Pinto (BOCM-20250731-94)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
21 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 181
JUEVES 31 DE JULIO DE 2025
d)
No haber sido separada o separado mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.
e)
Carecer de antecedentes penales.
f)
Estar en posesión del permiso de conducir de la clase B o equivalente.
g)
Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer adecuadamente las
correspondientes funciones.
h)
Compromiso de portar armas y de utilizarlas en los casos previstos en la ley mediante
declaración jurada o promesa
i)
No haber sido condenado por sentencia firme por ningún delito contra la libertad e
indemnidad sexual, conforme a lo dispuesto en el artículo 57.1 de la Ley Orgánica 8/2021
de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.
Este requisito será acreditado mediante certificación del Registro Central de delincuentes
sexuales previsto en dicha ley orgánica.
j)
El acceso por el turno restringido para el acceso libre de militares profesionales de tropa y
marinería con más de 5 años de servicio, exige el cumplimiento de dicho requisito.
Pág. 549
Todos los requisitos enumerados anteriormente, excepto el de poseer el permiso de conducir de la
clase B, deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de instancias y
mantenerse durante todo el proceso selectivo hasta la toma de posesión como funcionaria o
funcionario de carrera. Deberán acreditarse con anterioridad a su nombramiento como
funcionarios/as en prácticas, salvo el requisito de poseer el permiso de conducir de la clase B, que
podrá obtenerse y acreditarse por las personas aspirantes antes de la finalización del curso
selectivo de formación.
No obstante, a lo anterior, en cualquier momento del proceso selectivo el Tribunal podrá requerir a
las personas aspirantes la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la
convocatoria. En caso de constatarse que alguna de las personas aspirantes no reúne uno o varios
de los requisitos, el Tribunal, previa audiencia al/a la interesado/a, deberá emitir propuesta
motivada de exclusión del proceso selectivo, dirigida al órgano que hubiera aprobado la relación
definitiva de aspirantes admitidos/as, comunicando, asimismo, las inexactitudes o falsedades
formuladas por el/la aspirante en su solicitud de participación a los efectos pertinentes.
Contra la resolución de dicho órgano podrán interponerse los recursos administrativos que
procedan. Asimismo, si el Tribunal, durante el desarrollo del proceso selectivo, tuviera
conocimiento o dudas fundadas de que alguna de las personas aspirantes carece de la capacidad
funcional para el desempeño de las tareas y funciones habituales de la categoría objeto de la
convocatoria, recabará informe preceptivo de los órganos técnicos competentes, el cual será
evacuado en el plazo máximo de diez días y tendrá el carácter de determinante para resolver. De
esta actuación se dará conocimiento al/a la interesado/a, al objeto de que pueda formular las
alegaciones que estime oportunas. Si del contenido del dictamen se desprende que el/la aspirante
carece de capacidad funcional, el Tribunal, previa audiencia del/de la interesado/a, emitirá
propuesta motivada de exclusión del proceso selectivo dirigida al órgano competente. Hasta que
se dicte la oportuna resolución por el órgano competente el/la aspirante podrá continuar
participando condicionadamente en el proceso selectivo.
3. SOLICITUDES
3.1. Forma de presentación:
Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo se presentaran a través de la
plataforma https://pinto.convoca.online/.
Las solicitudes y posterior desarrollo de las mismas, se presentarán a través de la plataforma de
ofertas públicas de empleo del Ayuntamiento de Pinto https://pinto.convoca.online/ ( se puede
acceder la dirección señalada o bien utilizar el icono que existe en la página web del Ayuntamiento
de Pinto “empleo púbico Ayuntamiento de Pinto”) para lo cual, será necesario identificarse con el
correspondiente certificado electrónico o cualquier otro sistema válido de identificación digital en la
plataforma, siendo actualmente los Certificados de la Dirección General de la Policía y certificados
FNMT (Certificados del sector público (fábrica de moneda y timbre).
