B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250801-2)
Acuerdo mesa sectorial –  Acuerdo de 23 de julio de 2025, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba expresa y formalmente el Acuerdo de 10 de julio de 2025, de la Mesa Sectorial de Personal Funcionario de Administración y Servicios de la Administración de la Comunidad de Madrid, por el que se regulan las condiciones de trabajo del personal del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid para el período 2025-2028
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BOCM

VIERNES 1 DE AGOSTO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 182

$1(;2
ACUERDO DE LA MESA SECTORIAL DE PERSONAL FUNCIONARIO POR EL QUE SE
REGULAN LAS CONDICIONES DE TRABAJO DEL PERSONAL DEL CUERPO DE BOMBEROS
DE LA COMUNIDAD DE MADRID PARA EL PERÍODO 2025-2028
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Con fecha 18 de mayo de 2021 se publicó el Acuerdo de 28 de abril de 2021, del Consejo de
Gobierno, por el que se aprueba expresa y formalmente el Acuerdo de 26 de abril de 2021, de la
Mesa Sectorial de Negociación del Personal Funcionario de Administración y Servicios, por el que se
regulan las condiciones de trabajo del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid para el
período 2021-2025. No habiendo finalizado aún el periodo de vigencia de dicho acuerdo las partes
firmantes han considerado oportuno empezar a negociar un nuevo convenio conforme al contexto
actual y al objeto de adecuar el documento a la situación económica y social presente.
Con fecha 14 de noviembre de 2024 comenzaron las reuniones de la Mesa Técnica de la Dirección
General de Emergencias, con la participación de las organizaciones sindicales (CCOO, CSIT-Unión
Profesional, UGT y CSIF) y la Administración, al objeto de iniciar el proceso de negociación del
acuerdo de las condiciones laborales del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid para el
período 2025-2028.
El Cuerpo de Bomberos ha avanzado históricamente en su organización, estructura, condiciones
laborales y profesionales gracias, entre otras cosas, a la negociación colectiva. Esta colaboración ha
permitido mantener un alto nivel de calidad del servicio público ofrecido a la ciudadanía y debe ser
empeño de todos -Dirección, Jefatura, y personal- seguir manteniendo el nivel de eficacia del Cuerpo
de Bomberos de la Comunidad de Madrid.
Este acuerdo ahonda en el plan de reorganización y crecimiento del Cuerpo de Bomberos de la
Comunidad de Madrid (en adelante, CBCM) que pretende modernizar y agilizar tanto los
procedimientos como la estructura y organización del mismo, con el objetivo de lograr un mejor
rendimiento de sus medios humanos y materiales que permita hacer frente a nuevos retos. Se trata
de buscar una mayor eficiencia y eficacia; en definitiva, una mejora de la prestación del servicio a la
ciudadanía a la vez que las condiciones de trabajo del personal de CBCM.
CAPÍTULO l. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- Fundamentación jurídica.
A continuación, se identifican brevemente algunas de las normas más relevantes sobre las que se
sostiene el Acuerdo:
- Real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido
de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP).
- Acuerdo de la Mesa Sectorial del personal funcionario de Administración y Servicios, sobre
condiciones de trabajo del personal funcionario de Administración y Servicios de la
Comunidad de Madrid de aplicación durante la vigencia del presente.
- Directiva 2003/88/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de noviembre de 2003,
relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo.
- Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
- Decreto 94/1985, de 4 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Cuerpo de
Bomberos de la Comunidad de Madrid Reglamento CBCM
- Ley 5/2023, de 22 de marzo, de Creación del Sistema Integrado de Protección Civil y
Emergencias de la Comunidad de Madrid.

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