3. Otras disposiciones. . (2021/50-18)
Acuerdo de 4 de febrero de 2021, de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Huelva, Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, relativo a la aprobación definitiva del Plan Especial del Proyecto de Línea Eléctrica «Charquillo» desde la Subestación El Repilado hasta el Centro de Transformación-Tiro de Jabugo, entre los términos municipales de Jabugo y La Nava.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 50 - Martes, 16 de marzo de 2021
página 121
Se pretende amortizar el gasto de esta instalación en 10 años a partir de su puesta
en servicio. (…)
De conformidad con la propuesta formulada por el Delegado Territorial de la Consejería
de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Huelva, la Ley 7/2002, de
Ordenación Urbanística de Andalucía y demás normativa de aplicación, en plazo para
resolver y notificar, la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, por
unanimidad de los miembros asistentes con derecho a voto toma el siguiente
ACUERDO
Primero. De conformidad con el artículo 33.2, apartado a) de la LOUA, la aprobación
definitiva del Plan Especial del proyecto de la línea eléctrica de MT 15 kV «Charquillo»
desde la subestación «El Repilado» hasta el centro de transformación-Tiro de Jabugo,
entre los términos municipales de Jabugo y la Nava, en la provincia de Huelva.
Segundo. Esta resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y
se notificará a los interesados, previa inscripción y depósito en el Registro de Instrumentos
de Planeamiento Urbanístico del planeamiento urbanístico de acuerdo con lo previsto en
los artículos 40 y 41 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, la disposición adicional quinta
del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, y el Decreto 2/2004, de 7 de enero.
Tercero. El presente Plan Especial, que no genera normativa asociada, entrará en
vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra los contenidos de la presente resolución que hayan sido objeto de aprobación,
y que ponen fin a la vía administrativa por su condición de disposición administrativa de
carácter general, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos
meses contados a partir del día siguiente a su publicación ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Sevilla, conforme al artículo 20.3 del
Decreto 36/2014, de 11 de febrero, y los artículos 10.1.b), 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de
13 de julio, de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y con cumplimiento de
los requisitos previstos en la mencionada ley. Todo ello, sin perjuicio de lo previsto en el
artículo 44, en relación con el artículo 46.6 de la Ley Contencioso-Administrativa, para los
litigios entre Administraciones Públicas. El Vicepresidente 3.º de la Comisión Territorial.
00188225
Huelva, 4 de febrero de 2021.- El Delegado, José Manuel Correa Reyes.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 50 - Martes, 16 de marzo de 2021
página 121
Se pretende amortizar el gasto de esta instalación en 10 años a partir de su puesta
en servicio. (…)
De conformidad con la propuesta formulada por el Delegado Territorial de la Consejería
de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Huelva, la Ley 7/2002, de
Ordenación Urbanística de Andalucía y demás normativa de aplicación, en plazo para
resolver y notificar, la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, por
unanimidad de los miembros asistentes con derecho a voto toma el siguiente
ACUERDO
Primero. De conformidad con el artículo 33.2, apartado a) de la LOUA, la aprobación
definitiva del Plan Especial del proyecto de la línea eléctrica de MT 15 kV «Charquillo»
desde la subestación «El Repilado» hasta el centro de transformación-Tiro de Jabugo,
entre los términos municipales de Jabugo y la Nava, en la provincia de Huelva.
Segundo. Esta resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y
se notificará a los interesados, previa inscripción y depósito en el Registro de Instrumentos
de Planeamiento Urbanístico del planeamiento urbanístico de acuerdo con lo previsto en
los artículos 40 y 41 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, la disposición adicional quinta
del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, y el Decreto 2/2004, de 7 de enero.
Tercero. El presente Plan Especial, que no genera normativa asociada, entrará en
vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra los contenidos de la presente resolución que hayan sido objeto de aprobación,
y que ponen fin a la vía administrativa por su condición de disposición administrativa de
carácter general, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos
meses contados a partir del día siguiente a su publicación ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Sevilla, conforme al artículo 20.3 del
Decreto 36/2014, de 11 de febrero, y los artículos 10.1.b), 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de
13 de julio, de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y con cumplimiento de
los requisitos previstos en la mencionada ley. Todo ello, sin perjuicio de lo previsto en el
artículo 44, en relación con el artículo 46.6 de la Ley Contencioso-Administrativa, para los
litigios entre Administraciones Públicas. El Vicepresidente 3.º de la Comisión Territorial.
00188225
Huelva, 4 de febrero de 2021.- El Delegado, José Manuel Correa Reyes.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
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