trabajo de igual categoría: 0,20 puntos por
mes.
b) Experiencia profesional en puesto de trabajo de similar categoría: 0,10 puntos por
mes.
A estos efectos, la puntuación indicada se computará para los periodos de tiempo
superiores a la experiencia mínima exigida.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00187669
BAREMO DE PUNTUACIÓN
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 51 - Miércoles, 17 de marzo de 2021
página 417
7.2. Publicidad de la resolución del proceso.
El resultado del proceso de selección se publicará en el Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía, en la web del Consorcio y en la correspondiente sección de transparencia
del Portal de la Junta de Andalucía, así como en todos aquellos lugares en que se haya
publicado la convocatoria.
7.3. Contratación de la persona seleccionada.
La persona designada suscribirá el contrato de trabajo que le vincule al Consorcio de
acuerdo con el modelo aprobado al que se refiere la Ley del Presupuesto de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, debiendo ser comunicado asimismo a las Consejerías
competentes.
La persona designada dispondrá de un plazo de cinco (5) días hábiles, a contar desde
el siguiente a aquel en que se haga público el acuerdo de nombramiento o aprobación de
la contratación, para tomar posesión del puesto.
8. Norma final, incidencias y recursos.
8.1. El Comité de Calificación estará facultado para resolver cuantas dudas se
presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen desarrollo del proceso selectivo.
De conformidad con lo establecido en los vigentes Estatutos de la entidad y para
cuanto no esté previsto en las presentes bases, se estará a lo dispuesto en la legislación
de carácter general y demás normas de pertinente aplicación.
8.2. Las presentes bases y cuantos actos administrativos deriven de ellas agotarán la
vía administrativa, pudiendo las personas interesadas interponer bien Recurso potestativo
de Reposición en el plazo de un mes ante la Presidencia de la entidad de conformidad
con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, bien recurso contencioso-administrativo en
los términos previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa en el plazo de dos meses, en ambos casos a contar desde la
publicación y/o notificación del correspondiente anuncio o resolución de que se trate.
Se significa que en caso de interponer recurso de reposición no se podrá interponer
recurso contencioso-administrativo hasta que el primero sea resuelto expresamente o se
haya producido su desestimación.
Contra los acuerdos y actos del Comité de Calificación podrá interponerse recurso de
reposición ante la autoridad que haya nombrado a la presidencia, conforme a lo dispuesto
en la ya citada norma legal.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Granada, 2 de marzo de 2021.- El Jefe del Departamento Jurídico, Fernando Vélez
Fernández.
ANEXO I
1. Perfil competencial exigido: Hasta 10 puntos.
Se valorarán los siguientes méritos:
A) Méritos profesionales, hasta un máximo de 3,5 puntos.
a) Experiencia profesional en puesto de trabajo de igual categoría: 0,20 puntos por
mes.
b) Experiencia profesional en puesto de trabajo de similar categoría: 0,10 puntos por
mes.
A estos efectos, la puntuación indicada se computará para los periodos de tiempo
superiores a la experiencia mínima exigida.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00187669
BAREMO DE PUNTUACIÓN