C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20250721-28)
Plan sostenibilidad turística –  Orden 1549/2025, de 3 de julio, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se modifica la Orden 2443/2022, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte para la Ejecución del “Plan de Sostenibilidad Turística en Destino de la Mancomunidad de Servicios Valle Norte de Lozoya”, que forma parte del “Plan Territorial de la Comunidad de Madrid 2021”, a cargo del Mecanismo de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Fondos de la Unión Europea-Next Generation EU)
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 21 DE JULIO DE 2025









B.O.C.M. Núm. 172

el diseño de cada proyecto todas las medidas de mitigación necesarias para la
prevención y el control de la contaminación del suelo y del agua.
Los componentes y materiales de construcción utilizados en la construcción no
contendrán amianto ni sustancias muy preocupantes identificadas sobre la base
de la lista de sustancias sujetas a autorización que figura en el anexo XIV del
Reglamento (CE) 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo. Los componentes y materiales de construcción utilizados en la construcción que puedan entrar en contacto con los usuarios emitirán menos de 0,06 mg de formaldehído por m3 de material o componente y menos de 0,001 mg de compuestos
orgánicos volátiles cancerígenos de categorías 1A y 1B por m3 de material o
componente, previa prueba de acuerdo con CEN/TS 16516 e ISO 16000-3 u
otras condiciones de prueba estandarizadas y métodos de determinación comparables. Además, se adoptarán medidas para reducir el ruido, el polvo y las
emisiones contaminantes durante la fase de obra y se ejecutarán las actuaciones asociadas a esta medida siempre cumpliendo la normativa de aplicación vigente en cuanto la posible contaminación de suelos y agua”.
Para la prevención y el control de la contaminación y protección y restauración de la biodiversidad y los ecosistemas:
“Cuando las actuaciones de rehabilitación tengan lugar en áreas sensibles a la
biodiversidad (incluida la red Natura 2000 de áreas protegidas, sitios del Patrimonio Mundial de la UNESCO y áreas clave para la biodiversidad, así
como otras áreas protegidas) o en áreas próximas, se requerirá el cumplimiento de los artículos 6 (3) y 12 de la Directiva de hábitats y el artículo 5 de la Directiva de aves. Además, cuando sea preceptivo, se llevará a cabo una Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) de acuerdo con la Directiva EIA”.
Para mitigación del cambio climático:
“En la rehabilitación de edificios se tendrá en consideración las directrices recogidas en la Directiva (UE) 2018/844 relativa a la eficacia energética de los edificios de cara a que sean edificios de consumo de energía casi nulo, permitiendo reducir de forma significativa el consumo de energía primaria no renovable”.
Para adaptación al cambio climático:
“Las medidas de rehabilitación permitirán contribuir a la adaptación de los
edificios al cambio climático, adoptando las soluciones de adaptación que
sean posibles en el marco de las opciones que permita la edificación existente y su protección en caso de que sean edificios protegidos, como la utilización de cubiertas vegetales, toldos, zonas de sombreado…”.
Para transición a una economía circular.
“(I) Al menos el 70 % (en peso) de los residuos de construcción y demolición
no peligrosos (excluido el material natural mencionado en la categoría 17
05 04 en la Lista europea de residuos establecida por la Decisión
2000/532/EC) generados, en las actuaciones previstas en esta inversión,
será preparado para su reutilización, reciclaje y recuperación de otros
materiales, incluidas las operaciones de relleno utilizando residuos para
sustituir otros materiales, de acuerdo con la jerarquía de residuos y el Protocolo de gestión de residuos de construcción y demolición de la UE.
(II) Los operadores limitarán la generación de residuos en los procesos relacionados con la construcción y demolición, de conformidad con el
Protocolo de gestión de residuos de construcción y demolición de la UE
y teniendo en cuenta las mejores técnicas disponibles y utilizando la demolición selectiva para permitir la eliminación y manipulación segura
de sustancias peligrosas y facilitar la reutilización y reciclaje de alta calidad mediante la eliminación selectiva de materiales, utilizando los
sistemas de clasificación disponibles para residuos de construcción y
demolición.
(III) Los diseños de los edificios y las técnicas de construcción apoyarán la
circularidad en lo referido a la norma ISO 20887 para evaluar la capacidad de desmontaje o adaptabilidad de los edificios, cómo estos están
diseñados para ser más eficientes en el uso de los recursos, adaptables,
flexibles y desmontables para permitir la reutilización y el reciclaje.

BOCM-20250721-28

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