C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20250721-29)
Plan sostenibilidad turística – Orden 1550/2025, de 3 de julio, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se modifica la Orden 2480/2022, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, para la ejecución del “Plan de Sostenibilidad Turística en Destino Grupo de Acción Local Asociación de Desarrollo Integral de la Sierra Oeste de Madrid”, que forma parte del “Plan territorial de la Comunidad de Madrid 2021”, a cargo del mecanismo de recuperación, transformación y resiliencia (Fondos de la Unión Europea-Next Generation EU)
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 218
LUNES 21 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 172
No obstante, tal y como se establece en el Acuerdo de Conferencia Sectorial de 29 de
marzo de 2022, modificado por el Acuerdo de Conferencia Sectorial de 29 de diciembre 2023, “La Comisión de Seguimiento tendrá capacidad de modificar algunas de las actuaciones previstas, previa solicitud motivada del destino, siempre que respondan a la misma finalidad, así como de ajustar la distribución de remanentes”. Por lo que este cuadro
podrá verse afectado por las aprobaciones que se lleven a cabo en las sucesivas reuniones
de la Comisión de Seguimiento que tengan lugar a lo largo de la ejecución de los Planes».
Segundo
Publicación y efectos
La presente Orden entrará en vigor a partir del día siguiente a su publicación en el BOOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 3 de julio de 2025.—El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, P. D. (Orden 1389/2021, de 16 de noviembre; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
de 29/11/2021), la Directora General de Turismo y Hostelería, Laura Martínez Cerro.
(03/11.309/25)
BOCM-20250721-29
LETÍN
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 218
LUNES 21 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 172
No obstante, tal y como se establece en el Acuerdo de Conferencia Sectorial de 29 de
marzo de 2022, modificado por el Acuerdo de Conferencia Sectorial de 29 de diciembre 2023, “La Comisión de Seguimiento tendrá capacidad de modificar algunas de las actuaciones previstas, previa solicitud motivada del destino, siempre que respondan a la misma finalidad, así como de ajustar la distribución de remanentes”. Por lo que este cuadro
podrá verse afectado por las aprobaciones que se lleven a cabo en las sucesivas reuniones
de la Comisión de Seguimiento que tengan lugar a lo largo de la ejecución de los Planes».
Segundo
Publicación y efectos
La presente Orden entrará en vigor a partir del día siguiente a su publicación en el BOOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 3 de julio de 2025.—El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, P. D. (Orden 1389/2021, de 16 de noviembre; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
de 29/11/2021), la Directora General de Turismo y Hostelería, Laura Martínez Cerro.
(03/11.309/25)
BOCM-20250721-29
LETÍN
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791