Disposiciones generales. . (2021/43-6)
Acuerdo de 2 de marzo de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la formulación de la I Estrategia para la Igualdad de Trato y No Discriminiación de las Personas LGTBI y sus Familiares en Andalucía.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 43 - Viernes, 5 de marzo de 2021
página 190
edad, discapacidad, raza, etnia o religión y la adopción de las políticas y la legislación
pertinentes.
El Gobierno de Andalucía es consciente de que, a pesar de los avances normativos
y sociales hacia el respeto a la diversidad sexogenérica, la sociedad necesita avanzar
en la integración y el pleno disfrute de derechos humanos y libertades fundamentales
de las personas LGTBI, así como en la prevención y eliminación de los episodios de
LGTBIfobia. Por ello, considera conveniente y necesaria la formulación de la I Estrategia
para la igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI y sus familiares en
Andalucía, con la finalidad de vertebrar políticas públicas que favorezcan estos objetivos.
El Decreto 106/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de
la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, establece en su artículo 12.2
las atribuciones que en materia de igualdad de trato y no discriminación, corresponden
a la persona titular de la Dirección General de Violencia de Género, Igualdad de Trato y
Diversidad.
En su virtud, de conformidad con lo establecido en los artículos 27.13 y 23 de la Ley
6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a
propuesta de la Consejera de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, previa deliberación
del Consejo de Gobierno en su reunión del día 2 de marzo de 2021, se adopta el siguiente
ACUERDO
Primero. Formulación.
Se aprueba la formulación de la I Estrategia para la Igualdad de Trato y No
Discriminación de las Personas LGTBI y sus Familiares en Andalucía (I Estrategia,
en adelante), cuyo contenido, elaboración y aprobación se realizará conforme a las
previsiones establecidas en el presente acuerdo.
Segundo. Fines.
Los fines últimos de la I Estrategia serán:
- Lograr la igualdad de trato, la inclusión y el respeto de las personas LGTBI y sus
familiares.
- Eliminar la discriminación por razón de orientación e identidad sexual y de género.
- Desarrollar en Andalucía una cultura de respeto a la diversidad en materia de
identidad y expresión de género.
Los objetivos estratégicos necesarios para la consecución de los fines de la
I Estrategia formarán parte del contenido del mismo y serán determinados durante el
proceso de elaboración conforme a lo recogido en el apartado cuarto de este acuerdo.
Cuarto. Procedimiento de elaboración y aprobación.
1. La Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, a través de la Dirección
General de Violencia de Género, Igualdad de Trato y Diversidad, elaborará un borrador
de la I Estrategia para la igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI y
sus familiares en Andalucía. Para ello contará con la participación de un grupo de trabajo
integrado por representantes de las distintas Consejerías, de personas expertas en la
materia, asociaciones y otras entidades LGTBI.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00187576
Tercero. Contenido.
La I Estrategia incluirá, al menos, los siguientes contenidos:
- Un análisis de la situación de partida en referencia al contexto andaluz.
- Un diagnóstico que permita señalar los problemas, retos y necesidades a abordar.
- La determinación de los objetivos estratégicos y de las líneas estratégicas de acción.
- Un sistema de seguimiento y evaluación de la I Estrategia.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 43 - Viernes, 5 de marzo de 2021
página 190
edad, discapacidad, raza, etnia o religión y la adopción de las políticas y la legislación
pertinentes.
El Gobierno de Andalucía es consciente de que, a pesar de los avances normativos
y sociales hacia el respeto a la diversidad sexogenérica, la sociedad necesita avanzar
en la integración y el pleno disfrute de derechos humanos y libertades fundamentales
de las personas LGTBI, así como en la prevención y eliminación de los episodios de
LGTBIfobia. Por ello, considera conveniente y necesaria la formulación de la I Estrategia
para la igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI y sus familiares en
Andalucía, con la finalidad de vertebrar políticas públicas que favorezcan estos objetivos.
El Decreto 106/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de
la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, establece en su artículo 12.2
las atribuciones que en materia de igualdad de trato y no discriminación, corresponden
a la persona titular de la Dirección General de Violencia de Género, Igualdad de Trato y
Diversidad.
En su virtud, de conformidad con lo establecido en los artículos 27.13 y 23 de la Ley
6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a
propuesta de la Consejera de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, previa deliberación
del Consejo de Gobierno en su reunión del día 2 de marzo de 2021, se adopta el siguiente
ACUERDO
Primero. Formulación.
Se aprueba la formulación de la I Estrategia para la Igualdad de Trato y No
Discriminación de las Personas LGTBI y sus Familiares en Andalucía (I Estrategia,
en adelante), cuyo contenido, elaboración y aprobación se realizará conforme a las
previsiones establecidas en el presente acuerdo.
Segundo. Fines.
Los fines últimos de la I Estrategia serán:
- Lograr la igualdad de trato, la inclusión y el respeto de las personas LGTBI y sus
familiares.
- Eliminar la discriminación por razón de orientación e identidad sexual y de género.
- Desarrollar en Andalucía una cultura de respeto a la diversidad en materia de
identidad y expresión de género.
Los objetivos estratégicos necesarios para la consecución de los fines de la
I Estrategia formarán parte del contenido del mismo y serán determinados durante el
proceso de elaboración conforme a lo recogido en el apartado cuarto de este acuerdo.
Cuarto. Procedimiento de elaboración y aprobación.
1. La Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, a través de la Dirección
General de Violencia de Género, Igualdad de Trato y Diversidad, elaborará un borrador
de la I Estrategia para la igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI y
sus familiares en Andalucía. Para ello contará con la participación de un grupo de trabajo
integrado por representantes de las distintas Consejerías, de personas expertas en la
materia, asociaciones y otras entidades LGTBI.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00187576
Tercero. Contenido.
La I Estrategia incluirá, al menos, los siguientes contenidos:
- Un análisis de la situación de partida en referencia al contexto andaluz.
- Un diagnóstico que permita señalar los problemas, retos y necesidades a abordar.
- La determinación de los objetivos estratégicos y de las líneas estratégicas de acción.
- Un sistema de seguimiento y evaluación de la I Estrategia.