3. Otras disposiciones. . (2021/47-9)
Orden de 25 de enero de 2021, por la que se determina el importe, para el curso 2020/2021, de la ayuda por parte de la Administración de la Junta de Andalucía para el fomento de la movilidad académica europea en el Programa «Erasmus+» de los alumnos y alumnas matriculados en los centros docentes públicos de Andalucía que imparten ciclos formativos de grado superior y enseñanzas artísticas superiores.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 47 - Jueves, 11 de marzo de 2021
página 92
DISPONGO
Primero. Fijar las ayudas para el fomento de la movilidad académica europea de los
alumnos y alumnas del Programa «Erasmus+» matriculados en enseñanzas artísticas
superiores, en ciclos formativos de grado superior de formación profesional y en ciclos
formativos de grado superior de Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño
en los centros docentes públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el curso
2020/2021.
Segundo. Se establecen dos tipos de ayudas:
1. La Ayuda Base tiene carácter general para todo el alumnado del Programa
«Erasmus+» matriculado en enseñanzas artísticas superiores, en ciclos formativos de
grado superior de formación profesional y en ciclos formativos de grado superior de
Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño en los centros docentes públicos
de Andalucía.
2. La Ayuda Especial la percibirá sólo el alumnado del Programa «Erasmus+»
matriculado en enseñanzas artísticas superiores en centros docentes públicos, en
ciclos formativos de grado superior de formación profesional y en ciclos formativos de
grado superior de Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño en los centros
docentes públicos de Andalucía, que sea beneficiario de becas y ayudas de estudio de
carácter general del Ministerio con competencias en la materia en el momento de su
participación en la respectiva convocatoria de movilidad.
Tercero. Se establece la siguiente clasificación de grupos de países de destino del
Programa «Erasmus+»:
Grupo A: Dinamarca, Finlandia, Irlanda, Islandia, Liechtenstein, Luxemburgo, Noruega,
Reino Unido y Suecia.
Grupo B: Alemania, Austria, Bélgica, Chipre, Francia, Gracia, Italia, Malta, Países
Bajos y Portugal.
Grupo C: Bulgaria, Croacia, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Hungría, Letonia,
Lituania, Polonia, República Checa, República de Macedonia del Norte, Rumanía, Serbia
y Turquía.
Cuarto. Se establecen en el siguiente cuadro las aportaciones de la Junta de
Andalucía en base a los distintos grupos de países establecidos, así como la cuantía
correspondiente a la ayuda base y a la ayuda especial para el curso 2020/2021.
A
B
C
Ayuda Base Junta de Andalucía
(Cuantía, euros/mes)
250
193
100
Ayuda Especial Junta de Andalucía
(Cuantía, euros/mes)
200
145
75
Quinto. Los importes de las ayudas determinados en el anterior cuadro son mensuales
y el número máximo de meses a financiar es de nueve. Tales ayudas tienen carácter de
anticipo en tanto se acredite por los centros docentes públicos que imparten enseñanzas
artísticas superiores, ciclos formativos de grado superior de formación profesional y ciclos
formativos de grado superior de Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño
en los centros docentes públicos de Andalucía el cumplimiento de los requisitos exigidos
en la convocatoria y del aprovechamiento mínimo exigido al alumnado, de acuerdo con el
apartado tercero de los Acuerdos del Consejo de Gobierno de 14 de mayo de 2013, de 29
de mayo de 2017 y de 26 de junio de 2019, respectivamente.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00187916
Grupos de países
BOJA
Número 47 - Jueves, 11 de marzo de 2021
página 92
DISPONGO
Primero. Fijar las ayudas para el fomento de la movilidad académica europea de los
alumnos y alumnas del Programa «Erasmus+» matriculados en enseñanzas artísticas
superiores, en ciclos formativos de grado superior de formación profesional y en ciclos
formativos de grado superior de Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño
en los centros docentes públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el curso
2020/2021.
Segundo. Se establecen dos tipos de ayudas:
1. La Ayuda Base tiene carácter general para todo el alumnado del Programa
«Erasmus+» matriculado en enseñanzas artísticas superiores, en ciclos formativos de
grado superior de formación profesional y en ciclos formativos de grado superior de
Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño en los centros docentes públicos
de Andalucía.
2. La Ayuda Especial la percibirá sólo el alumnado del Programa «Erasmus+»
matriculado en enseñanzas artísticas superiores en centros docentes públicos, en
ciclos formativos de grado superior de formación profesional y en ciclos formativos de
grado superior de Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño en los centros
docentes públicos de Andalucía, que sea beneficiario de becas y ayudas de estudio de
carácter general del Ministerio con competencias en la materia en el momento de su
participación en la respectiva convocatoria de movilidad.
Tercero. Se establece la siguiente clasificación de grupos de países de destino del
Programa «Erasmus+»:
Grupo A: Dinamarca, Finlandia, Irlanda, Islandia, Liechtenstein, Luxemburgo, Noruega,
Reino Unido y Suecia.
Grupo B: Alemania, Austria, Bélgica, Chipre, Francia, Gracia, Italia, Malta, Países
Bajos y Portugal.
Grupo C: Bulgaria, Croacia, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Hungría, Letonia,
Lituania, Polonia, República Checa, República de Macedonia del Norte, Rumanía, Serbia
y Turquía.
Cuarto. Se establecen en el siguiente cuadro las aportaciones de la Junta de
Andalucía en base a los distintos grupos de países establecidos, así como la cuantía
correspondiente a la ayuda base y a la ayuda especial para el curso 2020/2021.
A
B
C
Ayuda Base Junta de Andalucía
(Cuantía, euros/mes)
250
193
100
Ayuda Especial Junta de Andalucía
(Cuantía, euros/mes)
200
145
75
Quinto. Los importes de las ayudas determinados en el anterior cuadro son mensuales
y el número máximo de meses a financiar es de nueve. Tales ayudas tienen carácter de
anticipo en tanto se acredite por los centros docentes públicos que imparten enseñanzas
artísticas superiores, ciclos formativos de grado superior de formación profesional y ciclos
formativos de grado superior de Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño
en los centros docentes públicos de Andalucía el cumplimiento de los requisitos exigidos
en la convocatoria y del aprovechamiento mínimo exigido al alumnado, de acuerdo con el
apartado tercero de los Acuerdos del Consejo de Gobierno de 14 de mayo de 2013, de 29
de mayo de 2017 y de 26 de junio de 2019, respectivamente.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00187916
Grupos de países