B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20250731-7)
Convocatoria proceso selectivo – Resolución de 17 de julio de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se convocan pruebas selectivas por el turno libre para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Bibliotecario, Grupo A, Subgrupo A1, del Servicio Madrileño de Salud
23 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 40
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 31 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 181
Séptima
Admisión de aspirantes
7.1. La Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del
Servicio
Madrileño
de
Salud
publicará
en
la
página
web
https://www.comunidad.madrid/servicios/salud/seleccion-personal-estatutario-serviciomadrileno-salud y en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid
https://sede.comunidad.madrid , la Resolución por la que se aprueban las relaciones
provisionales de aspirantes admitidos y excluidos. En dicha Resolución deberá constar la
identidad de los aspirantes excluidos, con indicación de las causas de exclusión.
7.2. Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de tal Resolución, a fin de subsanar de forma telemática, el defecto que haya motivado su exclusión o su no inclusión expresa. A estos
efectos, para presentar la subsanación se deberá rellenar y firmar el formulario de subsanación habilitado aportando la documentación pertinente siguiendo el enlace especificado en
la base 4.2.
Quienes dentro del plazo señalado no subsanen los defectos justificando su derecho a
ser admitidos, serán definitivamente excluidos del proceso selectivo.
7.3. Las solicitudes de participación por el cupo de discapacidad que no cumplan los
requisitos para ello, serán incorporadas de oficio en la relación definitiva de aspirantes admitidos por el cupo general, siempre que se cumplan los requisitos establecidos para dicho cupo.
7.4. Una vez finalizado el plazo de subsanación de defectos de las solicitudes, la
Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales publicará en la página
web https://www.comunidad.madrid/servicios/salud/seleccion-personal-estatutarioservicio-madrileno-salud y en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid
https://sede.comunidad.madrid , la Resolución por la que se aprueban las relaciones
definitivas de aspirantes admitidos y excluidos, publicación que servirá de notificación a
los interesados, entendiéndose desestimadas las reclamaciones no recogidas en las mismas.
7.5. Contra la Resolución por la que se aprueban las relaciones definitivas de
aspirantes admitidos y excluidos, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante
el mismo órgano que la ha dictado o ante la Viceconsejería de Sanidad y Dirección
General del SERMAS de la Comunidad de Madrid en el plazo de un mes, contado a partir
del día siguiente a su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime
procedente interponer para mejor defensa de sus intereses a través del siguiente enlace:
https://sede.comunidad.madrid/denuncias-reclamaciones-recursos/recurso-alzada-sanidad .
7.6. El hecho de figurar en la relación de admitidos no supone que se reconozca a los
interesados la posesión de los requisitos exigidos en el procedimiento que se convoque al
amparo de estas bases.
Octava
8.1. El Tribunal que ha de juzgar estas pruebas selectivas será el designado por
Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del
Servicio Madrileño de Salud, conforme a lo dispuesto en el artículo 60 del Estatuto Básico
del Empleado Público, puesto en relación con el artículo 31.8 del Estatuto Marco del
personal estatutario de los servicios de salud, debiéndose publicar en la página web
https://www.comunidad.madrid/servicios/salud/seleccion-personal-estatutario-serviciomadrileno-salud y en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid
https://sede.comunidad.madrid , con una antelación mínima de un mes del inicio de las
pruebas selectivas. Conforme al grupo de clasificación de la categoría que se convoque, el
Tribunal quedará incluido en la categoría correspondiente de las reseñadas en el
artículo 30.1 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón
del servicio.
8.2. El régimen jurídico aplicable al Tribunal de selección será el que se establece
para los órganos colegiados en la Sección 3.o del Capítulo II de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; en la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la
Consejería de Hacienda, por la que se aprueban instrucciones relativas al funcionamiento y
actuación de los Tribunales de Selección en el ámbito de la Administración de la Comuni-
BOCM-20250731-7
Tribunal Calificador
Pág. 40
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 31 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 181
Séptima
Admisión de aspirantes
7.1. La Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del
Servicio
Madrileño
de
Salud
publicará
en
la
página
web
https://www.comunidad.madrid/servicios/salud/seleccion-personal-estatutario-serviciomadrileno-salud y en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid
https://sede.comunidad.madrid , la Resolución por la que se aprueban las relaciones
provisionales de aspirantes admitidos y excluidos. En dicha Resolución deberá constar la
identidad de los aspirantes excluidos, con indicación de las causas de exclusión.
7.2. Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de tal Resolución, a fin de subsanar de forma telemática, el defecto que haya motivado su exclusión o su no inclusión expresa. A estos
efectos, para presentar la subsanación se deberá rellenar y firmar el formulario de subsanación habilitado aportando la documentación pertinente siguiendo el enlace especificado en
la base 4.2.
Quienes dentro del plazo señalado no subsanen los defectos justificando su derecho a
ser admitidos, serán definitivamente excluidos del proceso selectivo.
7.3. Las solicitudes de participación por el cupo de discapacidad que no cumplan los
requisitos para ello, serán incorporadas de oficio en la relación definitiva de aspirantes admitidos por el cupo general, siempre que se cumplan los requisitos establecidos para dicho cupo.
7.4. Una vez finalizado el plazo de subsanación de defectos de las solicitudes, la
Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales publicará en la página
web https://www.comunidad.madrid/servicios/salud/seleccion-personal-estatutarioservicio-madrileno-salud y en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid
https://sede.comunidad.madrid , la Resolución por la que se aprueban las relaciones
definitivas de aspirantes admitidos y excluidos, publicación que servirá de notificación a
los interesados, entendiéndose desestimadas las reclamaciones no recogidas en las mismas.
7.5. Contra la Resolución por la que se aprueban las relaciones definitivas de
aspirantes admitidos y excluidos, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante
el mismo órgano que la ha dictado o ante la Viceconsejería de Sanidad y Dirección
General del SERMAS de la Comunidad de Madrid en el plazo de un mes, contado a partir
del día siguiente a su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime
procedente interponer para mejor defensa de sus intereses a través del siguiente enlace:
https://sede.comunidad.madrid/denuncias-reclamaciones-recursos/recurso-alzada-sanidad .
7.6. El hecho de figurar en la relación de admitidos no supone que se reconozca a los
interesados la posesión de los requisitos exigidos en el procedimiento que se convoque al
amparo de estas bases.
Octava
8.1. El Tribunal que ha de juzgar estas pruebas selectivas será el designado por
Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del
Servicio Madrileño de Salud, conforme a lo dispuesto en el artículo 60 del Estatuto Básico
del Empleado Público, puesto en relación con el artículo 31.8 del Estatuto Marco del
personal estatutario de los servicios de salud, debiéndose publicar en la página web
https://www.comunidad.madrid/servicios/salud/seleccion-personal-estatutario-serviciomadrileno-salud y en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid
https://sede.comunidad.madrid , con una antelación mínima de un mes del inicio de las
pruebas selectivas. Conforme al grupo de clasificación de la categoría que se convoque, el
Tribunal quedará incluido en la categoría correspondiente de las reseñadas en el
artículo 30.1 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón
del servicio.
8.2. El régimen jurídico aplicable al Tribunal de selección será el que se establece
para los órganos colegiados en la Sección 3.o del Capítulo II de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; en la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la
Consejería de Hacienda, por la que se aprueban instrucciones relativas al funcionamiento y
actuación de los Tribunales de Selección en el ámbito de la Administración de la Comuni-
BOCM-20250731-7
Tribunal Calificador