4. Administración de justicia. . (2021/46-16)
Edicto de 15 de junio de 2020, del Juzgado de lo Mercantil núm. Uno de Cádiz, dimanante de autos núm. 220.06/2011. (PP. 206/2021).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 46 - Miércoles, 10 de marzo de 2021
página 87
5. Declarar que cada parte deberá abonar las costas causadas a su instancia.
Notifíquese esta resolución a las partes de este procedimiento haciéndoles saber
que quien hubiere sido parte en la sección de calificación puede interponer recurso de
apelación ante la Audiencia Provincial de Cádiz. El recurso de apelación se interpondrá
ante el tribunal que haya dictado la resolución que se impugne dentro del plazo de veinte
días contados desde el día siguiente a la notificación de aquélla (artículos 455 y 458.1 de
la Ley de Enjuiciamiento Civil y 172 bis.4 de la Ley Concursal).
Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución
de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado,
indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de
apelación, de conformidad en lo establecido en la Disposición adicional Decimoquinta
de la L.O. 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión
previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades
Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de
asistencia jurídica gratuita.
Así por esta sentencia, de la que se unirá testimonio literal a los autos, lo pronuncia,
manda y firma doña Ana Marín Herrero, Magistrada del Juzgado de lo mercantil Número
Uno de Cádiz. Doy fe. La Magistrada. El Letrado de la Adm. de Justicia.
Y encontrándose José María Landeta Ruiz-Mateos, Íñigo Landeta Ruiz-Mateos, Javier
Landeta Ruiz-Mateos, Fátima Landeta Ruiz-Mateos, Bernardo Landeta Ruiz-Mateos y
Álvaro Landeta Ruiz-Mateos como posibles herederos de Socorro Ruiz-Mateos Rivero,
al igual que Teresa Rivero Sánchez-Romate, Begoña Ruiz-Mateos Rivero y Paloma RuizMateos Rivero en condición de herederas de José María Ruiz-Mateos Jiménez de Tejada,
en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma a
los mismos.
En Cádiz, a quince de junio de dos mil veinte.- El/La Letrado/a de la Administración de
Justicia.
00185350
«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo
podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con
pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de
tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios
a las leyes.»
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 46 - Miércoles, 10 de marzo de 2021
página 87
5. Declarar que cada parte deberá abonar las costas causadas a su instancia.
Notifíquese esta resolución a las partes de este procedimiento haciéndoles saber
que quien hubiere sido parte en la sección de calificación puede interponer recurso de
apelación ante la Audiencia Provincial de Cádiz. El recurso de apelación se interpondrá
ante el tribunal que haya dictado la resolución que se impugne dentro del plazo de veinte
días contados desde el día siguiente a la notificación de aquélla (artículos 455 y 458.1 de
la Ley de Enjuiciamiento Civil y 172 bis.4 de la Ley Concursal).
Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución
de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado,
indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de
apelación, de conformidad en lo establecido en la Disposición adicional Decimoquinta
de la L.O. 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión
previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades
Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de
asistencia jurídica gratuita.
Así por esta sentencia, de la que se unirá testimonio literal a los autos, lo pronuncia,
manda y firma doña Ana Marín Herrero, Magistrada del Juzgado de lo mercantil Número
Uno de Cádiz. Doy fe. La Magistrada. El Letrado de la Adm. de Justicia.
Y encontrándose José María Landeta Ruiz-Mateos, Íñigo Landeta Ruiz-Mateos, Javier
Landeta Ruiz-Mateos, Fátima Landeta Ruiz-Mateos, Bernardo Landeta Ruiz-Mateos y
Álvaro Landeta Ruiz-Mateos como posibles herederos de Socorro Ruiz-Mateos Rivero,
al igual que Teresa Rivero Sánchez-Romate, Begoña Ruiz-Mateos Rivero y Paloma RuizMateos Rivero en condición de herederas de José María Ruiz-Mateos Jiménez de Tejada,
en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma a
los mismos.
En Cádiz, a quince de junio de dos mil veinte.- El/La Letrado/a de la Administración de
Justicia.
00185350
«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo
podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con
pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de
tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios
a las leyes.»
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
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