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Autorización instalación eléctrica –  Resolución de 15 de abril de 2025, de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular, sobre autorización administrativa previa para la instalación de la planta fotovoltaica El Llano y su infraestructura de evacuación en el polígono 7, parcelas 19, 20, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 29, en los términos municipales de Villaviciosa de Odón y Alcorcón, solicitada por Sociedad de Explotación Fotovoltaica Viena, S. L. (número expediente: 2022P1014 - 14-0141-01014.7/2022)
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 454

JUEVES 31 DE JULIO DE 2025

ACTUACIÓN

PROTECCIÓN

kVA MÁXIMA

R. TRANSF.

TIPO

NUEVO

1x5.000

INTERRUPTOR AUTOMÁTICO

645 V/20 kV
INTERRUPTOR AUTOMÁTICO

NUEVO

B.O.C.M. Núm. 181

SITUACIÓN X - Y UTM(Huso 30 - ETRS89)
426 212

4 469 774

POWER STATION, DE MANIOBRA EXTERIOR.
NA

NO APLICA

426 158

4 469 564

INTERIOR, DE MANIOBRA INTERIOR.
PREFABRICADO DE SUPERFICIE


REFERENCIA LÍNEA
ACTUACIÓN
Nº C.

LONG. (m)

UTM FINAL X - Y

T.Serv. (kV)

TIPO

CONDUCTOR AÉREO/SUBTERRÁNEO

2022P1014--ILA15461

426 168

4 469 539

20

NUEVA

426 158

4 469 564

20

1

1

UTM ORIGEN X - Y

SUBTERRÁNEA

HEPRZ-1 12/20 kV 3x(1x240) mm2 Al.

2022P1014--ILA15907

426 158

4 469 564

260

NUEVA

426 212

4 469 774

20

SUBTERRÁNEA

HEPRZ-1 12/20 kV 3x(1x240) mm2 Al.

Segundo
En el plazo de 6 meses contados a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución, deberá presentarse proyecto de ejecución.
Se le advierte de que si transcurrido dicho plazo no hubiera sido presentada la solicitud de aprobación del proyecto de ejecución acompañada de la documentación establecida
en el Anexo I del Decreto 70/2010, se producirá la caducidad de la autorización administrativa previa, sin perjuicio de que el interesado pueda solicitar, por causas justificadas, la
prórroga del plazo establecido acompañada de la documentación establecida en el Anexo I
del Decreto 70/2010.
Tercero
La presente autorización administrativa previa se concede sin perjuicio de las obligaciones del titular de disponer de las autorizaciones, licencias, informes favorables, aprobaciones
o concesiones que fuese necesario obtener de otros organismos oficiales competentes o de terceros y, en particular, de lo exigido por la ordenación urbanística; así como del cumplimiento
por parte del titular de otras obligaciones con los propietarios de locales y terrenos.

La presente resolución queda supeditada a la autorización del correspondiente Plan Especial de Infraestructuras.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir de su notificación ante el Viceconsejero de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid conforme al artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Mediante este acto se notifica al interesado la resolución adoptada en el procedimiento de referencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre.
Madrid, a 15 de abril de 2025.—La Directora General de Transición Energética y Economía Circular, Cristina Aparicio Maeztu.
(02/6.650/25)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

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