D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250802-3)
Convenio – Convenio de colaboración de 5 de julio de 2025, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y la Agencia de Colocación Centro de Iniciativas para la Formación y el Empleo de Fuenlabrada para la información, orientación y apoyo en la inscripción en el procedimiento de acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral u otras vías no formales e informales en el ámbito de la Comunidad de Madrid en el marco del componente 20 “Plan Estratégico de Impulso de la Formación Profesional”, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 183
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 2 DE AGOSTO DE 2025
b)
c)
d)
e)
Pág. 107
3. Facilitar los datos sobre la planificación que, desde la administración, se realizase sobre este tipo de procedimiento, la forma de inscripción y los puntos de
implementación de las actuaciones.
Resolver cualquier duda sobre la documentación necesaria para presentar la solicitud de inscripción, así como los trámites administrativos para llevarla a cabo.
Verificar la participación de la Agencia de Colocación en las labores previstas en
el presente convenio.
Cumplir con las obligaciones relativas a la prevención de conflictos de intereses,
del fraude, de la corrupción y de la doble financiación, previstas en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero
de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, la
Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de
gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y la Orden
HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y
formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en relación con los empleados públicos que realizan tareas de gestión, control y pago previstas en el convenio, especialmente, en lo referente a las actuaciones de valoración de la justificación presentada por la agencia de colocación y al pago, ambas recogidas en la
cláusula quinta del convenio.
Cumplir con el principio de no causar un perjuicio significativo a los seis objetivos
medioambientales según lo establecido en el artículo 17 del Reglamento
(UE) 2020/852 y del Consejo de 18 de junio de 2020 relativo al establecimiento
de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se modifica el
Reglamento (UE) 2019/2088.
Cuarta
1. La Agencia de Colocación CIFE-Fuenlabrada realizará las actividades de información y orientación a través de medios propios aportará los medios materiales, infraestructura, espacios adecuados y cualquier otro gasto que sea necesario para la consecución de los
fines recogidos en el presente convenio y que no estén cubiertos por la aportación de la Comunidad de Madrid. Asimismo, realizará actuaciones de información del procedimiento en
su página web y en sus instalaciones o por cualquier otro medio, conforme a las reglas de
aplicación de los fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
2. La Comunidad de Madrid aportará por la participación de la Agencia de Colocación CIFE-Fuenlabrada para el desarrollo del presente convenio, la cantidad de 72,00 euros
por cada candidato inscrito y admitido a participar en el procedimiento, por un importe
máximo de 7.200,00 euros (para una previsión de 100 personas inscritas y admitidas).
Serán objeto de financiación las actuaciones que se realicen en el período de vigencia
del convenio. Se incluyen como tal, las solicitudes que se hayan presentado dentro del plazo señalado en la cláusula octava del presente convenio, siempre que las admisiones se produzcan, como máximo, dentro de los dos meses siguientes a la finalización del convenio.
3. De acuerdo al procedimiento establecido en la siguiente cláusula, el convenio por
importe máximo de 7.200,00 euros se financiará íntegramente en 2025 con cargo a la partida 22801 del programa 241A, del centro gestor 200170000 de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid vigentes en cada momento, actuación financiada por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes a través del Plan de
Modernización de la Formación Profesional en el marco del componente 20 del “Plan estratégico de impulso de la Formación Profesional”, para alcanzar los objetivos previstos en
el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (MRR) financiado por la Unión
Europea Next GenerationEU. La financiación se encuentra vinculada a alcanzar los resultados a obtener por el citado plan.
4. De conformidad con lo establecido en al artículo 7 de la Orden HFP/1030/2021,
de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, establece que se debe evitar la doble financiación procedente del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y de otros programas de la Unión de
los mismos gastos.
BOCM-20250802-3
Compromisos y obligaciones de contenido económico
B.O.C.M. Núm. 183
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 2 DE AGOSTO DE 2025
b)
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Pág. 107
3. Facilitar los datos sobre la planificación que, desde la administración, se realizase sobre este tipo de procedimiento, la forma de inscripción y los puntos de
implementación de las actuaciones.
Resolver cualquier duda sobre la documentación necesaria para presentar la solicitud de inscripción, así como los trámites administrativos para llevarla a cabo.
Verificar la participación de la Agencia de Colocación en las labores previstas en
el presente convenio.
Cumplir con las obligaciones relativas a la prevención de conflictos de intereses,
del fraude, de la corrupción y de la doble financiación, previstas en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero
de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, la
Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de
gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y la Orden
HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y
formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en relación con los empleados públicos que realizan tareas de gestión, control y pago previstas en el convenio, especialmente, en lo referente a las actuaciones de valoración de la justificación presentada por la agencia de colocación y al pago, ambas recogidas en la
cláusula quinta del convenio.
Cumplir con el principio de no causar un perjuicio significativo a los seis objetivos
medioambientales según lo establecido en el artículo 17 del Reglamento
(UE) 2020/852 y del Consejo de 18 de junio de 2020 relativo al establecimiento
de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se modifica el
Reglamento (UE) 2019/2088.
Cuarta
1. La Agencia de Colocación CIFE-Fuenlabrada realizará las actividades de información y orientación a través de medios propios aportará los medios materiales, infraestructura, espacios adecuados y cualquier otro gasto que sea necesario para la consecución de los
fines recogidos en el presente convenio y que no estén cubiertos por la aportación de la Comunidad de Madrid. Asimismo, realizará actuaciones de información del procedimiento en
su página web y en sus instalaciones o por cualquier otro medio, conforme a las reglas de
aplicación de los fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
2. La Comunidad de Madrid aportará por la participación de la Agencia de Colocación CIFE-Fuenlabrada para el desarrollo del presente convenio, la cantidad de 72,00 euros
por cada candidato inscrito y admitido a participar en el procedimiento, por un importe
máximo de 7.200,00 euros (para una previsión de 100 personas inscritas y admitidas).
Serán objeto de financiación las actuaciones que se realicen en el período de vigencia
del convenio. Se incluyen como tal, las solicitudes que se hayan presentado dentro del plazo señalado en la cláusula octava del presente convenio, siempre que las admisiones se produzcan, como máximo, dentro de los dos meses siguientes a la finalización del convenio.
3. De acuerdo al procedimiento establecido en la siguiente cláusula, el convenio por
importe máximo de 7.200,00 euros se financiará íntegramente en 2025 con cargo a la partida 22801 del programa 241A, del centro gestor 200170000 de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid vigentes en cada momento, actuación financiada por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes a través del Plan de
Modernización de la Formación Profesional en el marco del componente 20 del “Plan estratégico de impulso de la Formación Profesional”, para alcanzar los objetivos previstos en
el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (MRR) financiado por la Unión
Europea Next GenerationEU. La financiación se encuentra vinculada a alcanzar los resultados a obtener por el citado plan.
4. De conformidad con lo establecido en al artículo 7 de la Orden HFP/1030/2021,
de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, establece que se debe evitar la doble financiación procedente del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y de otros programas de la Unión de
los mismos gastos.
BOCM-20250802-3
Compromisos y obligaciones de contenido económico