Pinto (BOCM-20250731-95)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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JUEVES 31 DE JULIO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 181

11. CALIFICACIÓN DEFINITIVA DEL PROCESO DE MOVILIDAD.
La calificación definitiva del procedimiento de movilidad vendrá dada por la suma de la calificación
obtenida en la fase de concurso y la correspondiente al curso selectivo de formación,
estableciéndose en tal suma la siguiente ponderación:
RPM= (CM x 0,40) + (CS x 0,60)
Donde CM es la calificación obtenida en la fase de concurso y CS es la calificación obtenida en el
curso selectivo de formación.
En caso de empate al formarse la lista, este se dirimirá en función de quien haya sacado mejor
puntuación en el curso selectivo de formación. De persistir el empate, este se solventará por la
persona del sexo que se encuentre infra representada en la categoría a la que se accede. Si aun
así persistiera el empate, este se resolverá por el orden alfabético del primer apellido de las
personas aspirantes empatadas, estableciéndose este orden por la letra que determine el sorteo
anual realizado por la Secretaría de Estado de Función Pública.
Obtenidas las calificaciones definitivas del proceso de movilidad, el Tribunal Calificador publicará la
relación de personas aprobadas por orden de puntuación en la Sede Electrónica en el del
Ayuntamiento.
12. NOMBRAMIENTO COMO FUNCIONARIOS/AS DE CARRERA.
El nombramiento como funcionario/a de carrera se efectuará por el órgano competente de acuerdo
con la propuesta del Tribunal, que tendrá carácter vinculante.
La formalización de la toma de posesión estará supeditada a previa justificación de las condiciones
de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.
Los nombramientos deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID.
13. TOMA DE POSESIÓN.

BOCM-20250731-95

La toma de posesión de los/as aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará en el
plazo de un mes desde la fecha de publicación del nombramiento como funcionario/a en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Quienes sin causa justificada no tomarán posesión dentro del plazo establecido no accederán a la
categoría de Policía, perdiendo todos los derechos derivados de las pruebas selectivas y del
subsiguiente nombramiento conferido.