B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20250731-17)
Convocatoria proceso selectivo – Resolución de 17 de julio de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se convocan pruebas selectivas por el turno libre para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Técnico en Emergencias Sanitarias, Grupo C, Subgrupo C2, del Servicio Madrileño de Salud
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 181
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 31 DE JULIO DE 2025
Pág. 285
8.5. Asimismo, los interesados podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando,
a su juicio, concurra en ellos alguna de las circunstancias previstas en los párrafos anteriores, conforme al artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
8.6. El tribunal calificador podrá solicitar a la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, el nombramiento e incorporación de aquel personal colaborador que se estime necesario para el desarrollo de las pruebas o de asesores especialistas, cuando las circunstancias o el carácter de alguna de las
pruebas así lo aconseje.
8.7. El Tribunal queda autorizado para resolver cuantas dudas puedan plantearse y
para adoptar los acuerdos que garanticen el adecuado desarrollo de la convocatoria, en todo
lo no previsto por las presentes bases y normativa aplicable.
8.8. Si en el transcurso del proceso selectivo el Tribunal Calificador tuviera conocimiento o dudas fundadas de que alguno de los aspirantes incumple uno o varios de los requisitos exigidos en la convocatoria, podrá requerirle los documentos acreditativos de su
cumplimiento. Este requerimiento tendrá la consideración de trámite de audiencia al interesado, quien dispondrá de un plazo de diez días hábiles para alegar y presentar los documentos y justificaciones que estime pertinentes. En el caso de que no queden acreditados,
el Tribunal, deberá emitir propuesta motivada de su exclusión del proceso selectivo, dirigida a la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales, comunicando las
inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las
pruebas selectivas, a los efectos procedentes.
En el caso de que no queden acreditados los requisitos, la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud emitirá Resolución
dictando la exclusión de las pruebas selectivas por incumplimiento de los mismos.
Contra la Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones
Laborales del Servicio Madrileño de Salud por la que se excluya al aspirante, podrá interponerse recurso de alzada ante el mismo órgano que ha dictado o ante la Viceconsejería de Sanidad y Dirección del SERMAS en el plazo de un mes, contado a partir del
día siguiente a su notificación o publicación conforme a lo dispuesto en los artículos 121
y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer para mejor defensa de sus intereses a través del siguiente enlace
https://sede.comunidad.madrid/denuncias-reclamaciones-recursos/recurso-alzada-sanidad
El procedimiento descrito en esta base, se llevará a cabo directamente por la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales, cuando esta conociera o tuviera dudas sobre el incumplimiento de requisitos por parte de algún aspirante
con anterioridad a la publicación del nombramiento del Tribunal Calificador en la página web https://www.comunidad.madrid/servicios/salud/seleccion-personal-estatutarioservicio-madrileno-salud y en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid
( https://sede.comunidad.madrid ).
Novena
9.1. El sistema selectivo para adquirir la condición de personal estatutario fijo en la
categoría estatutaria convocada será el de concurso-oposición y, en consecuencia, constará
de dos fases: fase oposición y fase de concurso de méritos. La fase de oposición tiene carácter obligatorio y eliminatorio. Su puntuación supondrá el 50 por 100 del proceso selectivo. La fecha de celebración de la fase de oposición podrá coincidir con la de otros procesos selectivos.
9.2. Fase de oposición:
a) La fase de oposición comprende la realización de un ejercicio único tipo test sobre
el programa de materias que constituye el temario del proceso selectivo, compuesto
por 30 temas, que se publicará durante el plazo de presentación de solicitudes en la
página web https://www.comunidad.madrid/servicios/salud/seleccion-personalestatutario-servicio-madrileno-salud y en la Sede Electrónica de la Comunidad de
Madrid ( https://sede.comunidad.madrid ).
