B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20250731-18)
Convocatoria proceso selectivo – Resolución de 17 de julio de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se convocan pruebas selectivas por el turno libre para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Técnico Medio Sanitario en Cuidados Auxiliares de Enfermería (TMSCAE), Grupo C, Subgrupo C2, del Servicio Madrileño de Salud
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 310
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 31 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 181
cho anexo se indicarán las puntuaciones provisionales que corresponden a méritos que han
sido baremados por el Tribunal.
9.3.4. Reclamaciones: los interesados dispondrán de un plazo de diez días hábiles a
contar a partir del día siguiente al de la publicación de la puntuación provisional de la fase
de concurso para interponer, telemáticamente, reclamaciones contra las mismas. A través
del enlace de la página web especificada en la base 4.2, se accederá al modelo de presentación de reclamaciones que habrá que presentar de forma telemática.
Una vez resueltas las reclamaciones por el Tribunal, se publicarán en la página
web https://www.comunidad.madrid/servicios/salud/seleccion-personal-estatutarioservicio-madrileno-salud y en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid
( https://sede.comunidad.madrid ), las calificaciones definitivas de los aspirantes obtenidos
en la fase de concurso; publicación que servirá de notificación a los interesados, entendiéndose desestimadas las reclamaciones no recogidas en las mismas.
Décima
10.1. La calificación final se obtendrá sumando la puntuación obtenida en la fase de
oposición a la obtenida en la fase de concurso.
10.2. El Tribunal hará pública en la página web:
— https://www.comunidad.madrid/servicios/salud/seleccion-personal-estatutarioservicio-madrileno-salud
y en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid ( https://sede.comunidad.madrid )
la relación de aspirantes por orden de la calificación final alcanzada, con indicación del documento nacional de identidad. Esta relación de aspirantes se publicará de forma conjunta
con la de las calificaciones definitivas obtenidas en la fase de concurso en un único Acuerdo del Tribunal Calificador.
10.3. La Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
Resolución por la que se hace pública la relación de plazas convocadas, así como la fecha
y el procedimiento para la elección de las mismas. En esta resolución se determinará la forma para la presentación de la documentación requerida en la base décima.
10.4. Las plazas se adjudicarán por el orden de puntuación final alcanzada. En caso
de empate se resolverá a favor del aspirante que concurra por el cupo de discapacidad; en
segundo lugar, atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición; de persistir la igualdad, se atenderá a la puntuación obtenida en los distintos apartados del baremo de méritos y por su orden. De continuar el empate, se resolverá por la letra inicial del
primer apellido de los aspirantes, a estos efectos se tendrá en cuenta la letra “U” según lo
establecido en la Resolución de 13 de marzo de 2025 de la Dirección General de Función
Pública, por la que se determina que el orden de actuación de los aspirantes en los procesos
selectivos derivados de las Ofertas de Empleo Público de la Comunidad de Madrid convocados en el año 2025.
10.5. Los aspirantes que hubieran accedido a través del cupo de discapacidad elegirán plaza por el orden de puntuación alcanzada hasta completar el número de plazas reservadas para dicho cupo.
Si agotado el cupo de reserva para personas con discapacidad, hubiera más participantes en este cupo, pasarán a ocupar el puesto que su puntuación final les otorgue dentro del
cupo general, pudiendo obtener destino de entre el resto de los ofertados en este cupo.
10.6. Perderán los derechos derivados de su participación en las pruebas selectivas
los aspirantes que no hubieran superado la fase de oposición, los que no soliciten plaza en
la fecha y conforme al procedimiento que se establezca, así como aquellos a los que, por la
puntuación alcanzada, no corresponda plaza alguna de entre las convocadas.
10.7. Solamente podrán ser declarados aprobados en las pruebas selectivas y por tanto nombrados, los aspirantes que obtengan plaza. No obstante, con el fin de asegurar la cobertura de todas las plazas ofertadas, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes seleccionados, tanto tácitas como expresas, antes de su nombramiento o toma de posesión, el
órgano convocante declarará superado el proceso selectivo a los aspirantes que sigan por
puntuación a los propuestos, para su nombramiento como personal estatutario fijo.
