Gargantilla del Lozoya y Pinilla de Buitrago (BOCM-20250731-75)
Régimen económico. Ordenanza impuesto bienes inmuebles
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 512
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 31 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 181
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
75
GARGANTILLA DEL LOZOYA Y PINILLA DE BUITRAGO
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20250731-75
En el Pleno del Ayuntamiento de Gargantilla del Lozoya y Pinilla de Buitrago, en su
sesión celebrada con fecha 19 de julio de 2025, acordó la aprobación provisional de la modificación de la ordenanza del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana, en lo
referente al Tipo Impositivo que se establece en el 0,50 por ciento.
Lo que se hace público para su general conocimiento y para que todos aquellos que se
consideren interesados puedan presentar las reclamaciones que estimen pertinentes en la
Secretaría del Ayuntamiento, donde la citada ordenanza permanecerá expuesta al público
durante el plazo de treinta días contados a partir del día siguiente al de la publicación de
este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 17 y siguientes del RDL 2/2004, de 5 de marzo por
el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Gargantilla del Lozoya, a 21 de julio de 2025.—El alcalde-presidente, Rafael García
Gutiérrez.
(03/12.052/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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B.O.C.M. Núm. 181
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AYUNTAMIENTO DE
75
GARGANTILLA DEL LOZOYA Y PINILLA DE BUITRAGO
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20250731-75
En el Pleno del Ayuntamiento de Gargantilla del Lozoya y Pinilla de Buitrago, en su
sesión celebrada con fecha 19 de julio de 2025, acordó la aprobación provisional de la modificación de la ordenanza del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana, en lo
referente al Tipo Impositivo que se establece en el 0,50 por ciento.
Lo que se hace público para su general conocimiento y para que todos aquellos que se
consideren interesados puedan presentar las reclamaciones que estimen pertinentes en la
Secretaría del Ayuntamiento, donde la citada ordenanza permanecerá expuesta al público
durante el plazo de treinta días contados a partir del día siguiente al de la publicación de
este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 17 y siguientes del RDL 2/2004, de 5 de marzo por
el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Gargantilla del Lozoya, a 21 de julio de 2025.—El alcalde-presidente, Rafael García
Gutiérrez.
(03/12.052/25)
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ISSN 1989-4791