b) La fecha, hora y lugar para la práctica del ejercicio de la fase de oposición se publicará en la página web https://www.comunidad.madrid/servicios/salud/seleccionpersonal-estatutario-servicio-madrileno-salud y en la Sede Electrónica de la Co-
BOCM-20250731-17
Sistema de selección
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8.5. Asimismo, los interesados podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando,
a su juicio, concurra en ellos alguna de las circunstancias previstas en los párrafos anteriores, conforme al artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
8.6. El tribunal calificador podrá solicitar a la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, el nombramiento e incorporación de aquel personal colaborador que se estime necesario para el desarrollo de las pruebas o de asesores especialistas, cuando las circunstancias o el carácter de alguna de las
pruebas así lo aconseje.
8.7. El Tribunal queda autorizado para resolver cuantas dudas puedan plantearse y
para adoptar los acuerdos que garanticen el adecuado desarrollo de la convocatoria, en todo
lo no previsto por las presentes bases y normativa aplicable.
8.8. Si en el transcurso del proceso selectivo el Tribunal Calificador tuviera conocimiento o dudas fundadas de que alguno de los aspirantes incumple uno o varios de los requisitos exigidos en la convocatoria, podrá requerirle los documentos acreditativos de su
cumplimiento. Este requerimiento tendrá la consideración de trámite de audiencia al interesado, quien dispondrá de un plazo de diez días hábiles para alegar y presentar los documentos y justificaciones que estime pertinentes. En el caso de que no queden acreditados,
el Tribunal, deberá emitir propuesta motivada de su exclusión del proceso selectivo, dirigida a la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales, comunicando las
inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las
pruebas selectivas, a los efectos procedentes.
En el caso de que no queden acreditados los requisitos, la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud emitirá Resolución
dictando la exclusión de las pruebas selectivas por incumplimiento de los mismos.
Contra la Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones
Laborales del Servicio Madrileño de Salud por la que se excluya al aspirante, podrá interponerse recurso de alzada ante el mismo órgano que ha dictado o ante la Viceconsejería de Sanidad y Dirección del SERMAS en el plazo de un mes, contado a partir del
día siguiente a su notificación o publicación conforme a lo dispuesto en los artículos 121
y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer para mejor defensa de sus intereses a través del siguiente enlace
https://sede.comunidad.madrid/denuncias-reclamaciones-recursos/recurso-alzada-sanidad
El procedimiento descrito en esta base, se llevará a cabo directamente por la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales, cuando esta conociera o tuviera dudas sobre el incumplimiento de requisitos por parte de algún aspirante
con anterioridad a la publicación del nombramiento del Tribunal Calificador en la página web https://www.comunidad.madrid/servicios/salud/seleccion-personal-estatutarioservicio-madrileno-salud y en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid
( https://sede.comunidad.madrid ).
Novena
9.1. El sistema selectivo para adquirir la condición de personal estatutario fijo en la
categoría estatutaria convocada será el de concurso-oposición y, en consecuencia, constará
de dos fases: fase oposición y fase de concurso de méritos. La fase de oposición tiene carácter obligatorio y eliminatorio. Su puntuación supondrá el 50 por 100 del proceso selectivo. La fecha de celebración de la fase de oposición podrá coincidir con la de otros procesos selectivos.
9.2. Fase de oposición:
a) La fase de oposición comprende la realización de un ejercicio único tipo test sobre
el programa de materias que constituye el temario del proceso selectivo, compuesto
por 30 temas, que se publicará durante el plazo de presentación de solicitudes en la
página web https://www.comunidad.madrid/servicios/salud/seleccion-personalestatutario-servicio-madrileno-salud y en la Sede Electrónica de la Comunidad de
Madrid ( https://sede.comunidad.madrid ).
b) La fecha, hora y lugar para la práctica del ejercicio de la fase de oposición se publicará en la página web https://www.comunidad.madrid/servicios/salud/seleccionpersonal-estatutario-servicio-madrileno-salud y en la Sede Electrónica de la Co-
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