BOCM-20250731-18
Resolución del concurso-oposición
Pág. 310
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 31 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 181
cho anexo se indicarán las puntuaciones provisionales que corresponden a méritos que han
sido baremados por el Tribunal.
9.3.4. Reclamaciones: los interesados dispondrán de un plazo de diez días hábiles a
contar a partir del día siguiente al de la publicación de la puntuación provisional de la fase
de concurso para interponer, telemáticamente, reclamaciones contra las mismas. A través
del enlace de la página web especificada en la base 4.2, se accederá al modelo de presentación de reclamaciones que habrá que presentar de forma telemática.
Una vez resueltas las reclamaciones por el Tribunal, se publicarán en la página
web https://www.comunidad.madrid/servicios/salud/seleccion-personal-estatutarioservicio-madrileno-salud y en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid
( https://sede.comunidad.madrid ), las calificaciones definitivas de los aspirantes obtenidos
en la fase de concurso; publicación que servirá de notificación a los interesados, entendiéndose desestimadas las reclamaciones no recogidas en las mismas.
Décima
10.1. La calificación final se obtendrá sumando la puntuación obtenida en la fase de
oposición a la obtenida en la fase de concurso.
10.2. El Tribunal hará pública en la página web:
— https://www.comunidad.madrid/servicios/salud/seleccion-personal-estatutarioservicio-madrileno-salud
y en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid ( https://sede.comunidad.madrid )
la relación de aspirantes por orden de la calificación final alcanzada, con indicación del documento nacional de identidad. Esta relación de aspirantes se publicará de forma conjunta
con la de las calificaciones definitivas obtenidas en la fase de concurso en un único Acuerdo del Tribunal Calificador.
10.3. La Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
Resolución por la que se hace pública la relación de plazas convocadas, así como la fecha
y el procedimiento para la elección de las mismas. En esta resolución se determinará la forma para la presentación de la documentación requerida en la base décima.
10.4. Las plazas se adjudicarán por el orden de puntuación final alcanzada. En caso
de empate se resolverá a favor del aspirante que concurra por el cupo de discapacidad; en
segundo lugar, atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición; de persistir la igualdad, se atenderá a la puntuación obtenida en los distintos apartados del baremo de méritos y por su orden. De continuar el empate, se resolverá por la letra inicial del
primer apellido de los aspirantes, a estos efectos se tendrá en cuenta la letra “U” según lo
establecido en la Resolución de 13 de marzo de 2025 de la Dirección General de Función
Pública, por la que se determina que el orden de actuación de los aspirantes en los procesos
selectivos derivados de las Ofertas de Empleo Público de la Comunidad de Madrid convocados en el año 2025.
10.5. Los aspirantes que hubieran accedido a través del cupo de discapacidad elegirán plaza por el orden de puntuación alcanzada hasta completar el número de plazas reservadas para dicho cupo.
Si agotado el cupo de reserva para personas con discapacidad, hubiera más participantes en este cupo, pasarán a ocupar el puesto que su puntuación final les otorgue dentro del
cupo general, pudiendo obtener destino de entre el resto de los ofertados en este cupo.
10.6. Perderán los derechos derivados de su participación en las pruebas selectivas
los aspirantes que no hubieran superado la fase de oposición, los que no soliciten plaza en
la fecha y conforme al procedimiento que se establezca, así como aquellos a los que, por la
puntuación alcanzada, no corresponda plaza alguna de entre las convocadas.
10.7. Solamente podrán ser declarados aprobados en las pruebas selectivas y por tanto nombrados, los aspirantes que obtengan plaza. No obstante, con el fin de asegurar la cobertura de todas las plazas ofertadas, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes seleccionados, tanto tácitas como expresas, antes de su nombramiento o toma de posesión, el
órgano convocante declarará superado el proceso selectivo a los aspirantes que sigan por
puntuación a los propuestos, para su nombramiento como personal estatutario fijo.
BOCM-20250731-18
Resolución del concurso-oposición