3. Otras disposiciones. . (2021/522-1)
Resolución de 25 de febrero de 2021, de la Delegación Territorial Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Málaga, por la que se dispone la publicación de la Resolución de 20 de diciembre de 2019, que ordena proceder al registro y publicación del instrumento de planeamiento «Plan General de Ordenación Urbanística de Comares», aprobado definitivamente por la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo el 24 de julio de 2018, una vez acreditada la subsanación de las deficiencias existentes citadas en dicho acuerdo.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 22 - Sábado, 6 de marzo de 2021

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Ley 7/2002, de 17 de diciembre, LOUA, el Levantamiento de Suspensión correspondiente Plan
General de Ordenación Urbanística de Comares, condicionando su registro y publicación a que
se subsanen las deficiencias indicadas en el informe de 28 de junio de 2018 del Servicio de
Espacios Naturales Protegidos, Departamento de Vías Pecuarias (reseñadas en el punto 7 del
Apartado «Antecedentes» de este acuerdo), se dicta resolución en los siguientes términos,
ANTECEDENTES
1.º Con fecha 20 de diciembre de 2017, en sesión MA/05/2017, la Comisión Territorial
de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Málaga (en adelante CTOTU) acordó
«Suspender la aprobación definitiva del Plan General de Ordenación Urbanística de
Comares (Málaga), (Expediente EM-CRS-2), por deficiencias sustanciales a subsanar
por el Ayuntamiento, conforme a lo previsto en el artículo 33.2.d) de la Ley 7/2002, de 17
de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía».
2.º El Ayuntamiento Pleno de Comares, en sesión celebrada el 14 de marzo de 2018,
acuerda la aprobación del documento que incorpora las subsanaciones exigidas por la
CTOTU el 20 de diciembre de 2017.
3.º Con fecha 9 de abril de 2018 tiene entrada en la Delegación Provincial de
Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (actual Delegación Territorial de Fomento,
Infraestructuras y Ordenación del Territorio), el Documento técnico denominado «Plan
General de Ordenación Urbanística de Comares. subsanación según informe emitido por
el Servicio de Urbanismo de la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación
del Territorio de Málaga en diciembre de 2017».
Los documentos que conforman el PGOU presentan diligencias en las que se hacen
constar que: «El presente documento que incorpora las subsanaciones exigidas por la
CTOTU (Acuerdo 20.12.2017) ha sido aprobado por el Ayuntamiento Pleno en fecha
14.3.2018. El Secretario».
4.º Con fecha 24 de julio de 2018, sesión MA/06/2018, la Comisión Territorio de
Ordenación del Territorio y Urbanismo de Málaga, acuerda:
1.º) A
 probar definitivamente, de acuerdo con el artículo 33.2.b) de la Ley 7/2002, de
17 de diciembre, LOUA, el Levantamiento de Suspensión correspondiente Plan
General de Ordenación Urbanística de Comares, condicionando su registro y
publicación a que se subsanen las deficiencias indicadas en el informe de 28 de
junio de 2018 del Servicio de Espacios Naturales Protegidos, Departamento de
Vías Pecuarias (reseñadas en el punto 7 del apartado «Antecedentes» de este
acuerdo); que habrá de verificarse por esta Delegación Territorial.

6.º Con fecha 28 de noviembre de 2018, mediante comunicación interior este Servicio
de Urbanismo traslada al Departamento de Vías Pecuarias del Servicio de Espacios
Naturales Protegidos, el documento presentado por el Ayuntamiento el 9.11.2018 al
objeto de que se verificara el cumplimiento del condicionado del informe emitido por ese
Departamento el 28 de junio de 2018.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00187308

5.º Con fecha 9 de noviembre de 2018, el Ayuntamiento de Comares presenta en
relación al Acuerdo adoptado por la CTOTU el 24.07.2018, la documentación que subsana
el requerimiento, en formato papel y digital, así como certificación de aprobación del
documento por acuerdo plenario de fecha 30.10.2018. En concreto se aporta el Libro III
- Normas Urbanísticas Generales y Particulares del PGOU, y los planos 30, 31, 32 y 33
debidamente diligenciados.