D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250802-5)
Convenio –  Convenio de 15 de julio de 2025, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y Asociación Guaraní de Cooperación Paraguay-España, para la información, orientación y apoyo en la inscripción en el procedimiento de acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral u otras vías no formales e informales en el ámbito de la Comunidad de Madrid en el marco del componente 20 “Plan Estratégico de Impulso de la Formación Profesional”, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU
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B.O.C.M. Núm. 183

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 2 DE AGOSTO DE 2025

el procedimiento podrá realizarse por administraciones autonómicas y locales, agentes sociales y económicos, y organizaciones y entidades públicas y privadas.
El apartado 5, del mismo artículo señala que la orientación deberá incluir, al menos,
información accesible sobre la naturaleza y las fases del procedimiento, el acceso al mismo, las acreditaciones oficiales que pueden obtener y los efectos de las mismas, y cuando
sea preciso, el acompañamiento necesario durante el desarrollo del procedimiento para ayudar al solicitante a una mejor comprensión de cada fase y superarla con éxito.
El artículo 20.4 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema
de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral, crea el Registro Estatal de
Entidades de Formación, de carácter público, que integrará a las entidades de formación
profesional para el empleo habilitadas por las administraciones públicas competentes.
La disposición final tercera de la citada ley, señala que las administraciones públicas
competentes adoptarán las medidas que resulten necesarias para desarrollar un sistema integrado y accesible de información y orientación laboral que, sobre la base del perfil individual, facilite el progreso en la cualificación profesional de los trabajadores a través de la
formación y el reconocimiento de la experiencia laboral.
La Asociación Guaraní, es una entidad social sin ánimo de lucro, aconfesional, apolítica, involucrada en el trabajo con colectivos en situación de vulnerabilidad y riesgo de exclusión, como es la población extrajera, con todas sus características sociales y personales
a nivel étnico, creencias, orientación sexual, discapacidad u otra condición personal o
social. La misión de la entidad es la atención y acompañamiento de las personas en riesgo
de exclusión social, dotándoles de las herramientas necesarias para la plena inclusión, así
como defensa de los derechos fundamentales, promoviendo una sociedad cohesionada, inclusiva, con igualdad real de oportunidades.
3. El Plan de Modernización de la Formación Profesional, derivado de la Agenda 2030 y
sus Objetivos de Desarrollo Sostenible, tiene como objetivo dar respuesta a las necesidades de
cualificación y recualificación de jóvenes y trabajadores futuros y actuales, a nivel individual
y colectivo. En las actuaciones de este Plan, se encuentra el reconocimiento y acreditación de
las competencias profesionales, habiéndose incluido también como actuación en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la economía española.
La Asociación Guaraní de Cooperación Paraguay-España tiene entre sus fines la promoción y ejecución de programas y proyectos de formación y capacitación profesional para
inmigrantes y otros colectivos en riesgo de exclusión social, con actuaciones de información y formación para su integración laboral, y dispone de medios personales y técnicos
para el desarrollo de las tareas previstas en el presente convenio.
El Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas
urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia, establece en su artículo 7 que “Los gestores de convenios administrativos harán uso de los recursos disponibles para que la tramitación de los mismos se efectúe en un período de tiempo que permita el cumplimiento
eficaz de los fines perseguidos con su formalización bajo los principios de agilización y
simplificación administrativa”.
Por tanto, se considera que la formalización de un convenio con la Asociación Guaraní de Cooperación Paraguay-España, se realiza con la finalidad de cumplir con el objetivo
del Plan de Modernización para la Formación Profesional, en el que se incluye, entre otras,
la siguiente actuación de carácter estratégico, recogida en el Componente 20:
— Actuación 1: Evaluación y acreditación de las competencias adquiridas por la experiencia laboral y vías no formales de formación.
— Componente: 20 Plan estratégico de impulso de la Formación Profesional.
— Inversión: I.01 “Reskilling” y “upskilling” de la población activa ligada a cualificaciones profesionales.
— Hito: Para el conjunto de la actuación, a Q4 2025, 2.000.000 unidades de competencia acreditadas.
4. El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, dispone en su artículo 28.1.12 que corresponde a la Comunidad de Madrid, la ejecución de la legislación del Estado en materia laboral, dentro del cual
se incluye la formación para el empleo. Por otra parte, el artículo 26.3.1.1, también del Estatuto de Autonomía, dispone que, de acuerdo con las bases y la ordenación de la actividad
económica general y la política monetaria del Estado, corresponde a la Comunidad de
Madrid, en los términos de lo dispuesto en los artículos 38, 131 y en el artículo 149.1.11.a

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