3. Otras disposiciones. . (2021/522-1)
Resolución de 25 de febrero de 2021, de la Delegación Territorial Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Málaga, por la que se dispone la publicación de la Resolución de 20 de diciembre de 2019, que ordena proceder al registro y publicación del instrumento de planeamiento «Plan General de Ordenación Urbanística de Comares», aprobado definitivamente por la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo el 24 de julio de 2018, una vez acreditada la subsanación de las deficiencias existentes citadas en dicho acuerdo.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 22 - Sábado, 6 de marzo de 2021
página 16

equivalentes, al menos, al 30% de la edificabilidad residencial de dicho ámbito para su
destino a viviendas protegidas.
Todos los Suelos Urbanos No Consolidados y los Sectores Urbanizables con uso
residencial definidos por este PGOU establecen dicha reserva, del 30% de la edificabilidad
residencial de dicho ámbito para su destino a viviendas protegidas, como puede verse en
el cuadro resumen incluido al final de este informe.
6. Sistemas generales.
El PGOU propuesto regula los Sistemas en los Títulos 3 y 9 del libro III. Normas
Urbanísticas, así como en el apartado 8 del libro II. Memoria de Ordenación, estableciendo
los siguientes sistemas generales:
- Sistemas Generales de Áreas Libres (SGAL).
- Sistemas Generales de Equipamientos (SGE).
- Sistemas Generales Viarios (SGV).
- Sistemas Generales de Infraestructuras de Abastecimiento (SGI-A).
- Sistemas Generales de Infraestructuras de Saneamiento y Depuración de Aguas (SGI-S).
6.1. Sistemas generales de áreas libres.
El PGOU de Comares, página 27 del libro 2, propone un Sistema General de Áreas
Libres, el SGAL-1 con 14.186 m²s de propiedad municipal e integrado en el núcleo urbano
principal de Comares.
Para la población actual de Comares 1315 habitantes empadronados el 1.1.2017, mas el
crecimiento poblacional propuesto por el PGOU, 206 viviendas * 2,4 hab/viv = 495 habitantes,
resultan 1315 hab. + 495 hab. = 1810 habitantes.
luego 14.186 m²s de SGAL / 1810 hab = 7,84 m²s/hab,
resulta una proporción o ratio de Sistemas Generales de Áreas Libres de 7,84 m²s/habitante,
valor superior al mínimo establecido en el artículo 10.1.A.c). de la LOUA, donde se indica
que «deben respetar un estándar mínimo entre 5 y 10 metros cuadrados por habitante».

MAS GENERALES DE
6.2. EQUIPAMIENTOS
Sistemas Generales de Equipamientos.

00187308

El PGOU delimita un único Sistema General de Equipamientos con 11.505 m²s de
propiedad municipal, ubicado junto al núcleo diseminado de Las Cuevas, adscrito al Suelo
No Urbanizable y destinado a recinto ferial.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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