3. Otras disposiciones. . (2021/522-1)
Resolución de 25 de febrero de 2021, de la Delegación Territorial Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Málaga, por la que se dispone la publicación de la Resolución de 20 de diciembre de 2019, que ordena proceder al registro y publicación del instrumento de planeamiento «Plan General de Ordenación Urbanística de Comares», aprobado definitivamente por la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo el 24 de julio de 2018, una vez acreditada la subsanación de las deficiencias existentes citadas en dicho acuerdo.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 22 - Sábado, 6 de marzo de 2021
página 19
En el artículo 38 del libro III. Normas urbanísticas, así como en el anexo 5 del PGOU,
se determinan y establecen los coeficientes de ponderación para la vivienda libre y la
vivienda protegida, coeficientes de ponderación para el cálculo del aprovechamiento
medio, fijándose el coeficiente 1,00 para la vivienda libre, y 0,625 = 1/1,6 como coeficiente
de aprovechamiento para la vivienda protegida.
En las fichas urbanísticas de los 2 sectores urbanizables con uso industrial o
productivo se fija un coeficiente de ponderación de uso y tipología de 1.
9. Protección del Patrimonio Histórico.
El PGOU de Comares incluye el libro VII. Catálogo de patrimonio histórico-artístico,
que consta de 2 partes una del patrimonio edificado y otra del patrimonio arqueológico,
así como 5 planos de todo el término municipal.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00187308
7. Usos, densidades y edificabilidades globales.
En los planos de ordenación núms. 27 y 28 del PGOU propuesto, así como en las
fichas urbanísticas propuestas para el suelo urbano no consolidado y el suelo urbanizable,
se establecen los usos y edificabilidades globales para las distintas zonas del suelo
urbano y urbanizable, así como el nivel de densidad y la densidad máxima de viviendas
asignada a cada zona, de acuerdo con lo establecido para la ordenación estructural en el
artículo 10.1.A.d) de la LOUA.
8. Áreas de reparto y cálculo del aprovechamiento medio.
El PGOU asigna un área de reparto a cada ámbito del suelo urbano no consolidado
y a cada sector de suelo urbanizable propuesto, según consta en las páginas 18 a 21 del
libro II. Memoria de Ordenación.
En total resultan 7 áreas de reparto cuyos datos resumidos se incluyen a continuación,
según constan en las páginas 46 y 48 del libro II. Memoria de Ordenación.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 22 - Sábado, 6 de marzo de 2021
página 19
En el artículo 38 del libro III. Normas urbanísticas, así como en el anexo 5 del PGOU,
se determinan y establecen los coeficientes de ponderación para la vivienda libre y la
vivienda protegida, coeficientes de ponderación para el cálculo del aprovechamiento
medio, fijándose el coeficiente 1,00 para la vivienda libre, y 0,625 = 1/1,6 como coeficiente
de aprovechamiento para la vivienda protegida.
En las fichas urbanísticas de los 2 sectores urbanizables con uso industrial o
productivo se fija un coeficiente de ponderación de uso y tipología de 1.
9. Protección del Patrimonio Histórico.
El PGOU de Comares incluye el libro VII. Catálogo de patrimonio histórico-artístico,
que consta de 2 partes una del patrimonio edificado y otra del patrimonio arqueológico,
así como 5 planos de todo el término municipal.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00187308
7. Usos, densidades y edificabilidades globales.
En los planos de ordenación núms. 27 y 28 del PGOU propuesto, así como en las
fichas urbanísticas propuestas para el suelo urbano no consolidado y el suelo urbanizable,
se establecen los usos y edificabilidades globales para las distintas zonas del suelo
urbano y urbanizable, así como el nivel de densidad y la densidad máxima de viviendas
asignada a cada zona, de acuerdo con lo establecido para la ordenación estructural en el
artículo 10.1.A.d) de la LOUA.
8. Áreas de reparto y cálculo del aprovechamiento medio.
El PGOU asigna un área de reparto a cada ámbito del suelo urbano no consolidado
y a cada sector de suelo urbanizable propuesto, según consta en las páginas 18 a 21 del
libro II. Memoria de Ordenación.
En total resultan 7 áreas de reparto cuyos datos resumidos se incluyen a continuación,
según constan en las páginas 46 y 48 del libro II. Memoria de Ordenación.