BOCM-20250731-94
Las instancias de participación se presentarán según lo establecido en la ordenanza municipal
reguladora de la utilización de medios electrónicos para acceder a la condición de empleado
público del Ayuntamiento de Pinto, publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid
Núm. 302 de 20 de diciembre de 2023, en la que se establece entre otros, la obligatoriedad de
inscripción electrónica en procesos selectivos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 181
JUEVES 31 DE JULIO DE 2025
d)
No haber sido separada o separado mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.
e)
Carecer de antecedentes penales.
f)
Estar en posesión del permiso de conducir de la clase B o equivalente.
g)
Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer adecuadamente las
correspondientes funciones.
h)
Compromiso de portar armas y de utilizarlas en los casos previstos en la ley mediante
declaración jurada o promesa
i)
No haber sido condenado por sentencia firme por ningún delito contra la libertad e
indemnidad sexual, conforme a lo dispuesto en el artículo 57.1 de la Ley Orgánica 8/2021
de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.
Este requisito será acreditado mediante certificación del Registro Central de delincuentes
sexuales previsto en dicha ley orgánica.
j)
El acceso por el turno restringido para el acceso libre de militares profesionales de tropa y
marinería con más de 5 años de servicio, exige el cumplimiento de dicho requisito.
Pág. 549
Todos los requisitos enumerados anteriormente, excepto el de poseer el permiso de conducir de la
clase B, deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de instancias y
mantenerse durante todo el proceso selectivo hasta la toma de posesión como funcionaria o
funcionario de carrera. Deberán acreditarse con anterioridad a su nombramiento como
funcionarios/as en prácticas, salvo el requisito de poseer el permiso de conducir de la clase B, que
podrá obtenerse y acreditarse por las personas aspirantes antes de la finalización del curso
selectivo de formación.
No obstante, a lo anterior, en cualquier momento del proceso selectivo el Tribunal podrá requerir a
las personas aspirantes la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la
convocatoria. En caso de constatarse que alguna de las personas aspirantes no reúne uno o varios
de los requisitos, el Tribunal, previa audiencia al/a la interesado/a, deberá emitir propuesta
motivada de exclusión del proceso selectivo, dirigida al órgano que hubiera aprobado la relación
definitiva de aspirantes admitidos/as, comunicando, asimismo, las inexactitudes o falsedades
formuladas por el/la aspirante en su solicitud de participación a los efectos pertinentes.
Contra la resolución de dicho órgano podrán interponerse los recursos administrativos que
procedan. Asimismo, si el Tribunal, durante el desarrollo del proceso selectivo, tuviera
conocimiento o dudas fundadas de que alguna de las personas aspirantes carece de la capacidad
funcional para el desempeño de las tareas y funciones habituales de la categoría objeto de la
convocatoria, recabará informe preceptivo de los órganos técnicos competentes, el cual será
evacuado en el plazo máximo de diez días y tendrá el carácter de determinante para resolver. De
esta actuación se dará conocimiento al/a la interesado/a, al objeto de que pueda formular las
alegaciones que estime oportunas. Si del contenido del dictamen se desprende que el/la aspirante
carece de capacidad funcional, el Tribunal, previa audiencia del/de la interesado/a, emitirá
propuesta motivada de exclusión del proceso selectivo dirigida al órgano competente. Hasta que
se dicte la oportuna resolución por el órgano competente el/la aspirante podrá continuar
participando condicionadamente en el proceso selectivo.
3. SOLICITUDES
3.1. Forma de presentación:
Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo se presentaran a través de la
plataforma https://pinto.convoca.online/.
Las solicitudes y posterior desarrollo de las mismas, se presentarán a través de la plataforma de
ofertas públicas de empleo del Ayuntamiento de Pinto https://pinto.convoca.online/ ( se puede
acceder la dirección señalada o bien utilizar el icono que existe en la página web del Ayuntamiento
de Pinto “empleo púbico Ayuntamiento de Pinto”) para lo cual, será necesario identificarse con el
correspondiente certificado electrónico o cualquier otro sistema válido de identificación digital en la
plataforma, siendo actualmente los Certificados de la Dirección General de la Policía y certificados
FNMT (Certificados del sector público (fábrica de moneda y timbre).
BOCM-20250731-94
Las instancias de participación se presentarán según lo establecido en la ordenanza municipal
reguladora de la utilización de medios electrónicos para acceder a la condición de empleado
público del Ayuntamiento de Pinto, publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid
Núm. 302 de 20 de diciembre de 2023, en la que se establece entre otros, la obligatoriedad de
inscripción electrónica en procesos selectivos.