Autoridades y personal Oposiciones, concursos y otras convocatorias. . (2021/50-11)
Resolución de 8 de marzo de 2021, de la Universidad de Málaga, por la que se convoca concurso público de méritos para la adjudicación de plazas de Profesores Ayudantes Doctores.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 50 - Martes, 16 de marzo de 2021
página 57

6. Desarrollo del concurso.
6.1. Los concursos serán resueltos por la Comisión de Selección, a la que
corresponde, a propuesta del Consejo de Departamento correspondiente, aprobar
los criterios o factores de pertinencia que serán de aplicación en la valoración de los
méritos de los concursantes, en función de su coherencia y correspondencia con el área
de conocimiento de la plaza objeto de concurso. Estará asistida por la correspondiente
Comisión Asesora del Departamento, así como por cualquier especialista que estime
conveniente. La composición de las Comisiones puede consultarse en la página web del
Servicio de PDI:
http://www.uma.es/personal-docente-e-investigador (Enlace del menú «Normativa
concursos»).
6.2. Las actuaciones, régimen de acuerdos y funcionamiento interno de las Comisiones
se ajustarán a las previsiones sobre órganos colegiados establecidas en la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
6.3. Una vez publicada la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos a cada
concurso, el Presidente de la Comisión de Selección remitirá al Presidente de la Comisión
Asesora toda la documentación referida al concurso para que proceda a la baremación
de los méritos de los candidatos, de acuerdo con los criterios o factores de pertinencia
previamente aprobados y en consonancia con el Baremo para la contratación laboral
de Profesores Ayudantes Doctores, especificado en el Anexo III de esta convocatoria,
aplicando las especificidades (anexos específicos) aprobadas por ramas de conocimiento
que el baremo establece. Cada rama de conocimiento determinará un umbral mínimo de
puntuación por debajo del cual se entenderá que el candidato no se ajusta ni adecua a
las necesidades de la plaza, pudiéndose dejar la plaza desierta en caso de no obtener
ningún candidato dicha puntuación mínima. Estos documentos, así como la relación de
áreas con las ramas de conocimiento a las que pertenecen, pueden consultarse en la
página web del Servicio de PDI:
http://www.uma.es/personal-docente-e-investigador (enlace del menú «Normativa
concursos»).
6.4. Para una adecuada valoración de los méritos, la Comisión Asesora, podrá
realizar a los concursantes cuantas entrevistas estimen oportunas y requerirles para que
justifiquen o amplíen la documentación acreditativa de los mismos, según lo establecido
en la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. No
presentar la documentación requerida sobre los méritos invocados en la solicitud y no
justificados adecuadamente conllevará la no baremación de esos méritos.
6.5. La Comisión Asesora podrá hacer uso de la posibilidad, prevista en el baremo
de Ayudantes Doctores de la Universidad de Málaga (aprobado por Consejo de Gobierno
de 21 de diciembre de 2017), de celebrar una entrevista cuando entre los candidatos que
superen el mínimo de puntuación exista una diferencia inferior a cinco puntos respecto
del primero. En el Anexo I.1 y I.2 aparecen indicadas las áreas de conocimiento que
han solicitado ejercer dicha posibilidad de entrevista para la baremación y propuesta de
candidatos en las plazas de su área.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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5. Publicación.
5.1. Se publicarán en el tablón de anuncios del Edificio del Pabellón de Gobierno de
la Universidad de Málaga, así como a nivel informativo en la página web del Servicio
de PDI de la UMA: http://www.uma.es/personal-docente-e-investigador (Enlace del menú
«Concursos plazas PDI»), tanto las relaciones de admitidos y excluidos al concurso como
cuantas comunicaciones y requerimientos relacionados con el mismo se produzcan.
5.2. De acuerdo con lo previsto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
estas publicaciones sustituirán la notificación personal a los interesados y producirán los
mismos efectos.