C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE DIGITALIZACIÓN (BOCM-20250730-14)
Bases subvenciones –  Orden 192/2025, de 18 de julio, de la Consejería de Digitalización, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria para el año 2025 de subvenciones para el desarrollo e implantación de soluciones digitales en pymes, dentro del proyecto RETECH, Redes de Emprendimiento Digital en la Comunidad de Madrid (C13I1PRTR), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU (C13.I1.P11.S13)
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 30 DE JULIO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 180

así como favorecer su actividad en los sectores de actividad prioritarios del proyecto “Redes de Emprendimiento Digital” en la Comunidad de Madrid.
2. La solución desarrollada debe favorecer la actividad de la pyme en al menos uno
de los siguientes sectores de actividad: Salud, Greentech o Aeroespacial.
Artículo 21
Dotación presupuestaria y financiación
1. Se convocan para el año 2025 estas ayudas cuyo presupuesto asciende a 3.200.000
euros, con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2025, Programa 928M, Subconcepto 49000, del centro gestor 070120000.
2. Las subvenciones otorgadas en el marco de este programa serán financiadas en su
totalidad con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, establecido por el Reglamento
(UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021, al estar
este programa de subvenciones incluido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia “Financiado por la Unión Europea NextGenerationEU”, en el marco de la Inversión 1 del Componente 13: Impulso a las pymes.
Artículo 22
Líneas de actuación subvencionables
1. Las soluciones digitales susceptibles de ser financiadas mediante las presentes
ayudas deberán haberse implantado, como máximo, el día de finalización del plazo para la
presentación de solicitudes para la percepción de las subvenciones contempladas en la presente orden.
2. Cada proyecto debe ofrecer una solución digital innovadora desarrollada e implantada en una pyme con sede en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, debiendo estar relacionada con los sectores Salud, Greentech o Aeroespacial.
Artículo 23
Gastos subvencionables
1. Son gastos subvencionables los que estén directamente relacionados y sean necesarios para la realización de las soluciones digitales, y que hayan sido contraídos entre el 3
de agosto de 2022 y el plazo de finalización de presentación de solicitudes de las subvenciones estipuladas en la presente orden, y se encuentren efectivamente pagados con anterioridad a la finalización del período de justificación.
2. Serán gastos subvencionables los que establece el artículo 7 de la presente orden.
Artículo 24
Cuantía máxima de las subvenciones
La subvención máxima por solución digital será de 150.000 euros para la realización
de las actuaciones subvencionables, con los límites establecidos en el artículo 9 de la presente orden.
Artículo 25
Normativa aplicable
En todo lo no dispuesto en esta convocatoria y en las bases reguladoras que la autorizan, se aplicarán las normas relacionadas en el artículo 2 de la presente orden.

Requisitos para solicitar la subvención y forma de acreditarlos
Los requisitos para solicitar la subvención son los enumerados en el artículo 5 de la
presente orden, en particular y entre otros, los siguientes:
1. Deben ser pymes con sede en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid que
hayan implantado soluciones digitales innovadoras.

BOCM-20250730-14

Artículo 26