Disposiciones generales. . (2021/50-2)
Resolución de 11 de marzo de 2021, de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convoca la presentación de ofertas de espectáculos para la ampliación del catálogo de la Red Andaluza de Teatros Públicos 2021.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 50 - Martes, 16 de marzo de 2021
página 13

Tercero. Solicitud.
1. Lugar y plazo de presentación.
La solicitud deberá cumplimentarse conforme al modelo que figura en la web del
programa www.redandaluzadeteatrospublicos.es
La solicitud generada (Anexo I), firmada por el representante legal de la compañía
o formación y dirigida a la persona titular de la Dirección de la Agencia Andaluza de
Instituciones Culturales, se presentará preferentemente a través del servicio «Presentación
Electrónica General» de la Junta de Andalucía, disponible en la pestaña «Servicios y
Trámites» en el siguiente enlace: https://juntadeandalucia.es//servicios.html
Podrá también presentarse por cualquiera de las vías establecidas en el artículo
16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, en cuyo caso, se deberá enviar comprobante de dicho
envío al correo electrónico informacion.redandaluzadeteatros.aaiicc@juntadeandalucia.
es dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes.
2. Se presentará una sola solicitud por espectáculo. En caso de ofertarse para su
representación tanto en sala como en calle, se presentará una sola solicitud. En este
caso se especificará en la modalidad espacio = sala-calle.
Se presentarán más de una solicitud para el mismo espectáculo siempre que se oferte
para su representación en diferentes formatos. En este supuesto, podrá existir diferencia
de caché dependiendo del número de componentes, en cuyo caso se especificará, junto
al título del espectáculo, el número de componentes.
3. El plazo para la presentación de solicitudes finalizará a los 10 días hábiles a contar
a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía.
4. Contenido de la solicitud:
Además del formulario de solicitud debidamente cumplimentado las solicitudes se
acompañarán de:
- Dossier del espectáculo. En la modalidad de música se especificará el programa
que se interpretará.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00188249

Segundo. Requisitos de los participantes.
Podrán presentar sus ofertas de espectáculos de teatro, danza, música y circo las
entidades con domicilio social o establecimiento permanente en Andalucía.
La convocatoria se dirige a compañías y formaciones profesionales, de carácter
privado, constituidas en alguna de las figuras empresariales previstas por la Ley, quedando
expresamente excluidas las asociaciones u otras entidades sin ánimo de lucro.
No tendrán que cursar solicitud aquellos espectáculos que formen parte de los
catálogos vigentes, 2020 y 2021.
El máximo de espectáculos por compañías o artistas en el catálogo será de cuatro (4).
No podrán presentarse a la actual convocatoria los espectáculos considerados
«talleres». A los efectos de las presentes bases, tendrán la consideración de talleres
aquellos espectáculos basados en un conjunto de prácticas socioeducativas con personas,
grupos o comunidades que, a través de metodologías dramáticas o teatrales, generan
procesos de creación cultural y persiguen el empoderamiento de los participantes.
No podrán presentarse a la actual convocatoria aquellos espectáculos que habiendo
sido presentados en convocatorias anteriores de la Red Andaluza de Teatros Públicos no
hayan sido seleccionados.
La Agencia Andaluza de Instituciones Culturales podrá invitar espectáculos de
compañías o formaciones musicales de reconocido prestigio no residentes en Andalucía,
que se integrarán finalmente en el Catálogo. La programación de espectáculos de
formaciones no andaluzas no podrá suponer más del 20% de la programación general.
El espectáculo propuesto deberá haber sido estrenado con anterioridad al 1 de marzo
de 2021.